Resolución No. 071-2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2025
| Número de resolución | 071 |
| Año | 2025 |
071-2025
RESOLUCIÓN 071-2025
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3, número 5 de la Constitución de la República del Ecuador, establece
que es un deber primordial del Estado: “(…) 5. Planificar el desarrollo nacional,
erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución
equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.”;
Que el artículo 168, número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
preceptúa: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en
el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena: “La Función
Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos
auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura, funciones,
atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada administración
de justicia.”;
Que el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 254 del
Código Orgánico de la Función Judicial, prescriben que el Consejo de la
Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la
Función Judicial;
Que el artículo 181, número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: (...) 2. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria de la
Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos.”;
Que artículo 294 de la Constitución de la República del Ecuador, menciona que: “La
Función Ejecutiva elaborará cada año la proforma presupuestaria anual y la
programación presupuestaria cuatrianual. La Asamblea Nacional controlará que la
proforma anual y la programación cuatrianual se adecuen a la Constitución, a la
ley y al Plan Nacional de Desarrollo y, en consecuencia, las aprobará u
observará.”;
Que el artículo 264, números 6 y 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, prevén
que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “6. Elaborar la proforma
presupuestaria de la Función Judicial que será enviada para su aprobación según
la Constitución. (…) 10. Expedir, modificar, derogar (…) los reglamentos,
manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la
Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades,
control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y
eficiencia de la Función Judicial (...)”;
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Que el artículo 5, número 1 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
dispone: “1. Sujeción a la planificación.- La programación, formulación,
aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y evaluación del Presupuesto
General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas y todos los
recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos de la planificación del desarrollo
de todos los niveles de gobierno (…)”;
Que el artículo 107 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
establece: “Presupuestos prorrogados.- Hasta que se apruebe el Presupuesto
General del Estado del año en que se posesiona la o el Presidente de la
República, regirá el presupuesto codificado al 31 de diciembre del año anterior
(…)”;
Que las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado, 200-02
Administración Estratégica párrafo segundo, establece: “(...) Las entidades del
sector público y las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de
recursos públicos requieren para su gestión, la implantación de un sistema de
planificación que incluya la formulación, ejecución, control, seguimiento y
evaluación de un plan plurianual institucional y planes operativos anuales, que
considerarán como base la función, misión y visión institucionales y que tendrán
consistencia con los planes de gobierno y los lineamientos del organismo técnico
de planificación (...)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 140-2022, de 16 de
junio de 2022, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 90,
de 23 de junio de 2022, resolvió aprobar la actualización de la Planificación
Estratégica de la Función Judicial 2019-2025;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 219-2024, de 19 de
diciembre de 2024, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial Nro.
721, de 14 de enero de 2025, resolvió: “EXPEDIR EL ESTATUTO ORGÁNICO DE
GESTIÓN POR PROCESOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA”;
Que mediante Circular Nro. MEF-VGF2025-0009-C, de 16 de septiembre de 2025, el
Ministerio de Economía y Finanzas, en su rol de ente rector de las finanzas
públicas, emitió las “Directrices para la elaboración de la Proforma del
Presupuesto General del Estado correspondiente al ejercicio fiscal; 2026 y la
Programación Presupuestaria Cuatrienal 2026-2029”, mismas que son de carácter
obligatorio para todas las instituciones que son parte del Presupuesto General del
Estado (PGE);
Que mediante Memorando circular Nro. CJ-DNP-2025-0441-MC, de 16 de septiembre
de 2025 y su alcance con Memorando circular Nro. CJ-DNP-2025-0444-MC, de 17
de septiembre de 2025, la Dirección Nacional de Planificación, remitió a las
Direcciones Nacionales y Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura,
los “Lineamientos y fechas de entrega de la Información de la Proforma 2026”,
emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, para el proceso de la
elaboración de la Proforma 2026;
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Que con Memorando circular Nro. CJ-DNF-2025-0978-MC, de 17 de septiembre de
2025, la Dirección Nacional Financiera, puso en conocimiento de la Dirección
General, Dirección Nacional de Talento Humano y de la Dirección Nacional de
Planificación, las “Directrices de la proforma, techos presupuestarios, matrices
para creación de estructura programática, convenios, gastos por materialización
de riesgos fiscales y registro de sentencias”;
Que mediante Memorando Nro. CJ-DNP-2025-2538-M, de 30 de septiembre de 2025,
la Dirección Nacional de Planificación, con base a la información proporcionada
por las Direcciones Nacionales y Direcciones Provinciales del Consejo de la
Judicatura, remitió a la Dirección General, el informe técnico que contiene la
“Propuesta para aprobación de la ‘Proforma presupuestaria 2026 y programación
presupuestaria cuatrianual 2026 - 2029 del Consejo de la Judicatura”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando Nro.
CJ-DG-2025-5174-M, de 01 de octubre de 2025, suscrito por el Director General,
quien remitió el Memorando Nro. CJ-DNP-2025-2538-M, de 30 de septiembre de
2025, de la Dirección Nacional de Planificación; así como, el Memorando Nro.
CJ-DNJ-2025-1318-M, de 01 de octubre de 2025, suscrito por la Dirección
Nacional de Asesoría Jurídica, que contiene el informe jurídico y el proyecto de
resolución respectivo; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales establecidas en el artículo 181
de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 264, números 6 y 10 del
Código Orgánico de la Función Judicial,
RESUELVE:
APROBAR LA PROFORMA PRESUPUESTARIA 2026 Y PROGRAMACIÓN
PRESUPUESTARIA CUATRIANUAL 2026 - 2029 DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
Artículo Único.- Aprobar la “Proforma Presupuestaria 2026 y Programación
Presupuestaria Cuatrianual 2026 - 2029 del Consejo de la Judicatura”, contenida en el
informe remitido por la Dirección Nacional de Planificación, mediante Memorando Nro.
CJ-DNP-2025-2538-M, de 30 de septiembre de 2025, conforme a lo establecido en los
anexos que forman parte integrante de esta Resolución.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La “Proforma Presupuestaria 2026 y Programación Presupuestaria Cuatrianual
2026 - 2029 del Consejo de la Judicatura”, se articulará con la Dirección General,
Direcciones Nacionales y Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura,
conforme a las atribuciones y responsabilidades establecidas en el Estatuto Orgánico de
Gestión por Procesos del Consejo de la Judicatura.
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