Resolución No. 084-2026 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2026

Número de resolución084
Año2026
Fecha27 Mayo 2026
084-2026
RESOLUCIÓN 084-2026
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “La
administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio
de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (...) 2. La Función
Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para
la adecuada administración de justicia.”;
Que el artículo 178, párrafo segundo de la Constitución de la República del
Ecuador, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial,
establecen que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:
Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por
los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones, y serán
responsable administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración
de fondos, bienes o recursos públicos. (…)”;
Que el artículo 120 del Código Orgánico de la Función Judicial, respecto a las
causales para el cese de funciones, determina: “(…) La servidora o el servidor
de la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de pertenecer a
la Función Judicial por las siguientes causas: (...) 6. Remoción (...)”;
Que el artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece que al
Pleno del Consejo de la Judicatura, le corresponde: 2. Remover libremente a
la Directora o al Director General, miembros de las direcciones regionales,
directores administrativos nacionales y directores provinciales; (…) 10.
Expedir, (…) reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen
interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función
Judicial (...)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 073-2026, de 07
de mayo de 2026, resolvió en su Artículo 2: Nombrar a la magíster Karina
Cumandá Granja Altamirano, como Directora Nacional de Comunicación
Social del Consejo de la Judicatura.”;
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