Resolución No. 094-2024 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2024

Número de resolución094
Año2024
Fecha09 Mayo 2024
094-2024
RESOLUCIÓN 094-2024
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y
en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para
la adecuada administración de justicia”;
Que el artículo 178 párrafo segundo de la Constitución de la República del Ecuador,
así como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial,
establecen que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 120, número 3, del Código Orgánico de la Función Judicial, en
relación a las causales para el cese de funciones, determina: “La servidora o el
servidor de la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de
pertenecer a la Función Judicial por las siguientes causas: (...) 3. Renuncia
legalmente aceptada (...)”;
Que el artículo 264, número 10, del Código Orgánico de la Función Judicial,
establece que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “(…) 10.
Expedir, (…) reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen
interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función
Judicial. (…)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura mediante Resolución 010-2024, de 18 de
enero de 2024, resolvió: “NOMBRAR DIRECTORES PROVINCIALES DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA”, dentro de los cuales se nombró al doctor
Carlos Alberto Lucero Pilamunga, como Director Provincial de Pichincha en el
ámbito Administrativo del Consejo de la Judicatura;
Que mediante Memorando circular No. DP17-2024-0274-MC de 06 de mayo de
2024, el doctor Carlos Alberto Lucero Pilamunga, presentó su renuncia ante el
señor Presidente, las y los Vocales; y, el Director General del Consejo de la
Judicatura, al cargo de Director Provincial de Pichincha del Consejo de la
Judicatura;
Que con Memorando circular No. CJ-DNTH-2024-0597-MC, la Dirección Nacional
de Talento Humano, remitió a la Dirección General y a la Dirección Nacional de
Asesoría Jurídica, el Informe Técnico No. CJ-DNTH-SA-2024-553, ambos de
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