Resolución No. 136-2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2023

Número de resolución136
Fecha25 Agosto 2023
136-2023
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RESOLUCIÓN 136-2023
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en
el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador prevé: “La Función
Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura,
funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.;
Que el artículo 178 párrafo segundo de la Constitución de la República del Ecuador,
así como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, establecen
que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración,
vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 120 número 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, en relación a
las causales para el cese de funciones, determina: La servidora o el servidor de
la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de pertenecer a la
Función Judicial por las siguientes causas: (...) 3 Renuncia legalmente aceptada
(...)”;
Que el artículo 264 número 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece
que al Pleno del Consejo de la Judicatura, le corresponde: “(…) 10. Expedir, (…)
reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por
la transparencia y eficiencia de la Función Judicial (…)”;
Que con Acción de Personal No. 0146-DPX-2023/XA, de 8 de febrero de 2023, el
doctor Julio César Molina, fue reintegrado al cargo de Juez de la Sala
Especializada de lo Civil, Mercantil, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y
Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi;
Que mediante escrito de 16 de mayo de 2023, suscrito por el doctor Julio César Molina,
recaudo dirigido a la Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Cotopaxi,
presentó su renuncia irrevocable al cargo de Juez de la Sala Especializada de lo
Civil, Mercantil, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores
de la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi;
Que con Memorando circular CJ-DNTH-2023-0832-MC, de 23 de agosto de 2023, la
Dirección Nacional de Talento Humano, remitió a la Dirección General y a la
Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico favorable No. CJ-
DNTH-SA-2023-332, de 22 de agosto de 2023, cuyo documento informa respecto
a: “(…) LA RENUNCIA PRESENTADA POR EL DOCTOR JULIO CÉSAR
MOLINA, JUEZ DE LA SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL, MERCANTIL,
LABORAL, FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTE

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