Resolución No. 159-2024 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2024
Número de resolución | 159 |
Año | 2024 |
Fecha | 15 Agosto 2024 |
159-2024
RESOLUCIÓN 159-2024
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 número 2 de la Constituciónde la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en
el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: /2. La Función
Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de laRepública del Ecuador, prevé: “La Función
Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos
auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura, funciones,
atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada administración
de justicia.”;
Que el artículo 178 párrafo segundo de la Constitución de la República del Ecuador, así
como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, establecen que el
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 120 número 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, en relación a
las causales para el cese de funciones, determina: “(...) La servidora o el servidor
de la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de pertenecer a la
Función Judicial por las siguientes causas: (...) 3. Renuncia legalmente aceptada
(...)”;
Que el artículo 264 número 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece
que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “10. Expedir, (…)
reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la
transparencia y eficiencia de la Función Judicial (...)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 209-2017 de 20 de
noviembre de 2017, resolvió aprobar la designación de los siete (7) jueces para la
renovación parcial de la Corte Nacional de Justicia y nombrar al doctor Iván
Patricio Saquicela Rodas, como Juez de la Corte Nacional de Justicia;
Que mediante Oficio No. 021- lS- CNJ- 2024 de 23 de julio de 2024, el doctor Iván
Patricio Saquicela Rodas, Juez de la Corte Nacional de Justicia, presentó su
renuncia al Presidente y Vocales del Consejo de la Judicatura, en los siguientes
términos: “Me dirijo a los señores Vocales del Consejo de la Judicatura a fin de
presentar mi renuncia formal e irrovacable (sic) al cargo de Juez Nacional de la
Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y
Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia; por cuanto ejerceré mis
derechos de participación en el próximo proceso electoral en cuanto a una
candidatura de elección popular (…)”;
Que a través de Memorando circular No. CJ-DNGP-2024-0520-MC de 15 de agosto de
2024, la Dirección Nacional de Gestión Procesal informó en su parte pertinente a
la Dirección Nacional de Talento Humano lo siguiente:
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