Resolución No. 253-2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura, 2022

Número de resolución253
Fecha25 Octubre 2022
253-2022
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RESOLUCIÓN 253-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador,
así como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, establecen
que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración,
vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Que el artículo 168 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y
en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su
estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la
adecuada administración de justicia”;
Que el artículo 120 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, en relación
a las causales para el cese de funciones determina: “La servidora o el servidor
de la Función Judicial cesa definitivamente en el cargo y deja de pertenecer a
la Función Judicial por las siguientes causas: (...) 3. Renuncia legalmente
aceptada (...)”;
Que el artículo 264 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece
que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: 10. Expedir, (…)
reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento,
responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por
la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que mediante Acción de personal No. 1309-UATH-2022-JV, de 12 de octubre de
2022, el magíster Eduardo Alfredo Rodríguez Ramos, fue reintegrado como
Subcoordinador Jurídico de la Corte Nacional de Justicia, en la Sala de lo Penal,
Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado, en virtud
de la acción de protección No.17460-2021-03500, de 17 de junio de 2022,
dictada por la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial
de Justicia de Pichincha;
Que mediante escrito s/n de 17 de octubre de 2022, el magíster Eduardo Alfredo
Rodríguez Ramos, puso en conocimiento de la Dirección General su renuncia
irrevocable al cargo de Subcoordinador Jurídico de la Corte Nacional de Justicia;
Que con Memorando circular CJ-DNTH-2022-1075-MC, la Dirección Nacional de
Talento Humano remitió a la Dirección General y a la Dirección Nacional de
Asesoría Jurídica, el Informe Técnico favorable No. CJ-DNTH-SA-2022-703,
ambos de 19 de octubre de 2022, sobre la: “(…) RENUNCIA PRESENTADA

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