Resolución. Registro Oficial No. 595

Fecha de publicación08 Julio 2024
SecciónResoluciones
Tipo de documentoResolución
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Año  III  -  Nº  595  -  54  páginas

Quito,  lunes  8  de  julio  de  2024

SUMARIO:

Págs.

FUNCIÓN EJECUTIVA

ACUERDOS:

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y 

GANADERÍA:

028 

Deléguese la responsabilidad de la formulación, 

ejecución, seguimiento y evaluación, del “Proyecto 

Integral  de  Diversificación  Agroproductiva 

y Reconversión Agrícola”, al titular de la 

Subsecretaría de Producción Agrícola ...................

3

031 

Regístrese lo resuelto por el sector productor e 

industrial en el Consejo Consultivo de la Cadena 

Agroalimentaria del Maíz Amarillo, Balanceados 

y Productores de Proteína Animal  .........................

8

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO 

EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA:

MPCEIP-MPCEIP-2024-0061-A Desígnese al titular de 

la Subsecretaria de Agroindustria o quien haga 

sus veces, para que actúe como delegado ante el 

Sistema de Soberanía Alimentaria y Nutricional - 

SISAN.  ......................................................................

14

MPCEIP-MPCEIP-2024-0062-A Desígnese al Director/a 

Zonal 5 como delegado ante la Junta General de 

Accionistas de la Compañía Parque Industrial de 

Guaranda C.A. .........................................................

18

MINISTERIO DEL TRABAJO:

MDT-2024-081 Autorícese la comisión de servicios al 

exterior del Viceministro del Servicio Público, 

Mgtr. Guido Iván Bajaña Yude ...............................

22

RESOLUCIONES:

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO 

EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA:

MPCEIP-SC-2024-0210-R  Apruébese  y  oficialícese  con 

el carácter de voluntaria la Segunda Revisión de 

la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2295 

Mayonesa y sus derivados  ......................................

27

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Lunes 8 de julio de 2024

Registro Oficial Nº 595

Págs.

AGENCIA DE REGULACIÓN 

Y CONTROL DE LAS 

TELECOMUNICACIONES - 

ARCOTEL:

03-01SE-ARCOTEL-2024 Acéptese la 

renuncia al cargo de Director 

Ejecutivo, presentada por el señor 

Miguel Ángel Iturralde Durán .......

30

03-02SE-ARCOTEL-2024 Nómbrese al 

Mgs. Jorge Roberto Hoyos Zavala, 

como Director Ejecutivo .................

33

INSTITUTO NACIONAL DE 

PATRIMONIO:

DINPC-2024-0005-R Apruébese el inicio 

del concurso para la designación 

del/la Director/a Ejecutivo/a del 

INPC ................................................

38

DIR-INPC-2024-0007-R Apruébese la 

solicitud de excusa presentada por 

Mgs. Iovana Lizbeth Jaramillo 

Valdiviezo, Directora Ejecutiva 

(e), para ejercer su calidad de 

Secretaria del Directorio del INPC 

42

FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA 

Y CONTROL SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE 

ECONOMÍA POPULAR Y 

SOLIDARIA:

SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2024- 

0112 Amplíese el plazo para la 

liquidación de la Cooperativa 

de Ahorro y Crédito Jatun 

Pamba Ltda. “En Liquidación”, 

domiciliada en el cantón Quito, 

provincia de Pichincha ...................

46

SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2024- 

0113 Amplíese el plazo para la 

liquidación de la Cooperativa de 

Ahorro y Crédito FOCAZSUM 

“En Liquidación”, domiciliada en 

el cantón Jipijapa, provincia de 

Manabí .............................................

50

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Lunes 8 de julio de 2024

Registro Oficial Nº 595

ACUERDO MINISTERIAL NO. 

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA 

C O N S I DE R A N D O: 

Que,  la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 154, numeral 1 

prescribe que: 

“(...) a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en 

la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los 

acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”. 

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: “Las 

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas 

que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean 

atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus 

fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”. 

Que, el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe que: 

“Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el 

ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por 

el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos (…)”. 

Que, el artículo 280 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “El Plan 

Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; 

la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos 

públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos 

descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los 

demás sectores”

Que, el artículo 297 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: "Todo 

programa financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser 

evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo. Las instituciones y entidades 

que reciban o transfieran bienes o recursos públicos se someterán a las normas que las regulan y a los 

principios y procedimientos de transparencia, rendición de cuentas y control público"

Que, el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo, señala: “Competencia normativa 

de carácter administrativo. Las máximas autoridades administrativas tienen competencia normativa de 

carácter administrativo únicamente para regular los asuntos internos del órgano a su cargo, salvo los casos 

en los que la ley prevea esta competencia para la máxima autoridad legislativa de una administración 

pública. La competencia regulatoria de las actuaciones de las personas debe estar expresamente atribuida 

en la ley”. 

Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, dispone: 

“(…) Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no 

reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho 

privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la 

República, establecidos en el reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria”

028

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Lunes 8 de julio de 2024

Registro Oficial Nº 595

Que, el artículo 1 del Reglamento del Artículo 104 del Código Orgánico de Planificación 

y Finanzas Públicas, señala: 

"Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector 

público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o 

jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en 

beneficio directo de la colectividad"

Que, el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función 

Ejecutiva, establece que:  

“(…) los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus 

ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos 

expresamente señalados en leyes especiales (…). 

Las delegaciones ministeriales (…) serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo 

ministerial (…)”. 

Que, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de 

Agricultura y Ganadería, emitido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 093, de 09 julio de 

2018, y reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro. 028 de 27 de febrero de 2020, 

señala como atribuciones y responsabilidades, del  Ministro de Agricultura y Ganadería, 

literal h): “

Delegar competencias y atribuciones a los/las Viceministros/as, Subsecretarios/as, 

Coordinadores/as Generales, Directores/as Nacionales, y Directores/as Distritales de la Institución, así 

como...

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