Resolución. SNGR-076-2024 Institucionalícese el “Procedimiento para contratación pública de bienes, servicios, consultoría y obras (fase preparatoria), ADM- SNGR-PR-08, versión 2.0”.
Fecha de publicación | 14 Mayo 2024 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos |
Tipo de documento | Resolución |
Segundo Suplemento Nº 557 - Registro Ocial
34
Martes 14 de mayo de 2024
RESOLUCIÓN Nro. SNGR-076-2024
M. ENG. JORGE CARRILLO TUTIVÉN
SECRETARIO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGOS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República, establece que, a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del áreaasu cargo y expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que,el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines yhacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 130 del Código OrgánicoAdministrativo, establece que las máximas
autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo
únicamente para regular los asuntos internos del órgano asu cargo;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 62, de 05 de agosto de 2013, la Función Ejecutiva
se organizó en Secretarías, entre ellas se señala a la Secretaría de Gestión de Riesgos;
Que, mediante ResoluciónNro. SGR-039-2014, de 03 de junio de 2014, se expidió el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacionalpor Procesos de la Secretaría de Gestión
de Riesgos;
Que,el Decreto Ejecutivo Nro. 641, de 06 de enero de 2023, el señor Guillermo Lasso
Mendoza, ex Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispuso la
transformación de Servicio Nacional de GestióndeRiesgos y Emergencias a Secretaría
de Gestión de Riesgos, dirigida por el/la Secretario/a, con rango de Ministro de Estado;
encargada de la rectoría, regulación, planificación, gestión, evaluación, coordinación y
control del Sistema Nacional Descentralizados de Gestión de Riesgos;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 42 de 04 de diciembre de 2023, el Sr. Daniel
Noboa Azín, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, designó como
Secretario de Gestión de Riesgos al Sr. Jorge Raúl Carrillo Tutivén;
Que, la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, fue publicada
mediante Suplemento del Registro Oficial No. 488, del 30 de enero 2024, y en su
Disposición General Primera indica: “Primera.-Secretaría Nacional de Gestión de
Riesgos.- La actual Secretaria de Gestión de Riesgos se convertirá en Secretaria
Nacional de Gestión de Riesgos para lo cual adaptará todas sus normativas
institucionales”;
Que, la Resolución Nro. SGR-097-2018, de 1 de agosto de 2018, en su artículo 1, acoge
el Memorando Nro. SGR-CGPGE-2018-0416-M, mediante el cual se solicita la
institucionalización de los Procedimientos de “Contratación pública de bienes, servicios,
consultoría y obras (Fase preparatoria)” y “Contratación pública de bienes, servicios,
consultoría y obras (Fase precontractual)”; y en su artículo 2 emitió los procedimientos
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 557
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Martes 14 de mayo de 2024
RESOLUCIÓN Nro. SNGR-076-2024
M. ENG. JORGE CARRILLO TUTIVÉN
SECRETARIO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGOS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República, establece que, a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del áreaasu cargo y expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que,el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines yhacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 130 del Código OrgánicoAdministrativo, establece que las máximas
autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo
únicamente para regular los asuntos internos del órgano asu cargo;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 62, de 05 de agosto de 2013, la Función Ejecutiva
se organizó en Secretarías, entre ellas se señala a la Secretaría de Gestión de Riesgos;
Que, mediante ResoluciónNro. SGR-039-2014, de 03 de junio de 2014, se expidió el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacionalpor Procesos de la Secretaría de Gestión
de Riesgos;
Que,el Decreto Ejecutivo Nro. 641, de 06 de enero de 2023, el señor Guillermo Lasso
Mendoza, ex Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispuso la
transformación de Servicio Nacional de GestióndeRiesgos y Emergencias a Secretaría
de Gestión de Riesgos, dirigida por el/la Secretario/a, con rango de Ministro de Estado;
encargada de la rectoría, regulación, planificación, gestión, evaluación, coordinación y
control del Sistema Nacional Descentralizados de Gestión de Riesgos;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 42 de 04 de diciembre de 2023, el Sr. Daniel
Noboa Azín, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, designó como
Secretario de Gestión de Riesgos al Sr. Jorge Raúl Carrillo Tutivén;
Que, la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, fue publicada
mediante Suplemento del Registro Oficial No. 488, del 30 de enero 2024, y en su
Disposición General Primera indica: “Primera.-Secretaría Nacional de Gestión de
Riesgos.- La actual Secretaria de Gestión de Riesgos se convertirá en Secretaria
Nacional de Gestión de Riesgos para lo cual adaptará todas sus normativas
institucionales”;
Que, la Resolución Nro. SGR-097-2018, de 1 de agosto de 2018, en su artículo 1, acoge
el Memorando Nro. SGR-CGPGE-2018-0416-M, mediante el cual se solicita la
institucionalización de los Procedimientos de “Contratación pública de bienes, servicios,
consultoría y obras (Fase preparatoria)” y “Contratación pública de bienes, servicios,
consultoría y obras (Fase precontractual)”; y en su artículo 2 emitió los procedimientos
de “Contratación pública de bienes, servicios, consultoría y obras (Fase preparatoria)” y
“Contratación pública de bienes, servicios, consultoría y obras (Fase precontractual).
Que, mediante memorando Nro. SNGR-CGPGE-2024-0191-M, de 08de abril de 2024,
la Lcda. Julieta Isabel Herrería Barba, Coordinadora General de Planificación y Gestión
Estratégica, solicitó a la máxima autoridad de esta Secretaría Nacional de Gestión de
Riesgos, autorización para institucionalización del “Procedimiento para contratación
pública de bienes, servicios, consultoría y obras (fase preparatoria), ADM-SNGR-PR-08,
versión 2.0”;así mismo, se solicitó la derogación total de la Resolución Nro. SGR-097-
2018, de 1 de agosto de 2018, descrita en el considerando anterior;
En ejercicio de la facultad establecida en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador.
RESUELVE:
Artículo 1.-ACOGER la solicitud realizada por la Coordinadora General de Planificación
y Gestión Estratégica, a través delmemorando Nro. SNGR-CGPGE-2024-0191-M, en
torno a la institucionaliz ación del “Procedimiento para contratación pública de bienes,
servicios, consultoría y obras (fase preparatoria), ADM-SNGR-PR-08,versión 2.0”;
elaborado y revisado por la Dirección Administrativa y la Dirección de Servicios, Procesos
y Calidad, y, aprobado por el Coordinación General Administrativa Financiera yla
Coordinación General de Planificación y Gestión Estratégica.
Artículo 2.-INSTITUCIONALIZAR el “Procedimiento para contratación pública de
bienes, servicios, consultoría y obras (fase preparatoria), ADM-SNGR-PR-08, versión
2.0”.
Artículo 3.-ENCARGAR a la Dirección Administrativa, de acuerdo con sus
competencias, atribuciones, responsabilidades y delegaciones, la aplicación, control y
monitoreo del “Procedimiento para contratación pública de bienes, servicios, consultoría
y obras (fase preparatoria), ADM-SNGR-PR-08, versión 2.0”.
Artículo 4.-ACEPTAR las actualizaciones que se realicen a los documentos anexos del
“Procedimiento para contratación pública de bienes, servicios, consultoría y obras (fase
preparatoria), ADM-SNGR-PR-08, versión 2.0”; solicitadas por la Dirección
Administrativa, debidamente autorizadas por el(a) Coordinador(a) General
Administrativo(a) Financiero(a), sin que sea necesario expedir una nueva resolución o
modificar la presente, previa notificación de no afectación al proceso por parte de la
Dirección de Servicios, Procesos y Calidad.
Artículo 5.- DEROGAR la Resolución Nro. SGR-097-2018, del 1de agosto de 2018
mediante la cual se institucionalizó el Procedimiento para contratación pública de bienes,
servicios, consultoría, y obras (fase preparatoria), y (fase precontractual) versión 1.0.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Coordinación General de Asesoría Jurídica, para que, de
acuerdo con sus competencias, atribuciones y responsabilidades, realice la socialización
de esta resolución, a todas las áreas de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
Segundo Suplemento Nº 557 - Registro Ocial
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Martes 14 de mayo de 2024
Artículo 7.- PUBLICAR el contenido de esta Resolución en el Registro Oficial y en el
Portal web de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, la misma que entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado y firmado en Samborondón, el 25 de abril de 2024.
PUBLÍQUESE, SOCIALÍCESE Y CÚMPLASE.
M. ENG. JORGE CARRILLO TUTIVÉN
SECRETARIO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGOS
SECRETARÍA NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGOS
Firmado electrónicamente por:
JORGE RAUL CARRILLO
TUTIVEN
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