Resolución. Suplemento Año I - Nº 59

Fecha de publicación13 Junio 2025
SecciónResoluciones
Tipo de documentoResolución
/tmp/tmp-18-rn4aY6G9T04j/input-html.html

Año I - Nº 59 - 57 páginas

Quito, viernes 13 de junio de 2025

Su

pleme

nt

o

SUMARIO:

Págs.

FUNCIÓN EJECUTIVA

ACUERDOS:

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERÍA:

040

Se reforma el Reglamento de Comercialización del

Maíz Amarillo Duro ................................................

2

050 Se dispone el inicio del proceso de baja del

Proyecto de Inversión “Proyecto Financiamiento

Productivo Agropecuario MAKIPURANA” ........

8

RESOLUCIONES:

DIRECCIÓN DEL PARQUE

NACIONAL GALÁPAGOS:

MAATE-PNG/DIR-2025-0021-R Se autoriza el cambio de

titular de la autorización administrativa ambiental

otorgado a la compañía Desarrollos Inmoviliarios

INMOAVILES S.A. ..................................................

13

MAATE-PNG/DIR-2025-0023-R Se ratifica la apro-

bación del Estudio de Impacto Ambiental al

Proyecto “Operación del Hotel Solymar - Isla

Sol” ............................................................................

21

MAATE-PNG/DIR-2025-0024-R Se expide el Instructivo

de calificación de las propuestas de servicios

turísticos complementarios para actividades de

aventura en la Reserva Marina de Galápagos ......

29

MAATE-PNG/DIR-2025-0025-R Se expide el Instructivo

de calificación de las propuestas de servicios

turísticos complementarios para actividades de

aventura en la Reserva Marina de Galápagos .......

44

/tmp/tmp-18-rn4aY6G9T04j/input-html.html

Suplemento Nº 59 - Registro Oficial

2

Viernes 13 de junio de 2025

Página

1 de 6

ACUERDO MINISTERIAL NRO.

040

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,

determina como atribución de los ministros y ministras de Estado

: "Ejercer la rectoría

de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas

que requiera su gestión";

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Las

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las

personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y

facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar

acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos

reconocidos en la Constitución.”;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La

administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de

eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,

participación, planificación, transparencia y evaluación.”;

Que, el artículo 281 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La

soberanía alimentaria constituye objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar

que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos

sanos y culturalmente apropiado de forma permanente." Para ello, será responsabilidad del

Estado entre otras:

“(...) 11. Generar sistemas justos y solidarios de distribución y

comercialización de alimentos. Impedir prácticas monopólicas y cualquier tipo de especulación con

productos alimenticios.”;

Que, el numeral 2 del artículo 284 de la Constitución de la República del Ecuador,

establece que es responsabilidad del Estado: “

Incentivar la producción nacional, la

productividad y competitividad sistémica, la acumulación del conocimiento científico tecnológico, la

inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la

integración regional.”;

Que, el artículo 319 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “Se reconocen

diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias,

cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y

mixtas”;

Que, el artículo 335 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con

el artículo 304, numeral 6, ibídem determina:

“El Estado regulará, controlará e

intervendrá, cuando sea necesario, en los intercambios y transacciones económicas; y sancionará la

explotación, usura, acaparamiento, simulación, intermediación especulativa de los bienes y servicios,

así como toda forma de perjuicio a los derechos económicos y a los bienes públicos y colectivos.”; El

Estado definirá una política de precios orientada a proteger la producción nacional, establecerá los

mecanismos de sanción para evitar cualquier práctica de monopolio y oligopolio Privados, o de

abuso de posición de dominio en el mercado otras prácticas de competencia desleal.”;

/tmp/tmp-18-rn4aY6G9T04j/input-html.html

Registro Oficial - Suplemento Nº 59

3

Viernes 13 de junio de 2025

Página

2 de 6

Que, el artículo 336 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “El

Estado impulsará y velará por el comercio y gasto como medio de acceso a bienes y servicios de

calidad, que minimice las distorsiones de la intermediación y promueva la sustentabilidad”. (...);

Que, el literal a) del artículo 19 del Código Orgánico de la Producción, Comercio, e

Inversiones, publicado en el Registro Oficial Suplemento 351 de 29 de diciembre

de 2010, reconoce como uno de los derechos de los inversionistas. “

La libertad de

producción comercialización de bienes y servicio lícitos, socialmente deseables y ambientalmente

sustentables, así como la libre fijación de precios, a excepción de aquellos bienes y servicios cuya

producción y comercialización estén regulados por la Ley.”;

Que, el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo, determina: “(…) Las máximas

autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo únicamente

para regular los asuntos internos del órgano a su cargo, salvo los casos en los que la ley prevea esta

competencia para la máxima autoridad legislativa de una administración pública.”;

Que, el inciso segundo del artículo 1 de la Ley Orgánica de Soberanía Alimentaria, señala:

“(…) El régimen de la soberanía alimentaria se constituye por el conjunto de normas conexas,

destinadas a establecer en forma soberana las políticas públicas agroalimentarias para fomentar la

producción suficiente y la adecuada conservación, intercambio, transformación, comercialización y

consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro,

pequeña y mediana producción campesina, de las organizaciones económicas populares y de la pesca

artesanal así como microempresa y artesanía; respetando y protegiendo la agrobiodiversidad, los

conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales, bajo los principios de equidad,

solidaridad, inclusión, sustentabilidad social y ambiental;”;

Que, el artículo 80 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, determina: “Los

consejos consultivos son mecanismos de asesoramiento compuestos por ciudadanas o ciudadanos, o

por organizaciones civiles que se constituyen en espacios y organismos de consulta. Las autoridades

o las instancias mixtas o paritarias podrán convocar en cualquier momento a dichos consejos. Su

función es meramente consultiva.”;

Que, el literal e) del artículo 10-1 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de

la Función Ejecutiva, prevé como un tipo de entidad:

“Consejo Consultivo. - Instancia

de estricto carácter consultivo y de obligatoria convocatoria institucional, en el momento de la

definición y la evaluación de la política pública de las carteras de Estado. Tendrán representación

amplia y plural de la sociedad civil, y no contarán con recursos públicos...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR