Resolución. Suplemento al Registro Oficial No. 682

Fecha de publicación13 Noviembre 2024
SecciónResoluciones
Tipo de documentoResolución
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Su

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o

SUMARIO:

Págs.

FUNCIÓN EJECUTIVA

ACUERDOS:

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y 

GANADERÍA:

057 

Se expide el Reglamento para la Administración y 
Operatividad de los Fondos Fijos de Caja Chica ..

3

062 

Se  establece  el  precio  mínimo  de  sustentación  a 
pie  del  barco  -FOB-  de  diferentes  tipos  de  cajas 
de  banano  y  otras  musáceas  destinadas  a  la 
exportación, en dólares de los Estados Unidos de 
América .....................................................................

16

MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO:

MCYP-MCYP-2024-0150-A  Se  aprueba  el  estatuto  y  se 

otorga  la  personalidad  jurídica  a  la  “Fundación 
Quetzal  Estudio  (Productora  Audiovisual)”, 
domiciliada  en  el  cantón  Otavalo,  provincia  de 
Imbabura ..................................................................

20

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS:

MEM-MEM-2024-0037-AM  Se  crea  el  Comité  Asesor 

Permanente en Materia de Energía Eléctrica ........

23

MINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Y 

DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN:

MINTEL-MINTEL-2024-0025  Se  expide  el  Plan 

para  el  Desarrollo,  Masifi cación,  Adopción  y 
Fortalecimiento del Servicio Postal 2024 - 2025  ...

30

RESOLUCIONES:

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO 

EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA

MPCEIP-SC-2024-0569-R  Se  aprueba  y  se  ofi cializa 

con  el  carácter  de  voluntaria  la  Norma  Técnica 
Ecuatoriana  NTE  INEN  3215,  Chocolates  y 
productos del chocolate. ..........................................

56

Año  III  -  Nº  682  -  79  páginas

Quito,  miércoles  13  de  noviembre  de  2024

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Miércoles 13 de noviembre de 2024

Suplemento Nº 682 - Registro Ofi cial

Págs.

MPCEIP-SC-2024-0571-R  Se  retira  en  su 

totalidad la Especifi cación Técnica 
Ecuatoriana  ETE  INE-ISO/TS 
22004,  Sistemas  de  Gestión  de  la 
Inocuidad de los Alimentos ............

59

MPCEIP-SC-2024-0573-R  Se  aprueba 

y  se  ofi cializa  con  el  carácter  de 
voluntaria  la  Norma  Técnica 
Ecuatoriana  NTE  INEN  3214, 
Chocolates 

productos 

del 

chocolate ..........................................

62

SERVICIO NACIONAL DE 

CONTRATACIÓN PÚBLICA:

PE-SICAE-2024-001 

Se 

expide 

el 

Reglamento para el Funcionamiento 
del 

Comité 

Interinstitucional 

para  la  Adquisición  de  Raciones 
Alimenticias  para  Alimentación 
Escolar .............................................

65

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Miércoles 13 de noviembre de 2024

Registro Ofi cial - Suplemento Nº 682

ACUERDO MINISTERIAL NO. 

057 

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA 

C O N S I D E R A N D O: 

Que,   el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador regula 

como una de las atribuciones de los ministros de Estado: “(…) Ejercer la rectoría de las 
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que 
requiera su gestión”; 

Que,   el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Las 

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las 
personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y 
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.”. 

Que,   el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe que: “La 

administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de 
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, 
participación, planificación, transparencia y evaluación”; 

Que,   el artículo 233 de la citada Norma Suprema establece que: “Ninguna servidora, ni 

servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus 
funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el 
manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos […]”; 

Que,  el último inciso del artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del 

Estado, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 595, de 12 de junio de 
2002, dispone que: “En el marco de las normas, políticas, regulaciones, reglamentos, 
disposiciones y más instrumentos indicados, cada institución del Estado, cuando considere 
necesario, dictará las normas, las políticas y los manuales específicos para el control de las 
operaciones a su cargo. La Contraloría General del Estado verificará la pertinencia y la correcta 
aplicación de las mismas”;
 

Que,   la letra e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, 

establece que las máximas autoridades de las instituciones del Estado, son 
responsables de los actos emanados de su autoridad, y entre las atribuciones y 
obligaciones específicas está la de: “[…] e) Dictar los correspondientes reglamentos y demás 
normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus 
instituciones […]; 

Que,   el Acuerdo Nro. 004-CG-2023 emitido el 7 de febrero de 2023, la Contraloría 

General del Estado, expidió las Normas de Control Interno para las Entidades, 
Organismos del Sector Público y de las Personas Jurídicas de Derecho Privado que 
dispongan de recursos públicos, cuya norma 200-05 trata respecto a la delegación 
de autoridad y sus efectos, señalando que: “(…) La delegación de competencias debe 
conllevar, no sólo la exigencia de la responsabilidad por el cumplimiento de los procesos y 
actividades correspondientes, sino también la asignación de la autoridad necesaria, a fin de que los 
servidores puedan emprender las acciones más oportunas para ejecutar su cometido de manera 
expedita y eficaz.”; 

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Miércoles 13 de noviembre de 2024

Suplemento Nº 682 - Registro Ofi cial

Que,   el artículo 165 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, en lo 

referente a los fondos de reposición dispone que: “Las entidades y organismos del sector 
público pueden establecer fondos de reposición para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las 
normas técnicas que para el efecto emita el ente rector de las finanzas públicas. La liquidación de 
estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente.”;  

Que,   el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función 

Ejecutiva determina: “De los Ministros. - Los ministros de Estado son competentes para el 
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del 
Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales (…)”; 

Que,  mediante Acuerdo Ministerial Nro. 093 de 09 de julio de 2018 se expidió el 

Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de 
Agricultura y Ganadería, dentro del cual, en el artículo 1, numeral 1.1 literales a) y c) 
se establecen como atribuciones del Ministro/a de Agricultura y Ganadería: “(…) a) 
Ejercer la representación legal de la institución”
 y “(…)c) Definir la estructura organizacional de 
la institución y expedir los reglamentos internos requeridos para su funcionamiento.”; 

Que,   mediante...

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