Resoluciones. 051-2025 Se aprueba la Proforma del Plan Anual de Inversión – PAI 2025
| Fecha de publicación | 14 Julio 2025 |
| Sección | Resoluciones |
| Emisor | Y Justicia Indígena Consejo de la Judicatura |
| Tipo de documento | Resoluciones |
Suplemento Nº 80 - Registro Ocial
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Lunes 14 de julio de 2025
051-2025
RESOLUCIÓN 051-2025
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 168 número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y
en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 2. La
Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;
Que el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para
la adecuada administración de justicia.”;
Que el artículo 178 párrafo segundo de la Constitución de la República del Ecuador,
así como el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial,
establecen que: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial.”;
Que el artículo 181 número 2 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: (...) 2. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria de la
Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos.”;
Que el artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, según los
numerales 6 y 10, prevé que al Pleno del Consejo de la Judicatura le
corresponde: “6. Elaborar la proforma presupuestaria de la Función Judicial
que será enviada para su aprobación según la Constitución. (…) 10. Expedir,
modificar, derogar (…) los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones
de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la
organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen
disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la
Función Judicial. (...)”;
Que el artículo 5 numeral 1 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, dispone: “1. Sujeción a la planificación.- La programación,
formulación, aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y evaluación del
Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades
públicas y todos los recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos de la
planificación del desarrollo de todos los niveles de gobierno. (…)”;
Que el artículo 107 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas, establece:
“Presupuestos prorrogados.- Hasta que se apruebe el Presupuesto General
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del Estado del año en que se posesiona la o el Presidente de la República,
regirá el presupuesto codificado al 31 de diciembre del año anterior. (…)”;
Que las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado, 200-02
Administración Estratégica párrafo segundo, establece: “(...) Las entidades del
sector público y las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de
recursos públicos requieren para su gestión, la implantación de un sistema de
planificación que incluya la formulación, ejecución, control, seguimiento y
evaluación de un plan plurianual institucional y planes operativos anuales, que
considerarán como base la función, misión y visión institucionales y que
tendrán consistencia con los planes de gobierno y los lineamientos del
organismo técnico de planificación. (...)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 140-2022, de 16
de junio de 2022, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
90, de 23 de junio de 2022, resolvió aprobar la actualización de la Planificación
Estratégica de la Función Judicial 2019-2025;
Que mediante Oficio circular No. MEF-VGF-2025-0005-C, de 22 de junio de 2025,
el Ministerio de Economía y Finanzas, puso en conocimiento de las
instituciones que participan del Presupuesto General del Estado, las
“Directrices para la elaboración de la Proforma del Presupuesto General del
Estado correspondiente al ejercicio fiscal 2025 y la Programación
Presupuestaria Cuatrienal 2025–2028”;
Que con Oficio circular No. SNP-SNP-2025-0001-C, de 23 de junio de 2025, la
Secretaría Nacional de Planificación, puso en conocimiento de las instituciones
públicas las “DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROFORMA
DEL PLAN ANUAL DE INVERSIÓN – PAI 2025”, con sus diferentes anexos;
Que la Dirección Nacional de Planificación mediante Memorando circular No.
CJ-DNP-2025-0305-MC, de 24 de junio de 2025, puso en conocimiento de la
Dirección Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio
Judicial, Dirección Nacional de Tecnología de la Información y
Comunicaciones, Dirección Nacional de Talento Humano, Dirección Nacional
Administrativa y de los responsables de los proyectos, las “DIRECTRICES
PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROFORMA DEL AÑO 2025”, emitidas por
la Secretaría Nacional de Planificación, el Ministerio de Economía y Finanzas,
y los documentos anexos que deberán ser completados en el proceso de la
elaboración de la Proforma 2025, además de convocarlos a mesas de trabajo
para la elaboración de la Proforma 2025;
Que mediante Memorando No. CJ-DNP-2025-1623-M, de 30 de junio de 2025, la
Dirección Nacional de Planificación puso en conocimiento de la Dirección
General, el Informe y Matriz de la “Proforma del Plan Anual de Inversión–PAI
2025 del Consejo de la Judicatura”;
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Que mediante Memorando No. CJ-DNP-2025-1624-M, de 30 de junio de 2025, la
Dirección Nacional de Planificación, puso en conocimiento de la Dirección
Nacional de Asesoría Jurídica, el informe de la “Proforma del Plan Anual de
Inversión–PAI 2025 del Consejo de la Judicatura”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando No.
CJ-DG-2025-3508-M, de 30 de junio de 2025, suscrito por el Director General,
quien remitió el Memorando No. CJ-DNP-2025-1623-M, de 30 de junio de
2025, de la Dirección Nacional de Planificación; así como el Memorando No.
CJ-DNJ-2025-0840-M, de 30 de junio de 2025, suscrito por la Dirección
Nacional de Asesoría Jurídica, mismo que contiene el informe jurídico, así
como el proyecto de resolución respectivo; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales establecidas en el artículo
181 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 264 numerales 6 y 10
del Código Orgánico de la Función Judicial,
RESUELVE:
APROBAR LA PROFORMA DEL PLAN ANUAL DE INVERSIÓN–PAI 2025 DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
Artículo Único. Aprobar la “Proforma del Plan Anual de Inversión–PAI 2025 del
Consejo de la Judicatura”, contenido en el informe remitido por la Dirección Nacional
de Planificación, mediante Memorando No. CJ-DNP-2025-1623-M, de 30 de junio de
2025, en los montos establecidos en los anexos que forman parte integrante de esta
Resolución.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA. La ejecución de la “Proforma del Plan Anual de Inversión–PAI 2025 del
Consejo de la Judicatura” se articulará a los Planes, Programas y Proyectos
aprobados por la Dirección General y Direcciones Provinciales, conforme a las
atribuciones y responsabilidades establecidas en el Estatuto Orgánico de Gestión por
Procesos del Consejo de la Judicatura.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. La ejecución de esta Resolución estará a cargo, en el ámbito de sus
competencias, de la Dirección General, Direcciones Nacionales de Planificación,
Financiera, Direcciones Provinciales y responsables de la ejecución de los proyectos
del Consejo de la Judicatura.
SEGUNDA. Se dispone a la Dirección General realice las gestiones pertinentes ante
el Ministerio de Economía y Finanzas para que solicite el incremento al techo
presupuestario asignado al Consejo de la Judicatura en el año 2025, el cual garantice
el óptimo funcionamiento del sistema de justicia a nivel nacional.
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