Resoluciones. 126-RM-SP-2024 Autorícese la comisión de servicios al exterior con sueldo a varios servidores policiales

Fecha de publicación04 Junio 2024
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio Del Interior
Tipo de documentoResoluciones
Martes 4 de junio de 2024Registro Ocial Nº 471
13
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado en Quito, D.M. , a los 13 día(s) del mes de Mayo de dos mil veinticuatro.
Documento firmado electrónicamente
SRA. DRA. MÓNICA ROSA IRENE PALENCIA NÚÑEZ
MINISTRA DEL INTERIOR
Firmado electrónicamente por:
MONICA ROSA IRENE
PALENCIA NUÑEZ
RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 126-RM-SP-2024
Nelson Francisco Arroba Fonseca
Coronel de Policía de E.M.
SUBSECRETARIO DE POLICÍA
DELEGADO DEL MINISTRO DEL INTERIOR
CONSIDERANDO:
Que, el inciso segundo del artículo 160 de la Constitución de la
República del Ecuador, dispone: “Los miembros de las Fuerzas Armadas
y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes específicas que
regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de ascensos y
promociones con base en méritos y con criterios de equidad de género.
Se garantizará su estabilidad y profesionalización”;
Que, el artículo 26 de la Ley de Extradición, indica “Si se obtiene la
extradición del prófugo, solicitará al Ministerio de Gobierno que lo haga
conducir del país en que se encuentre hasta ponerlo a disposición del
Presidente de la Corte Suprema de Justicia”;
Que, el artículo 63 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público, manifiesta: “Al ministerio rector de la
seguridad ciudadana, protección interna y orden público le corresponde
dirigir las políticas, planificación, regulación, gestión y control de la
Policía Nacional”;
Que, el artículo 64 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público, expresa:El titular del ministerio rector de la
seguridad ciudadana, protección interna y orden público tendrá las
siguientes funciones: (…) 4. Ejercer la representación legal, judicial y
extrajudicial de la Policía Nacional”;
Que, el artículo 105 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público, manifiesta que: “El personal policial podrá
ser destinado a comisión de servicios únicamente para efectuar estudios
regulares de formación, capacitación o especialización; reuniones,
conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el
país, que beneficien a la institución policial. Se concederá la comisión
de servicios previo dictamen favorable del ministerio rector de la
seguridad ciudadana, protección interna y orden público, siempre que la
servidora o servidor policial hubiere cumplido un año en el servicio
activo. Por este concepto, el servidor o servidora policial tendrá derecho
a recibir el pago de viáticos, subsistencias, reposiciones y demás

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