Resoluciones. CPCCS-PLE-SG-006-E-2023-0042 Expídese el Regla- mento para el Concurso de Méritos y Oposición para la Selección y Designación de la primera autoridad de la Contraloría General del Estado
Fecha de publicación | 04 Julio 2023 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Función de Transparencia y Control Social Consejo de Participación Ciudadana y Control Social |
Tipo de documento | Resoluciones |
Martes 4 de julio de 2023Registro Ocial Nº 345
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ll/JACPCCS-PLE-SG-006-E-2023-0042/19-06-2023 Página 1 de 33
RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-006-E-2023-0042
19-06-2023
EL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y
CONTROL SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador determina en el artículo 61
numeral 7 que “(…) las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes
derechos (...) 7. desempeñar empleos y funciones públicas con base en
méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación
transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice
su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de
oportunidades para las personas con discapacidad y participación
intergeneracional”;
Que, el artículo 65 de la Constitución de la República del Ecuador estipula que “el
Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los
cargos de nominación o designación de la función pública, así como
adoptará medidas deacción afirmativa para garantizar la participación de
los sectores discriminados”;
Que, el artículo 207 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que
“el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e
incentivará el ejercicio de los derechos relativos a la participación
ciudadana; (...) y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo
con la Constitución y la ley”;
Que,el Art. 208 numeral 11 de la Constitución de la República del Ecuador,
“confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la
atribución de designar a las primeras autoridades de la Defensoría del
Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría
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ll/JA
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General del Estado, luego de agotar el proceso de selección
correspondiente”;
Que, el Art. 209 de la Constitución de la República, señala que para cumplir sus
funciones de designación el Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social organizará comisiones ciudadanas de selección que serán encargadas
de llevar a cabo el concurso de oposición y méritos con postulación veeduría
y derecho a impugnación ciudadana;
Que, el Art. 211 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la
“Contraloría General del Estado es un organismo técnico encargado del
consejo de la utilización de los recursos estatales y la consecución de los
objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de
derecho privado que dispongan de recursos públicos”;
Que, el Art. 71 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y
Control Social, que trata de las medidas de la acción afirmativa, señala que
en el caso de la designación de Defensor del Pueblo, Defensor Público, Fiscal
General y Contralor General del Estado y en las designaciones de cuerpos
colegiados se garantizará la integración paritaria de hombres y mujeres de
concursos diferenciados y al menos la inclusión de una persona representante
de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios. En
cada une de los concursos se aplicará los mismos criterios de acción
afirmativa previstos para la designación de consejeras y consejeros;
Que, la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en
el artículo 69 prevé que: "El Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social designará a las máximas autoridades de la (...) Contraloría General
del Estado i) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208 numerales
11 y 12 de (a Constitución de la República del Ecuador (...)”;
Que, mediante Resolución No CPCCS-PLE-SG-038-E-2021-538-05-05-2021. de
fecha 05 de mayo de 2021, el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana
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y Control Social, resolvió “Art. 1. Conformar una comisión, integrada por el
Coordinador General de Asesoría Jurídica y un delegado de cada uno de los
señores Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
a fin de que. en el plazo máximo de treinta días desde su conformación,
elabore el Proyecto de Reglamento para designar mediante concurso público
de méritos y oposición, a la primera autoridad de la Contraloría Generas del
Estado, y lo presente al Pleno de la entidad para su aprobación (..)”;
Que, mediante Resolución No. CPCCS-PLE-SG-005-E-2023-0033, de 09 de junio
de 2023, resolvió “Art. 5.- Disponer a la Coordinación General de Asesoría
Jurídica realizar el proyecto de Resolución para la Codificación del
Reglamento que se encuentra previsto en lasResoluciones Nos. CPCCS-
PLE-SG-047-E-2021-628 de 18 de julio de 2021 y CPCCS-PLE-SG-052-E-
2021-660 de 20 de agosto de 2021, y remita al Pleno del CPCCS para su
conocimiento y aprobación.”;
Que, mediante Memorando No. CPCCS-CGAJ-2023-0378-M, de fecha 17 de
junio de 2023, suscrito por el Coordinador General Jurídico, Dr. Ismael
Merizalde Núñezestablece que: “Por lo que, la Coordinación General de
Asesoría Jurídica adjunta al presente el proyecto de: CODIFICACIÓN DE
LA DE LA RESOLUCIÓN NRO. CPCCS-PLE-SG-047-E-2021-628 DE 18
DE JULIO DE 2021 Y PUBLICADA EN EL SUPLEMENTO DEL
REGISTRO OFICIAL NRO. 513 DE 11 DE AGOSTO 2021, Y RESOLUCIÓN
NRO. CPCCS-PLE-SG-052-E-2021-660 DEL 20 DE AGOSTO DE 2021
PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL EN EL TERCER SUPLEMENTO
NRO. 536 EL LUNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021: REGLAMENTO PARA
EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN Y
DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA CONTRALORÍA
GENERAL DEL ESTADO, para conocimiento del Pleno del CPCCS, y
aprobación de acuerdo con la Resolución Nro. CPCCS-PLE-SG-005-E-
2023-0033, 9 de junio del 2023, en la que el Pleno del CPCCS resuelven dar
estricto cumplimiento a la sentencia constitucional del 28 de abril del 2023,
primera instancia, acción de protección Nro. 17205-2023-00393.”;
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