Resoluciones. MPCEIP-SC-2024-0104-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Segunda Edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 13810, Turismo y servicios relacionados — Visitas a lugares de interés industrial, natural, cultural e histórico — Requisitos y recomendaciones (ISO 13810-2022, IDT)
Fecha de publicación | 22 Mayo 2024 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca |
Tipo de documento | Resoluciones |
Miércoles 22 de mayo de 2024 Registro Ocial Nº 563
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ResoluciónNro.MPCEIP-SC-2024-0104-R
Quito,02demayode2024
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la
República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de
óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no
engañosa sobre su contenido y características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece: el Sistema Ecuatoriano de
la Calidad, tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: i) Regular los
principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos
internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos
ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana,
animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor
contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover
e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana.”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 263 de 9 de junio de 2014 establece: "Sustitúyase las
denominaciones del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio Ecuatoriano de
Normalización. (…)";
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 de 14 de noviembre de 2018, publicado en el
Registro Oficial Suplemento No. 387 de 13 de diciembre de 2018, en su Artículo 1 se
decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones las
siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y
Pesca”; y en su Artículo 2 dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modifíquese la denominación del Ministerio de Comercio Exterior e
Inversiones a Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una vez concluido el proceso de
fusión por absorción, todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones,
y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos, y demás normativa vigente,
que le correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras y, al Ministerio de Acuacultura y
Pesca”; serán asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
y Pesca”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MPCEIP-MPCEIP-2023-0028-A, de 08 de junio
de 2023, publicado en el cuarto Suplemento Nº 332 del Registro Oficial, de 15 de junio
de 2023, se expidió el Tarifario de los Servicios que presta el Servicio Ecuatoriano de
Normalización – INEN, y que en su Disposición Derogatoria establece “Deróguese y
déjese sin efecto todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se contrapongan
con el presente Acuerdo”;
Que, la Organización Internacional de Normalización ISO, en el año 2022, publicó la
Norma Técnica Internacional ISO 13810 Tourism and related services — Visits to
industrial, natural, cultural and historical sites — Requirements and
recommendations;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de
Reglamentación, Normalización y Metrología, ha adoptado la Norma Técnica
Internacional ISO 13810: 2022 como la Segunda Edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN-ISO 13810, Turismo y servicios relacionados — Visitas a
lugares de interés industrial, natural, cultural e histórico — Requisitos y
recomendaciones (ISO 13810:2022, IDT), y su elaboración ha seguido el trámite regular
de conformidad a los procedimientos e instructivos del INEN;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección de Gestión Estratégica de la
Calidad y aprobado por el Director de Gestión Estratégica de la Calidad; contenido en la
Matriz de Revisión Técnica No. TUR-0020 de 2 de mayo de 2024, se recomendó
continuar con los trámites de oficialización de la Segunda Edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN-ISO 13810, Turismo y servicios relacionados — Visitas a
lugares de interés industrial, natural, cultural e histórico — Requisitos y
recomendaciones (ISO 13810:2022, IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo 8 de la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad es la Institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de Calidad; de igual manera lo señala el literal f) del
Artículo 17 de la Ley Ibídem que establece: "En relación con el INEN, corresponde al
Ministerio de Industrias y Productividad: aprobar las propuesta de normas o
reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, en el ámbito de
su competencia (…)", en consecuencia es competente para aprobar y oficializar con el
carácter de VOLUNTARIA la Segunda Edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 13810, Turismo y servicios relacionados — Visitas a lugares de interés
industrial, natural, cultural e histórico — Requisitos y recomendaciones (ISO
13810:2022, IDT), mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un
justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores;
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