Resoluciones. SENAE-SENAE-2023-0037-RE Deléguese al Econ. Edward Lenin Vallejo Tapia, Director Financiero Aduanero, varias competencias

Fecha de publicación12 Julio 2023
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana Del Ecuador - Senae
Tipo de documentoResoluciones
Miércoles 12 de julio de 2023 Segundo Suplemento Nº 351 - Registro Ocial
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Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0037-RE
Guayaquil, 03 de julio de 2023
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
LA DIRECCIÓN GENERAL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 226, dispone: “(...)Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución (...)”.
Que, el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “(...) La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación(...)”.
expedido mediante publicación en el Registro Oficial Suplemento No. 351 del 29 de
diciembre de 2010, determina: “()El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador es una
persona jurídica de derecho público, de duración indefinida, con autonomía técnica,
administrativa, financiera y presupuestaria (...)”;
Que el artículo 213 del Código de la Producción, Comercio e Inversiones establece: “De
la Administración del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. La administración del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador corresponderá a la Directora o el Director
General, quien será su máxima autoridad y representante legal, judicial y extrajudicial,
en razón de lo cual ejercerá los controles administrativos, operativos y de vigilancia
señalados en el Código.”;
establece entre las competencias del Director General lo siguiente: "b) Administrar los
bienes, recursos materiales, humanos y fondos del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, facultad que comprende todos los actos de inversión, supervisión, y aquellos
que como medio se requieran para el cumplimiento de los fines de la institución ()
Todas las atribuciones aquí descritas serán delegables, con excepción de las señaladas
en el literal l). En caso de ausencia o impedimento temporal de la Directora o el Director
General lo subrogará en sus funciones la servidora o el servidor establecido conforme a
la estructura orgánica y administrativa del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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