Resoluciones. SNAI-SNAI-2023-0097-R Se expide el Reglamento interno de administración del talento humano para las servidoras y servidores públicos regidos por la Ley Orgánica del Servicio Público

Fecha de publicación24 Diciembre 2024
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores
Tipo de documentoResoluciones
Martes 24 de diciembre de 2024 Suplemento Nº 710 - Registro Ocial
2
Resolución Nro. SNAI-SNAI-2023-0097-R
Quito, D.M., 17 de octubre de 2023
SERVICIO NACIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL A PERSONAS ADULTAS PRIVADAS DE LA
LIBERTAD Y A ADOLESCENTES
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 85 de la Carta Suprema, determina que las políticas públicas y la prestación de bienes y
servicios públicos están orientadas a hacer efectivos el buen vivir y los derechos.
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 226, establece que las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 227, señala que la Administración Pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 229 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe que son servidoras o
servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o
ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de las servidoras y servidores
públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y
remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen
disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República, determina que ninguna servidora ni servidor público
estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones,
y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o
recursos públicos;
Que, el artículo 1 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que la presente Ley se sustenta en los
principios de: calidad, calidez, competitividad, continuidad, descentralización, desconcentración, eficacia,
eficiencia, equidad, igualdad, jerarquía, lealtad, oportunidad, participación, racionalidad, responsabilidad,
solidaridad, transparencia, unicidad y universalidad que promuevan la interculturalidad, igualdad y la no
discriminación;
Que, el artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Público, dispone que el servicio público y la carrera
administrativa tienen por objetivo propender el desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores
públicos, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad, productividad del Estado y de
sus instituciones, mediante la conformación, el funcionamiento y desarrollo de un sistema de gestión del talento
humano sustentado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminación;
Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público LOSEP, señala que serán servidoras o servidores
públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un
cargo, función o dignidad dentro del sector público;
Que, el artículo 22 literal a) de la Ley Orgánica del Servicio Público determina que son deberes de las y los
servidores públicos respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, leyes, reglamentos y más
disposiciones expedidas de acuerdo con la Ley;
Que, de acuerdo al artículo 52 literal c) de la Ley Orgánica del Servicio Público, respecto de las atribuciones
1/52
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Martes 24 de diciembre de 2024Registro Ocial - Suplemento Nº 710
3
Resolución Nro. SNAI-SNAI-2023-0097-R
Quito, D.M., 17 de octubre de 2023
y responsabilidades de las Unidades de Administración del Talento Humano indica Las Unidades de
Administración del Talento Humano, ejercerán las siguientes atribuciones y responsabilidades: () c)
Elaborar el reglamento interno de administración del talento humano, con sujeción a las normas técnicas del
Ministerio que ejerce la rectoría del Trabajo”;
Que, el artículo 1 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que las
disposiciones son de aplicación obligatoria en todas las instituciones, entidades y organismos establecidos en el
artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público en lo atinente al talento humano, remuneraciones e ingresos
complementarios;
Que, el artículo 23 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público determina que “De
conformidad con lo que determina el artículo 50 de la LOSEP, el Ministerio de Relaciones Laborales y la
UATH o la que hiciere sus veces, vigilará el cumplimiento de los deberes, derechos y prohibiciones de las y los
servidores establecidos en la citada ley y este Reglamento General. Los derechos de las o los servidores
públicos previstos en el artículo 23 de la LOSEP son irrenunciables de conformidad con el ordenamiento
jurídico vigente.”;
Que, el artículo 79 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público determina que, “Las
UATH elaborarán obligatoriamente, en consideración de la naturaleza de la gestión institucional los
reglamentos internos de administración del talento humano, en los que se establecerán las particularidades de
la gestión institucional que serán objeto de sanciones derivadas de las faltas leves y graves establecidas en la
Ley”;
Que, el artículo 117 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, señala “Las UATH
constituyen unidades ejecutoras de las políticas, normas e instrumentos expedidos de conformidad con la ley y
este Reglamento General, con el propósito de lograr coherencia en la aplicación de las directrices y
metodologías de administración del talento humano, remuneraciones, evaluación, control, certificación del
servicio y mejoramiento de la eficiencia en la administración pública en lo que correspondiere a sus
atribuciones y competencias. La UATH es responsable de administrar el sistema integrado de desarrollo del
talento humano y las remuneraciones e ingresos complementarios del servicio público, bajo los lineamientos,
políticas, regulaciones, normas e instrumentos pertinentes. Tendrán la competencia y responsabilidad en el
cumplimiento de la LOSEP, este Reglamento General y las normas expedidas.”;
Que, el artículo 118 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Púbico, señala atribuciones
adicionales de las UATH institucionales “() b) Preparar y ejecutar proyectos de estructura institucional y
posicional interna de conformidad con las políticas y normas que emita al respecto el Ministerio del Trabajo;
() d) Administrar e implementar las estrategias de atención, a las y los usuarios internos y externos,
especialmente para aquellas personas con discapacidad; e) Receptar las quejas, denuncias, sugerencias,
felicitaciones y observaciones que efectúen los usuarios internos y externos y efectuar su trámite y seguimiento.
Los resultados de esta actividad serán remitidos al Ministerio de Relaciones Laborales con la finalidad de
transparentar la información ()”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 560 de 14 de noviembre de 2018, el Presidente Constitucional de la
República dispuso la transformación del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos en la Secretaría de
Derechos Humanos, y creó el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad
y a Adolescentes Infractores, como entidad de derecho público, con personalidad jurídica, dotada de autonomía
administrativa y financiera;
Que, en el artículo 4 del indicado Decreto se dispuso que el Servicio Nacional de Atención Integral a
Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, ejerza todas las atribuciones constantes
en leyes y demás normativa vigente sobre rehabilitación, reinserción, seguridad, indultos, conmutación o rebaja
de penas y medidas cautelares para personas adultas privadas de libertad, así como sobre desarrollo integral de
adolescentes infractores;
2/52
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Martes 24 de diciembre de 2024 Suplemento Nº 710 - Registro Ocial
4
Resolución Nro. SNAI-SNAI-2023-0097-R
Quito, D.M., 17 de octubre de 2023
Que, con Decreto Ejecutivo Nº 631 de 4 de enero de 2019, se amplió en treinta días el plazo para la
transferencia de las competencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos al Servicio Nacional de
Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 887 de 07 de octubre de 2023, el Presidente de la República, Sr.
Guillermo Lasso Mendoza, encarga la Dirección General del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas
Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, al señor Fausto Cobo Montalvo, Director General
del Centro de Inteligencia Estratégica CIES;
Que, a través de Resolución N° SNAI-SNAI-2022-0071-R de 07 de septiembre de 2022, se puso en vigencia
el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a
Adolescentes Infractores (SNAI);
Que, mediante memorando N° SNAI-CGAF-2023-0695-M de 14 de agosto de 2023, la Mgs. María
Alexandra Román Lozano, Coordinadora General Administrativa Financiera, remitió a la Dirección de Asesoría
Jurídica, el “proyecto de Reglamento Interno del Talento Humano del Servicio Nacional de Atención Integral a
Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, a fin que a través de su intermedio se
alcance la aprobación del mismo por parte de la Máxima Autoridad del SNAI, previa revisión de la Dirección
de Asesoría Jurídica”;
Que, mediante memorando N° SNAI-DAJ-2023-1290-M de 28 de agosto de 2023, la Dirección de Asesoría
Jurídica remitió varias observaciones al proyecto de Reglamento Interno de Talento Humano de esta institución,
solicitó el informe correspondiente, después de la reunión de trabajo mantenida con la Dirección de
Administración del Talento Humano;
Que, mediante memorando N° SNAI-CGAF-2023-0776-M de 31 de agosto de 2023, la Coordinadora
General Administrativa Financiera, Mgs. María Alexandra Román Lozano, remitió a la Dirección de Asesoría
Jurídica, el "Informe Técnico Nro.SNAI-DATH-2023-388 de 30 de agosto de 2023, mediante se realiza la
justificación técnica para la emisión del instrumento legal en mención para la administración del Talento
Humano de esta Institución" y el "Proyecto de Reglamento Interno con las correcciones señaladas";
Que, el informe técnico N° SNAI-DATH-2023-388 de 30 de agosto de 2023, en las conclusiones indica
Dentro del examen especial a la administración de talento humano y seguimiento a las recomendaciones
realizadas por la Contraloría General del Estado, se encuentra la observación sobre el “Reglamento Interno de
Administración de Talento Humano, y sus respectivas reformas, que se mantuvieron vigentes en el periodo
examinado”, por lo cual se hace necesario para esta administración dar cumplimiento en apego a las
atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Servicio Público, a las Unidades de Administración del Talento
Humano sobre la responsabilidad de elaborar el Reglamento Interno presentar el proyecto Reglamento Interno
de Administración del Talento Humano para las servidoras y servidores públicos del Servicio Nacional de
Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores regidos por la Ley
Orgánica de Servicio Público”, el cual debe ser aprobado y socializado a nivel nacional a los servidores
mediante resolución por la máxima autoridad de esta cartera de Estado.”, y en la recomendación señala:
Aprobar el proyecto de Reglamento Interno de Administración del Talento Humano para las servidoras y
servidores públicos del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a
Adolescentes Infractores regidos por la Ley Orgánica de Servicio Público, mediante resolución institucional
firmada por la máxima autoridad de esta cartera de Estado.”;
Que, mediante memorando N° SNAI-DATH-2023-5843-M de 12 de octubre de 2023, la Directora de
Administración del Talento Humano del SNAI a dicha fecha, indica: "En atención al memorando
SNAI-DAJ-2023-1520-M, de fecha 11 de octubre de 2023, en el que solicita textualmente: "En virtud del
Decreto Ejecutivo N° 887 de 07 de octubre de 2023, existió el cambio de máxima autoridad del SNAI, por lo
que, previo a nuevamente requerir la suscripción por el actual Director General, solicito gentilmente una
última revisión y validación por parte del área de administración del talento humano, como insumo final." Esta
Dirección una vez, generada la revisión final del proyecto de Reglamento Interno de Talento Humano, procede
3/52
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR