Robots asesinos: ¿realidad o ficción? Los sistemas de armas autónomasen el marco del Derecho Internacional Humanitario

AutorDiego Chávez Salgado, Camila Cruz García, y Paula Andrea Herrera Jaramillo
CargoAlumnus del Colegio de Jurisprudencia/Alumna del Colegio de Jurisprudencia/Alumna del Colegio de Jurisprudencia
Páginas12-28
12 • Septiembre 2019
RESUmEn
Los sistemas de armas autónomas han presentado un desarrollo acelerado en los
últimos años. El uso de este tipo de armas en escenarios de conicto armado no
está regulado expresamente a la luz del Derecho Internacional Humanitario (en
adelante DIH), por lo que se debe determinar si el mismo está amparado bajo
las normas convencionales, principios y normas consuetudinarias de esta rama del
Derecho. En este sentido, se analizará si dichas armas cumplen con el principio de
distinción, precaución y proporcionalidad. En segundo lugar, se analizará si estas
armas promueven la impunidad respecto al cometimiento de posibles crímenes
internacionales. En tercer lugar, se estudiarán otros métodos y medios prohibidos,
y, nalmente, se analizarán los retos que las armas autónomas presentan en el mar-
co actual del DIH y su constante evolución. Considerando los riesgos que estas
armas implican para la población civil y bienes civiles, su regulación, sea mediante
la prohibición o restricción de las mismas es inherente. En realidad, únicamente el
tiempo determinará si las armas autónomas tienen cabida dentro del DIH.
PalabRaS ClavE
armas autónomas; conicto armado; derecho internacional humanitario; responsa-
bilidad; medios y métodos; retos contemporáneos
Killer Robots: reality or fiction? Autonomous Weapons Systems
in the context of International Humanitarian Law
abStRaCt
ere has been an accelerated development of autonomous weapon systems over the years.
ese systems, its use and functionality, are not regulated by International Humanitarian
Law (hereafter “IHL”). erefore, it is a necessity to establish a legal framework based
on conventional norms, principles and customary law, in order to determine if its use is
covered by IHL. In this regard, it will be assessed if this type of weapons comply with the
principle of distinction, precaution and proportionality. Secondly, an analysis about the
possible promotion of impunity regarding the commitment of international crimes by
these weapons will be studied. irdly, other means and methods will be studied, and,
nally, the challenges presented by autonomous weapons in the present framework of
IHL and its evolution will be studied. Considering the risks that these weapons impose
on civilian population and civilian objects, its regulation, be it prohibition or restriction,
is inherent. In reality, only time will tell if autonomous weapons comply with the legal
framework of IHL.
KEywoRdS
autonomous weapons; armed conict; international humanitarian law; responsibility;
means, methods; contemporary challenges
Volumen VI • 13
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1. intRodUCCión
Con el avance de la tecnología, el desarrollo y uso de armas autónomas ha au-
mentado exponencialmente. Frente a este cambiante escenario, cabe preguntarse:
¿qué son las armas autónomas? En primera instancia, las armas son toda “herra-
mienta de guerra, destinada para matar, dañar y destruir”1. El Comité Interna-
cional de la Cruz Roja (en adelante CICR), recogió distintas deniciones en su
informe Una guía para la revisión legal de nuevas armas, métodos y medios de
guerra: medidas para implementar el artículo 36 del Protocolo Adicional I de
1997, publicado en 2006. Entre estas, cabe recalcar la denición de Australia:
“[U]n arma es un instrumento ofensivo o defensivo de combate utilizado para
destruir, lastimar, derrotar o amenazar”2. Especícamente, las armas autónomas
pueden denirse como las que “una vez activadas, pueden identicar, seleccionar
y atacar objetivos sin que sea necesaria la intervención humana”3. Ahora bien, es
necesario puntualizar que el Derecho Internacional Humanitario (en adelante
DIH) regula el uso de métodos y medios en un escenario de conicto armado,
reriéndose a las armas y las formas en las que se utilizan estas, respectivamente.
Si bien el uso de armas autónomas no está expresamente prohibido o restringido
de manera convencional, su uso durante conictos armados, sean de naturale-
za internacional o no internacional, suscita varias interrogantes respecto a si el
mismo está amparado por la costumbre, principios y normas de DIH. Para res-
ponder esta interrogante, es necesario denir el propósito principal del DIH y
los obstáculos especícos que las armas autónomas generan en un marco legal,
político y moral. El DIH puede denirse como “un intento de alcanzar un balan-
ce equitativo entre los requerimientos humanitarios y las necesidades de guerra”4.
En este orden de ideas, las principales problemáticas del uso de armas autóno-
mas pueden resumirse en si dicho uso cumple con los principios de distinción,
proporcionalidad y precaución, y, si al ser operadas de manera independiente a
cualquier control humano, promueven la impunidad al ser imposible atribuir
responsabilidad a una persona especíca por el daño que pudieren causar. Dichas
problemáticas se abordarán mediante un análisis de la denición y clasicación
de las armas autónomas, del cumplimiento del marco jurídico internacional del
DIH respecto a los tres principios descritos previamente, y nalmente, mediante
una comparación con otros métodos y medios prohibidos o restringidos de ma-
nera convencional en contextos de conicto armado. De igual manera, se anali-
zarán los retos que el uso de armas autónomas comprende para el DIH. El objeto
del presente análisis será determinar que el uso de estos medios de combate no
1 Traducción libre. Liu, Hin-Yan. “Categorization and legality of autonomous and remote weapons systems”. International Review
of e Red Cross, Vol. 94 No. 886 (2012), p. 635.
2 Ibíd.
3 Traducción libre. Sauer, Frank. “Stopping «Killer Robots»: Why now is the time to ban autonomous weapons systems”. Arms
Control Today, Vol. 46 No. 8 (2016), pp. 8.
4 Traducción libre. Saxon, Dan. “A human touch: autonomous weapons, directive 3000.09, and the «Appropriate levels of human
judgment over the use of force»”. Georgetown Journal of International Aairs, Vol. 15 No. 2 (2014), p. 100.

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