Resoluciones. SAE-DE-002-2022 Refórmese el Estatuto Orgánico

Número de Boletín69
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO DE ACREDITACIÓN ECUATORIANO
Miércoles 25 de mayo de 2022Registro Ocial 69
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RESOLUCIÓN Nro. SAE-DE-002-2022
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO DE ACREDITACIÓN ECUATORIANO
CONSIDERANDO:
Que, El artículo 66 de la Carta Magna en su numeral 25, establece que a los ecuatorianos se les
reconocerá y garantizará: “El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados
de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y
veraz sobre su contenido y características”;
Que, El artículo 20 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, publicada en el Registro
Oficial Suplemento Nro. 26 de 22 de febrero de 2007, manifiesta: Constituyese el Organismo
de Acreditación Ecuatoriano - OAE, órgano oficial en materia de acreditación y como una
entidad técnica de Derecho Público, adscrito al Ministerio de Industrias y Productividad, con
personería jurídica, patrimonio y fondos propios, con autonomía administrativa, económica,
financiera y operativa; con sede en Quito y competencia a nivel nacional; podrá establecer
oficinas dentro y fuera del territorio nacional; y, se regirá conforme a los lineamientos y
prácticas internacionales reconocidas y por lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento”;
Que, El artículo 58 del Reglamento General a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad,
publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 450 de 17 de mayo de 2011, indica: El
Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE) es el organismo oficial de acreditación de
evaluación de la conformidad en el Ecuador, que evalúa la competencia técnica, transparencia
e independencia de las entidades dedicadas a la evaluación de la conformidad a través de un
mecanismo riguroso, transparente e independiente, aceptado globalmente para garantizar
que los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditados tengan la
competencia técnica y cumplan con las normas internacionales armonizadas, para garantizar
confianza y generar credibilidad”;
Que, Mediante Oficio Nro. SENRES-DI-2009-0005032 del 30 de junio de 2009, se emitió dictamen
favorable al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Organismo de
Acreditación Ecuatoriano OAE;
Que, El artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nro. 338 publicado en el Suplemento 263 de 9 de junio
de 2014, sustituye la denominación de Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE por
Servicio de Acreditación Ecuatoriana”, y atribuye al Servicio la siguiente definición: artículo
1: “h) Servicio.- Organismo público encargado de la administración y provisión de bienes y/o
servicios destinados a la ciudadanía y a la Administración Pública Central e Institucional, que
ejerce las facultades de regulación, gestión y control, con personalidad jurídica propia, dotado
de autonomía administrativa, operativa y financiera. Contará con una instancia colegiada
como máximo nivel gobernante desde el cual se ejercerá la rectoría en el ámbito de sus
competencias.”
Que, Mediante Decreto Ejecutivo 436 de fecha 27 de agosto de 2014, se modificó el texto: “de
Acreditación Ecuatoriana” por “de Acreditación Ecuatoriano“, definiéndose la nueva
denominación de la Institución como “Servicio de Acreditación Ecuatoriano - SAE”.
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Que, Mediante Resolución Nro. SAE-DE-005-017 de 08 de septiembre de 2017, publicada en el
Registro Oficial Nro. 104 del 20 de octubre de 2017, se reformó el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos del Servicio de Acreditación Ecuatoriano;
Que, Mediante Oficio Nro. STPE-STPE-2020-0083-OF, de 05 de febrero de 2020, la Secretaría
Técnica Planifica Ecuador, emite el Informe de Pertinencia del APIT, a fin que la Entidad
continúe con el proceso de actualización de los instrumentos institucionales;
Que, Con RESOLUCIÓN No. MDT-VSP-2022-024, suscrita el 05 de abril de 2022 por el
Viceministro del Servicio Público del Ministerio del Trabajo resuelve: Art. 1.- Aprobar el
cambio de denominación de diez (10) puestos del Nivel Jerárquico Superior del Servicio de
Acreditación Ecuatoriano, conforme la lista de asignación adjunta. Art. 2.- Aprobar la
supresión de un (01) puesto del Nivel Jerárquico Superior del Servicio de Acreditació n
Ecuatoriano, conforme la lista de asignación adjunta. Art. 3.- La Dirección de Administración
del Talento Humano del Servicio de Acreditación Ecuatoriano, o quien haga sus veces,
ejecutará los actos administrativos pertinentes para operativizar la presente Resolución,
acorde a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Público, su Reglamento
General y la normativa legal vigente para el efecto;
Que, Con Oficio Nro. MDT-VSP-2022-0106-O, de 06 de abril de 2022 el viceministro del Servicio
Público del Ministerio del Trabajo: “(…) APRUEBA LA MATRIZ DE COMPETENCIAS, LA
ACTUALIZACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN, EL REDISEÑO DE LA ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL, PROYECTO DE REFORMA DEL ESTATUTO ORGÁNICO Y RESOLUCIÓN
PARA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE DIEZ (10) PUESTOS Y SUPRESIÓN DE UN (01)
PUESTO DEL NIVEL JERÁRQUICO SUPERIOR PARA EL SERVICIO DE ACREDITACIÓN
ECUATORIANO (SAE);
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador, y en uso de las atribuciones establecidas en el literal c) del artículo 23 de la Ley del
RESUELVE:
Expedir la REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL SERVICIO DE ACREDITACIÓN
ECUATORIANO, publicado mediante Resolución Nro. SAE-DE-005-017 de 08 de septiembre de
2017, publicado en el Registro Oficial No. 104 el 20 de octubre de 2017.
CAPITULO I
DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
Artículo 1.- El Servicio de Acreditación Ecuatoriano se alinea con su misión y define su estructura
institucional sustentada en su base legal y direccionamiento estratégico institucional determinados
en su matriz de competencias, planificación institucional y modelo de gestión.
Artículo 2.- Misión y Visión

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