Resolución SB-2019-379 Refórmense las normas de la Superintendencia de Bancos
| Número de Boletín | 481 |
| Sección | Resoluciones |
| Emisor | Superintendencia de Bancos |
Lunes 6 de mayo de 2019 – 37Registro Ofi cial Nº 481
No. SB-2019-379
Juan Carlos Novoa Flor
SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
ENCARGADO
Considerando:
Que el Código Orgánico Monetario y Financiero, se
encuentra en vigencia desde su publicación en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 332 de 12 de
septiembre de 2014;
Que el último inciso del artículo 62 del Código Orgánico
Monetario y Financiero, establece que la Superintendencia
de Bancos, para el cumplimiento de sus funciones,
podrá expedir las normas en las materias propias de
su competencia, sin que puedan alterar o innovar las
disposiciones legales ni las regulaciones que expida la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera;
Que el artículo 436 del señalado Código Orgánico,
dispone que las compañías, para prestar los servicios
auxiliares a las entidades del sistema fi nanciero nacional,
deberán califi carse previamente ante el organismo de
control correspondiente, quien como parte de la califi cación
podrá disponer la reforma del estatuto social y el incremento
del capital, con el propósito de asegurar su solvencia.
El capital de estas compañías deberá guardar directa
proporción con el volumen o monto de sus operaciones;
Que el artículo 439 del Código en mención señala que,
los servicios auxiliares relacionados con actividades
fi nancieras que presten estas compañías, serán controlados
por la Superintendencia de Bancos, de acuerdo con las
normas que expida para el efecto;
Que la Décimo Novena Disposición General del Código
Orgánico Monetario y Financiero, agregada por el numeral
30 del artículo 7 de Ley No. 0, publicada en Registro Ofi cial,
Segundo Suplemento 150, de 29 de diciembre del 2017,
manifi esta que las personas jurídicas cuyo objeto social
esté orientado a la colocación y/o administración de cartera
de crédito, deberán califi carse obligatoriamente como
empresas auxiliares del sistema fi nanciero, sin perjuicio de
que dichas personas jurídicas mantengan o no contratos con
las entidades fi nancieras controladas;
Que en el título II “Sistema fi nanciero nacional”, del libro
I “Sistema monetario y fi nanciero”, de la Codifi cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, consta el capítulo XVI “Norma general que regula
la defi nición, califi cación y acciones que comprenden las
operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares
de los sectores fi nancieros público y privado”;
Que en el título II “De la constitución y emisión de la
autorización para el ejercicio de las actividades fi nancieras
y permisos de funcionamiento de las entidades de los
sectores fi nancieros público y privado”, del libro I “Normas
de control para las entidades de los sectores fi nancieros
público y privado”, de la Codifi cación de las Normas
de la Superintendencia de Bancos, consta el capítulo V
“Norma de control para la califi cación y supervisión de las
compañías de servicios auxiliares que presten servicios a
las entidades de los sectores fi nancieros público y privado”;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera, mediante resolución Nro. 485-2018-F; de 13
de diciembre de 2018, expidió la “Norma sobre los Burós
de información crediticia y las obligaciones de pago que
deben constar en el servicio de referencias crediticias”;
Que en el título IX “De la gestión y administración de
riesgos”, del libro I “Normas de control para las entidades
de los sectores fi nancieros público y privado”, de la
Codifi cación de las Normas de la Superintendencia de
Bancos, consta el capítulo VIII “Norma de para la prestación
del servicio de referencias crediticias”;
Que la Ley para la Optimización y Efi ciencia de Trámites
Administrativos, se encuentra en vigencia desde su
publicación en el Suplemento del Registro Ofi cial No. 353
de 23 de octubre de 2018;
Que el artículo 2 de la Ley para la Optimización y Efi ciencia
de Trámites Administrativos, señala que sus disposiciones
son aplicables a todos los trámites administrativos que se
gestionen en los organismos y dependencias de la Función
de Transparencia y Control Social, por lo que debe ser
aplicable para la Superintendencia de Bancos;
Que el artículo 3 de la Ley para la Optimización y Efi ciencia
de Trámites Administrativos, dispone que los trámites
administrativos estarán sujetos al principio de veracidad, en
virtud del cual, salvo prueba en contrario, los documentos y
declaraciones presentadas por las y los administrados, en el
marco de un trámite administrativo y de conformidad con el
ordenamiento jurídico vigente, se presumirán verdaderos,
sin perjuicio de las responsabilidades administrativas,
civiles y penales que se generen por faltar a la verdad en lo
declarado o informado;
Que el artículo 11 de la Ley para la Optimización y
Efi ciencia de Trámites Administrativos, manifi esta que:
“Art. 11.- Entrega de datos o documentos.- En la gestión de
trámites administrativos, las entidades reguladas por esta
Ley no podrán exigir la presentación de originales o copias
de documentos que contengan información que repose
en las bases de datos de las entidades que conforman el
Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos o en bases
develadas por entidades públicas.
Cuando para la gestión del trámite respectivo se requiera
documentación que no conste en el Sistema referido en el
inciso anterior, las entidades reguladas por esta Ley no
podrán exigir a las personas interesadas la entrega de
datos o de originales o copias de documentos que hubieren
sido presentados previamente a la entidad ante la que se
gestiona un trámite administrativo, incluso si dicha entrega
tuvo lugar en un período anterior, o si se la presentó
para la gestión de un trámite distinto o ante otra unidad
administrativa de la misma entidad.
au
s que pr
perinten
xpida p
Novena Disposición Gener
o y Financier
y No. 0, public
50, de 2
na
ías
n o monto
9 del Código en m
xiliares relacionado
esten estas compañ
ndencia de Bancos, de acu
para el efec
ena Disposición General del Có
anciero, agregada por el numer
icada en Registro Ofi
men
dos co
añías, serán
ancos, de acu
ara el efecto;
o de
mpañías
umen o
39 d
uxi
re
ndencia de Bancos, de acuerd
a par
Disposición Genera
señala
activid
s;
que
g
de
apl
ad
rolado
con las
s
s
Que
de T
l ar
ble
í
pare
e para
os o
encia y
aSu
dos
rganis
C
at
s los
mo
vos, s
s trám
ra la Op
eña
timi
o
mar
el
ini
tud de
raci
mites
trativo
l cua
lo 3
es Adm
os es
e la Le
in
erinten
ey
ol So
ndenc
depe
cial, p
2014
imo inc
Financ
para el
las normas en las materia
sin que puedan altera
s ni las regul
ulación M
Mone
desde su publ
egistro Ofi cial N
4;
iso del artículo 62 del Cód
ciero, establece que la Supe
l cumplimiento d
e
normas en las materias propia
ue puedan alterar o innovar
regulaciones que expida
o.
o 62 del Códi
ero, establece que la S
cumplimien
a
nico M
a des
Reg
14;
ci
nciero, establece que la Superint
el cumplimiento de sus fun
rmas en las materias p
el S
gundo
2 de
se
Fi
de d
d
rgánico
dencia
Q
deb
u
info
ben co
em
rma
nst
m
mbre
ión
d
median
de 20
Polí
nte re
tica
res fi n
a
liares q
ancier
ón y
que pr
onsta
supe
es,
de
Cod
B
sgos”,
os s
el tít
, del
en
tulo
l serv
exp
diticia y
vicio
ución
pidió la
las
Re
n Nro.
“N
lifi
a carg
tores fi n
ulo II
ra el ejercic
uncionamiento de las en
público y privad
ntidades de
la C
ncie
arias, Fina
pítulo XVI “Norm
cación y acciones q
go de las entidades d
ancieros público y
“De la constitución y
d
ejercicio de las actividades fi nan
namiento de las entidades de
y privado”, del libro I “Norm
fi
a
que
de servic
o y privado”;
De la constituci
fi nanc
fi nanc
netari
capít
fi ca
rgo
na
II “De la constitución y emisió
jercicio de las actividades fi na
tdl
al que
mprende
s auxi
res y
regula
l
ón
y
d
en l
Si
xiliar
s
C
de
Cuan
ema
velad
a N
s p
ases
Nacion
tos qu
de da
gir la
ue co
vos
pres
t
s o d
las en
esen
docume
tid
vo
en
la
mani
ras
podr
dat
cume
so an
án
par
ntació
a la g
idad
Registr
es púb
g
las en
ro de
an infor
tidad
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.