Resoluciones. SCPM-DS-2022-23 Refórmese la Resolución No. SCPM-DS-2021-16 de 14 de mayo de 2021

Número de Boletín82
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Control del Poder de Mercado
Lunes 13 de junio de 2022Registro Ocial 82
41
RESOLUCIÓN No. SCPM-DS-2022-23
Danilo Sylva Pazmiño
SUPERINTENDENTE DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: Las Instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento
de sus fines y hacer efectivo el goce de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación;
Que el objeto del Código Orgánico Administrativo de conformidad con lo previsto en su artículo 1, es
regular el ejercicio de la función administrativa de los organismos que conforman el sector público;
Que el artículo 68 del Código Orgánico Administrativo, establece que: La competencia es
irrenunciable y se ejerce por los órganos o entidades señalados en el ordenamiento jurídico, salvo los
casos de delegación, avocación, suplencia, subrogación, descentralización y desconcentración
cuando se efectúen en los términos previstos en la ley.;
Que el número 1 del artículo 69 del Código Orgánico Administrativo, dispone: “Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión, en: 1. Otros
órganos o entidades de la misma administración pública, jerárquicamente dependientes. (…);
Que la Superintendencia de Control del Poder de Mercado fue creada mediante la Ley Orgánica de
Regulación y Control del Poder de Mercado, publicada en el Registro Oficial Suplemento N° 555 de
13 de octubre de 2011, como un organismo técnico de control, con capacidad sancionatoria, de
administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía
administrativa, presupuestaria y organizativa;
Que el 06 de noviembre de 2018, la Asamblea Nacional de conformidad con lo dispuesto en la
Constitución de la República del Ecuador y de acuerdo a la Resolución del Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social N° PLE-CPCCS-T-O-163-23-10-2018, de 23 de octubre de 2018, según
fe de erratas de 05 de noviembre de 2018, posesionó al doctor Danilo Sylva Pazmiño como
Superintendente de Control del Poder de Mercado;
atribuciones y deberes del Superintendente, además de los determinados en esta Ley: (…) 17. Delegar
el ejercicio de sus atribuciones a los funcionarios de la Superintendencia, conforme lo establezca el
respectivo Reglamento. (…)”;
Que el Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los
Bienes e Inventarios del Sector Público, regula la administración, utilización, manejo y control de los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR