Resoluciones. SENAE-SGN-2022-0069-RE Mercancía: HYDROTUNA, en presentación: BOLSA DE 20 KG / Solicitante CHEMICAL PHARM DEL ECUADOR C. LTDA.- RUC 0991291040001 / Documentos: SENAE-DSG-2022-2969-E y SENAE-DSG-2022-4405-E.

Número de Boletín119
SecciónResoluciones
EmisorServicio Nacional de Aduana del Ecuador - Senae
Miércoles 3 de agosto de 2022Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 119
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Resolución Nro. SENAE-SGN-2022-0069-RE
Guayaquil, 06 de julio de 2022
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
RESOLUCION ANTICIPADA EN MATERIA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
VISTOS:
La solicitud del señor Enrique Marcelino Pérez Briones, ingresada con documento No.
SENAE-DSG-2022-2969-E, de fecha 17 de marzo de 2022, quien en representación legal de la
empresa CHEMICAL PHARM DEL ECUADOR C. LTDA., con Registro Único de Contribuyentes
No. 0991291040001, requiere que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), emita
una Resolución Anticipada en materia de Clasificación Arancelaria de la mercancía denominada
comercialmente como " HYDROTUNA”.
La documentación presentada por el consultante dentro de su solicitud de Resolución Anticipada en
materia de Clasificación Arancelaria, consistente en: Información técnica de la mercancía en
consulta (fabricante HARINAS ANDALUCIA S.A.); imágenes de la mercancía consultada y demás
requisitos instaurados en ley.
La información complementaria ingresada al amparo del documento SENAE-DSG-2022-4405-E,
de 25 de abril de 2022, documento que subsana las Observaciones notificadas por Secretaría
General del SENAE mediante Oficio No. SENAE-SGN-2022-0549-OF, de 18 de abril de 2022.
La competencia conferida al Director/a General del SENAE, establecida en el literal h) del artículo
216 del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).
La Resolución No. SENAE-SENAE-2022-0011-RE, de 4 de febrero de 2022, de la Directora
General del SENAE, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial # 635, de 8 de
febrero de 2022, que expide el PROCEDIMIENTO QUE REGULA LA EMISIÓN DE
RESOLUCIONES ANTICIPADAS
La Resolución No. SENAE-SENAE-2022-0013-E, de 8 de febrero de 2022, de la Directora General
del SENAE, que delega al Subdirector General de Normativa Aduanera la facultad para emitir
resoluciones anticipadas.
La declaración expresa del recurrente en el formulario adjunto a la solicitud de resolución
anticipada, que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 16 de la Resolución No.
SENAE-SENAE-2022-0011-RE, deja establecido que la solicitud: a) no ha sido presentada después
de la transmisión de la declaración aduanera de la mercancía por la que está solicitando la
resolución anticipada; b) la mercancía motivo de la solicitud de resolución anticipada no ha sido
objeto de un reclamo administrativo, recurso de revisión, o acción judicial que esté pendiente de
resolución o sentencia, o que haya sido resuelto previamente respecto a su clasificación arancelaria;
c) no existe una investigación o proceso de control aduanero en curso por parte de la administración
aduanera, respecto del solicitante, relacionado con la clasificación arancelaria de la mercancía por
la que se solicita la resolución anticipada; d) desconoce de la existencia de resoluciones anticipadas
de carácter general emitidas sobre mercancías idénticas a las que constan en la solicitud; e) la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
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Resolución Nro. SENAE-SGN-2022-0069-RE
Guayaquil, 06 de julio de 2022
veracidad, exactitud, integridad y concordancia de la información y documentos proporcionados
respecto de la mercancía objeto de resolución anticipada; y, f) no se ha solicitado la resolución
anticipada después de trasmitida la declaración aduanera y efectuado el levante de la mercancía, o,
en caso de hacerse con la finalidad de conocer la clasificación arancelaria de una mercancía idéntica
a la declarada en esa ocasión, una vez obtenida la resolución anticipada, ésta no causará efecto
sobre las declaraciones aduaneras transmitidas con anterioridad a su emisión, sino que regirá para
las nuevas importaciones o exportaciones que se realicen sobre la mercancía idéntica. Además, las
mercancías motivo de consulta serán importadas mediante la modalidad de régimen 10
(importación a consumo).
El Arancel del Ecuador, adoptado el día 1 de septiembre de 2017, mediante Resolución 020-2017
del Comité de Comercio Exterior (COMEX), que se fundamenta en la Nomenclatura Común de
Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina
-NANDINA-, y ésta a su vez en el Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado) del Consejo de Cooperación
Aduanera, actualmente Organización Mundial de Aduanas (OMA), en su Sexta Recomendación de
Enmienda.
Las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado.
La Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA).
El Oficio No. SENAE-SGN-2022-0704-OF, de 18 de mayo de 2022, mediante el cual se declara la
admisibilidad de la solicitud a partir de su notificación, efectuada el día 20 de mayo de 2022.
El informe técnico No. DNR-DTA-JCC-GDN-IF-2022-0211, de fecha 24 junio de 2022, y su
documento anexo de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la información técnica del fabricante de la mercancía, la mercancía objeto de
consulta se trata de un hidrolizado de proteína de bajo peso molecular obtenido mediante hidrolisis
enzimática a partir de materia prima de origen marino (atún) en forma de polvo compuesta 100% de
Hidrolizado de proteína de atún, utilizado en los alimentos balanceados de uso acuícola., presentado
en bolsa de 20 Kg.
Que, la mercancía tiene las siguientes características:
DESCRIPCIÓN:
Hidrolizado de proteína de atún 100% en polvo para peces y camarones
USOS:
Aditivo premezcla nutricional proteica de origen marino (atún), que se añade al alimento
balanceado de uso acuícola, camarones y peces en cualquier etapa de crecimiento.
ESPECIES DE DESTINO:
Camarones y Peces.
INDICACIONES:
2/9
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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