Acuerdos. SENESCYT-2020-049 Modifíquese la integración de la Comisión Gestora de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi

Número de Boletín299
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
14 – Martes 29 de septiembre de 2020 Registro Ocial 299
ACUERDO No. SENESCYT2020049
AGUSTÍN GUILLERMO ALBÁN MALDONADO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador, determina que a las ministras y ministros de Estado, además de
las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el artículo 226 de la Norma Suprema señala: "Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
Que, el artículo 227 de la citada norma prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia
y evaluación”;
Que, el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador establece:
“El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación
académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación
científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de
los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los
problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de
desarrollo”;
Que el artículo 351 de la Norma Suprema, determina que “El sistema de
educación superior estará articulado al sistema nacional de educación y
al Plan Nacional de Desarrollo; la ley establecerá los mecanismos de
coordinación del sistema de educación superior con la Función Ejecutiva.
Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable,
cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad,
autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento,
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