Acuerdos. SENESCYT-2021-006 Autorícese la implementación de la Política de Seguridad de la Información

Número de Boletín423
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Jueves 1º de abril de 2021Registro Ocial Nº 423
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ACUERDO n.º SENESCYT-2021-006
AGUSTÍN GUILLERMO ALBÁN MALDONADO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador determina en su artículo
154, lo siguiente: “A las ministras y ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
"Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
mediante Registro Oficial Suplemento n.º 439 de 18 de febrero de 2015,
determina que: “El Ministerio encargado del sector de las
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información es el órgano
rector de las telecomunicaciones y de la sociedad de la información,
informática, tecnologías de la información y las comunicaciones y de la
seguridad de la información. A dicho órgano le corresponde el
establecimiento de políticas, directrices y planes aplicables en tales
áreas para el desarrollo de la sociedad de la información, de
conformidad con lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento
General y los planes de desarrollo que se establezcan a nivel nacional.;
Que, mediante Decreto Ejecutivo n.º 5 de 24 de mayo de 2017, se suprime la
Secretaría Nacional de la Administración Pública y se transfiere al
Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información,
entre otras, la atribución de: “b. Desarrollar y coordinar planes,
programas o proyectos sobre gobierno electrónico que sean necesarios
para su implementación.”;
Que, conforme lo establece la Disposición General Segunda del referido
Decreto Ejecutivo, dispone: “El Ministerio de Telecomunicaciones y
Sociedad de la Información gestionará y coordinará la implementación
de políticas, planes, programas y proyectos de gobierno electrónico en
las instituciones de la administración pública a través de las
coordinaciones generales de gestión estratégica y las direcciones de
tecnologías de la información[...]
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Que, el artículo 10-2 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva (ERJAFE) señala como una atribución de la Función
Ejecutiva: “g) Rectoría.- la facultad de emitir políticas públicas nacionales
o de Estado que orientan las acciones para el logro de los objetivos y
metas del desarrollo, así como para definir sistemas, áreas y proyectos
estratégicos de interés nacional, en función de su importancia económica,
social, política o ambiental. Corresponde exclusivamente al Gobierno
Central”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva señala: “Los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo
los casos expresamente señalados en leyes especiales […]”;
Que, el artículo innumerado segundo del artículo 17-2 del Estatuto ibídem
dispone: “Art. ...- De las Secretarías.- Organismos públicos con
facultades de rectoría, planificación, regulación, gestión y control sobre
temas específicos de un sector de la Administración Pública. Estarán
representadas por un secretario que tendrá rango de ministro de Estado”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo n.º 818 de fecha 03 de julio de 2019, el
señor Presidente Constitucional de la República, licenciado Lenín
Moreno Garcés, designó al Doctor Agustín Guillermo Albán Maldonado
como Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación;
Que, mediante Acuerdo Ministerial n.º 025-2019 de 20 de septiembre de
2019, el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
Información expidió el Esquema Gubernamental de Seguridad de la
Información (EGSI), el cual es de implementación obligatoria en las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva;
Que el artículo 4 del Acuerdo Ministerial n.º 025-2019 dispone que: “Las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva, actualizaran o implementarán el
Esquema Gubernamental de Seguridad de la Información EGSI en un
plazo de doce (12) meses contados a partir de la publicación del
presente Acuerdo Ministerial en el Registro Oficial.”;
Que el literal a) del artículo 6 del Acuerdo Ministerial n.º 025-2019 establece
que el Comité de Seguridad de la Información tendrá de entre sus
responsabilidades el Gestionar la aprobación de la política y normas

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