Acuerdos. SENESCYT-2021-023 Refórmese el Reglamento del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión

Número de Boletín461
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Segundo Suplemento Nº 461 - Registro Ocial
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Viernes 28 de mayo de 2021
ACUERDO No. SENESCYT-2021-023
AGUSTÍN GUILLERMO ALBÁN MALDONADO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
CONSIDERANDO:
determina: “La educación es un derecho de las personas a lo largo
de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye
un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal,
garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable
para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el
derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”;
Ecuador señala:A las ministras y ministros de Estado, además de
las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";
dispone: "Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento
de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución";
que: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la
formación académica y profesional con visión científica y humanista;
la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción,
desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de
soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos
del régimen de desarrollo.";
Que el segundo inciso del artículo 356 de la Constitución de la República
del Ecuador establece que: "(…) El ingreso a las instituciones
públicas de educación superior se regulará a través de un sistema
de nivelación y admisión, definido en la ley. La gratuidad se
vinculará a la responsabilidad académica de las estudiantes y los
estudiantes";

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