Resoluciones. SENESCYT-SAES-DDA-2021-001 Expídese el Ins-tructivo para la aplicación de la evaluación de competencias y habilidades para la educación superior

Número de Boletín552
SecciónResoluciones
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 552
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Martes 5 de octubre de 2021
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RESOLUCIÓN Nro.SENESCYT-SAES-DDA-2021-001
María Cristina Aguirre Espinoza
SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador determina: “La educación es
un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del
Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal,
garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las
personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en
el proceso educativo”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
Que, el artículo 350 de la Constitución de la República delEcuador señala que: "El sistema de
educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión
científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción,
desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los
problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo.";
Que, el segundo inciso del artículo 356 de la Constitución de la República del Ecuador establece
que: "(…) El ingreso a las instituciones públicas de educación superior se regulará a través
de un sistema de nivelación y admisión, definido en la ley. La gratuidad se vinculará a la
responsabilidad académica de las estudiantes y los estudiantes";
Que, el artículo 81 de la Ley Orgánica de Educación Superior, prevé que: " El ingreso a las
instituciones de educación superior públicas se regula a través del Sistema de Nivelación y
Admisión, para todos los y las aspirantes. El sistema se rige por los principios de méritos,
igualdad de oportunidades y libertad de elección de carrera o carreras e institución. (…) El
reglamento a esta Ley regulará su implementación y evaluación, y coordinará con el ente
rector del Sistema Nacional de Educación. (…)”.

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