Sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador

Fecha04 Septiembre 2019
Número de sentencia282-13-JP/19
Corte
Constitucional
del
ecuador
Quito, D.M., 04 de septiembre de 2019
Sentencia
No.
282-13-JP/19
Jueza
ponente: D.S...
.
M.
CASO
No.
282-13-JP
EL
PLENO
DE
LA
CORTE
CONSTITUCIONAL
DEL
ECUADOR,
EN
EJERCICIO
DE
SUS
ATRIBUCIONES
CONSTITUCIONALES
Y
LEGALES,
EMITE
LA
SIGUIENTE
Sentencia
Acción
de protección iniciada
por
el
Subsecretario
Nacional de la
Administración
Pública,
patrocinado
por
funcionarios públicos de la Secretaría Nacional Jurídica de la Presidencia de la
República,
a
nombre
de la
Función
Ejecutiva
y el
Gobierno
Nacional, en
contra
de
un
medio
de
comunicación
privado
Esta sentencia se refiere a la falta de titularidad de derechos constitucionales por parte de instituciones
del Estado y personas jurídicas públicas; la procedencia de las acciones de protección presentadas por
organismos del Estado en defensa de sus propios derechos; la procedencia de acciones de protección
presentadas por el Estado contra particulares; así como a la relación entre el derecho a la libertad de
expresión y el derecho a la rectificación y respuesta, en particular cuando se trata de información de
interés público.
Contenido
I.
Trámite
ante
la
Corte
Constitucional
2
II.
Hechos
del
caso
3
a. La publicación en el diario La Hora y la solicitud de rectificación 3
b. La acción de protección y las medidas de reparación ordenadas 6
III. Competencia 10
IV.
Análisis
Constitucional
10
a.
El
Estado
como
titular
de
derechos
11
b. Procedencia de acciones de protección presentadas por el Estado 13
c. La libertad de expresión y su especial protección cuando se trata de información de interés
público 16
d. La relación entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la rectificación o respuesta22
V.
Resolución
del
caso
materia
de
revisión
28
VI.
Decisión
32
Página 1 de 34
'&
www.corteconstitucional.gob.ee
Sentencia
No.
282-13-JP/19
Jueza ponente: D.S.M.
.
I.
.
T.
ante
la
Corte
Constitucional
1. El 16de
abril
de
2013,
la
Primera
Sala
de
Garantías
Penales
de la
Corte
Provincial
remitió
a la
Corte
Constitucional
copias
certificadas
de
la
sentencia
emitida
el
12
de
enero
de
2013
dentro
del
proceso
de
acción
de
protección
No.
17121-2012-04621.
2.
El
25
de
junio
de
2014,
la
Sala
de
Selección
de
la
Corte
Constitucional,
seleccionó
el
caso
para
emitir
jurisprudencia
vinculante
y
desarrollar
derechos,
por
encontrar
que
se
verificaron
los
parámetros
de
selección
previstos
en
el
artículo
25
numeral
4
de
la
Ley
Orgánica
de
Garantías
Jurisdiccionales y
Control
Constitucional
(en
adelante,
"LOGJCC").
3. El 5 de
febrero
de
2019
fueron
posesionados
ante
el
Pleno
de la
Asamblea
Nacional
losjueces
constitucionales:
H.
.
S.,
T.
.
N.,
A.
.
G.,
R.
.
Á.,
A.
.
L.,
D.
.
S.,
E.
.
H.,
C.
.
C.
y K.
.
A..
4. El 19 de marzode 2019, el Pleno de la Corte Constitucional sorteó la causay el conocimiento de
ésta correspondió a la jueza D.S.M..
5.
El
19
de
junio
de
2019,
la
jueza
D.
.
S.
.
M.
avocó
conocimiento
dela
causa.
6.
El
01
de
julio
de
2019,
la
jueza
sustanciadora
solicitó
a la
Unidad
Judicial
Civil
de
Pichincha
con
sede
enel
cantón
Quito
el
expediente
de
primera
instancia
correspondiente
al
proceso
de
acción
de
protección
No.
17321-2012-1410,
el
cual
fue
remitido
a la
Corte
Constitucional
mediante
Oficio
No. 923-2019-UJCDMQ-COGEP-RG de 15 de julio de 2019.
7. En
sesión
de
21
de
agosto
de
2019,
la
Tercera
Sala
de
Revisión,
conformada
por
los
jueces
constitucionales
K.
.
A.
.
Q.,
R.
.
Á.
.
S.
y
D.
.
S.
.
M.,
en
virtud
del
sorteo
realizado
porel
Pleno
dela
Corte
Constitucional
el
12
de
febrero
de
2019,
aprobó
el
proyecto
de
sentencia
presentado
por
la
jueza
sustanciadora,
con
el
fin
de
cumplir
con
la
atribución
prevista
enel
numeral
6 del
artículo
436dela
Constitución:
6.
Expedir
sentencias
que
constituyan
jurisprudencia
vinculante
respecto
de
las
acciones
de
protección,
cumplimiento,
hábeas
corpus,
hábeas
data,
acceso
ala
información
pública
y
demás
procesos
constitucionales,
así
como
los
casos
seleccionados
por
la
Corte
para
su
revisión.
1El
18
de julio de
2014
ingresó
en la
Corte
Constitucional
el
expediente
de
segunda
instancia
de la
Corte
Provincial
de
Justicia
de
Pichincha.
Página
2 de 34
Corte
Constitucional
delecuador
II.
Sentencia
No.
282-13-JP/19
Jueza
ponente:
D.
.
S.
.
M.
.
H.
del
caso
a.
La
publicación en el diario La Hora y la solicitud de rectificación
8. En la sección B, página
Bl
de la edición del diario La Hora del 10 de octubre de 2012, se publicó
elartículo titulado
"2012:
71
millones
en
propaganda"2.
Endichoartículo se
informó
acerca
delas
cifras referentes al gasto del gobierno nacional en campaña publicitaria, según la información
reportada por el centro de monitoreo de la Corporación Participación Ciudadana (CPC). El artículo
contenía la siguiente información:
Entreeneroy septiembre de este 2012, año preelectoral, el Gobiernogastó en publicidad
oficial 71'139.441 dólares. De este
monto,
9'504.753, corresponden exclusivamente a
septiembre, según el
Centro
de Monitoreo de la Corporación Participación
Ciudadana
(CPC). En el mismo periodo de 2011, el Gobierno destinó para este rubro 83 '007.346.
Elgastode
septiembre
estádesglosado
entre
cincocategorías:el
Gobierno
central
invirtió
4'278.290, en cuñas compartidas se fueron 3'463.916, los organismos seccionales
pagaron 904.735, las cuñas sin autoría representaron 543.781, y otros organismos
314.031. En agosto, la
inversión
totaldel
Gobierno
fue de 7'410.482 dólares.
Elasambleísta R.,
miembro
de la Comisión deDesarrollo
Económico,
recordó
queen elpresupuesto del
Estado
de 2012, el
Gobierno
hablóde 295
millones
de dólares
para publicidad.
"Las
cifras
de Participación
confirman
que el Estado tenía
presupuestado
partidaspara estemega gasto
",
dijo,
tras calificarlocomo una
"bofetada
"
en
la
cara
de
las
necesidades
del
Ecuador.
"Mientras
hay
ecuatorianos
que
viven
en la másabsoluta pobreza, el
Gobierno
derrocha
y despilfarradineroen épocapreelectoral". Enel presupuestode 2011,para este concepto
se definieron 54 millones,
afirmó
D..
El oficialista
G.
.
G. reconoció
que
se
trata
de
un
gasto
"elevado,
pero
necesario ante tanta arrernetidade la oposición que desinforma
".
"Poreso la importancia
de esas
cuñas
que
ayudan
a orientar e
informar
de primera
mano
las
obras
que
se han
ejecutadoy
cuando
estánpor realizarse
",
opinó.
Gastos
En
septiembre
promocionaron
espacios
publicitarios en televisión 23
instituciones
del
Gobierno.
Los mayores gastos los
mantiene
la Corporación
Nacional
de
Telecomunicaciones (CNT) con 803.134.
2
Juzgado
Vigésimo
Primero
delo
Civil
de
Pichincha,
fjs. 4 delexpediente de la acciónde
protección
No.
17321-
2012-1410..
La publicación también está disponible en línea en el siguiente
vínculo:
https://www.lahora.com.ec/noticia/l
101405426/71
-millones-en-propaganda-
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