Sentencia Nº 048 de Tribunal Contencioso Electoral, 06-08-2018, de 6 de Agosto de 2018

Fecha06 Agosto 2018
Número de sentencia048
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
TRIBUNAL CONTENCIOSO
ELECTORAL
DESPACHO
DR VICENTE
CÁRDENAS
CEDILLO
trs
No.
Q48-2018-TCE
PÁGINA
WEB:
wktce.gob.ec
A:
Público
en
General
Dentro
de
la
causa clectoral
048-2018-TCE.
se
ha
dispuesto
lo
que
a
continuación
me
permito transcribir:
“TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.
-
Quito,
Distrito
Metropolitano.
06
de
agosto
de
201&-
Las 13:00.-
VISTOS.
-
ANTECEDENTES:
1)
El
30
de
julio
de
20/8,
a
las
17h01
se
recibe
en
la
Secretaría
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
un
escrito
en
cinco
(5)
Ib/as
suscrito
por
la
licenciada
Nubia
Mágdala
María
Villacís
Carreño,
Presidenta
del
Conseja
Nacional
Electoral
yla
doctora
Nora
Guzmán
Galárraga,
Abogada
y
en
calidad
¿le
anexos
ciento
tres
(103)
fbjas.
(Fs.
104-108)
2)
Luego
del
sorteo realizado.
conforme
se
desprende
de
la
razón
sentada
por
la
doctora
Blanca
Cáceres
Cahe:as,
Prosecretaria
General
(le
este
Tribunal,
se
asignó
a
la
causa
el
numero
0-18—2018—TCE
rudicándose
la
competencia,
en
la
persona
del
doctor
Vicente
Cárdenas
Cedillo,.
fue:
Principal
del
Tribunal Contencioso
Electoral.
(Ev.
109)
3,)
El
expediente
llegó
al
despacho
del
.Jue:
de
instancia
el
3]
¿le
julio
¿le
2018.
a
las
08h39.
(&
110)
4)
Mediante
auto
de
31
de/ulio
¿le
2018,
a
las
12h00.
previo
a
resolver
lo
que
en
Derecho
corresponde
se
dispuso:
PRIMEK4.
Con
fbr,ne
a
lo
di.spuesto
con
los
numerales
4
u
9
del
artículo
84
¿tel
Reglamento
de
Trámites
Contenciosa
Electorales
del
Tribunal Contencioso Electoral,
en
el
plazo
de
dos
(2)
días,
contados
a
partir
de
la
notificación
del
l)l’esetlte
auto,
la
denunciante,
licenciada
Nubia
Mágdala
Maria
Villacís
Carreño,
Presidenta
del
Conseja
Nacional
Electoral,
aclare
y
complete
la
den
uncia,
señalando
además
la
norma
trasgredida
Fv. 11])
5)
Con,fórme
consta
en
la
razón
sentada
por
la
Ah.
Jenny
Loyo
Pacheco,
Secretaria
Relatora
del despacho.
el
31
de
julio
de
2018.
alas
12h32
y
12h35,
se
notificó
el
auto
de
la
causa
Nro.
048—20]8—TCE,
antes
indicado
a
la
licenciada
Nubia
Aiágdala
María
Villaciv
Carreño
y
doctora Nora
Guzmán,
en
la
dirección
electrónica
t?oragz?:,?ma)7ic;1e.oh.
cc
y
en
la
casilla
contenciosa
electoral
No.
003.
(Es.
118)
6)
La
licenciada
Nubia
kíágdala
Alaría
[‘illaciv
Carreño
dentro
del
tiempo
dispuesto
guardó
silencio
y
no
cumplió
lo
dispuesto
e,?
el
auto
indicado,
como
se
certi/ica
en
el
Aíet;iorando
?o.
TCE_SG_OA:Í_2018_0078_M
suscrito
por
la
doctoro Blanca
Cáceres
Cabezas.
Pro.çecretaria
Gene,-al
¿tel
Tribunal Contencioso Electoral.

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