Sentencia Nº 053 de Tribunal Contencioso Electoral, 25-02-2019, de 25 de Febrero de 2019

Fecha25 Febrero 2019
Número de sentencia053
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
PRESIDEOCIfl
____
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
CARTELERA
VIRTUAL
/
PÁGINA
WEB
INSTITUCIONAL
www.tce.gob.ec
AL
PÚBLICO
EN
GENERAL
En
la
causa
N0
053-2019-TCE,
se
ha
dispuesto
lo
que
me
permito
transcribir:
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
25
de
febrero
de
2019.-
Las
15h55,-
VISTOS.- Agréguese
al
expediente:
A)
Oficio
N0
TCE-SG-OM-2019-0272-O
de
20
de
febrero
de
2019,
firmado
por
la
Secretaria
General
Subrogante
del
Tribunal,
abogada
Laura
Flores
Airas
,
a
través
del
cual
se
otorga
al
peticionario,
Holver
Trinidad
Giler
Macías,
la
casilla
contencioso electoral
006,
y
la
constancia
de notificación
electrónica,
B)
Memorando
TCE-PRE-JV
2019-0097-M
de
23
de
febrero
de
2019,
mediante
el
cual
se
solicita
certificación
de
ingreso de
documentación respecto
a
la
causa
053-2019-TCE.
C)
Memorando
N0
TCE-SG-OM-2019-098-M
de
25
de
febrero
de
2019,
firmado
por
la
Secretaria
General
Subrogante
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
por
medio
del
cual
contesta
la
certificación
solicitada.
1.
ANTECEDENTES:
1.1-
Mediante
Providencia
de
20
de
febrero
de
2019
a
las
11h30,
este
Juez
Ponente,
dispuso
que
el
peticionario
amplíe
y
aclare
su
escrito
respecto
de
los
numerales
3,
5
y
7
del
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites Contencioso
Electorales, como
consta
en
las
razones
de
notificaciones
de
20
de
febrero
de
2019.
1.2.-
Concluido
el
plazo
otorgado
en
la
referida
Providencia,
se
solicita
la
debida
certificación
con
memorando
N0
TCE-PRE-JV-2019-0097
de
23
de
febrero
de
2019,
al
Secretario
General
del
Tribunal,
respecto
del
ingreso
de
escrito
o
documentación
referente
a
la
causa
053-2019-TCE.
1.3.-
Por
medio
de
memorando
TCE-SG-OM-2019-0098-M de
25
de
febrero
de
2019,
la
Secretaria
General
Subrogante
de
éste
Tribunal,
certifica
que
“[...]
una
vez
revisado
el
Sistema
Informático
de
Causas
y
el Libro
de
Ingreso
de
Causas
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
desde
el
20 de
febrero
de
2019,
hasta
las
23h59
del
día
22 de
febrero
de
2019,
NO
ha
ingresado
por
Recepción
de Gestión
Documental
,Jurisdiccional
de
la
Secretaría
General
de
este
Organismo,
escrito
alguno
dentro
de
la
causa
No.
053-2019-TCE”.
Al
respecto,
el
inciso
final
del
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorales
del
Tribunal,
dispone:
“[...]
De
no
darse
cumplimiento,
se
dispondrá
el
archivo
de
la
causa”.
Consecuentemente,
en
mi
calidad
de
Juez Ponente, dispongo:
PRIMERO.-
Por
no
haber
dado cumplimiento
el
peticionario
Holver
Trinidad
Giler
Macías,
a
lo
ordenado
por
esta
Autoridad
en
providencia
de
20
de
febrero
de
2019
a
las
11h30,
ARCHÍVESE
la
presente
causa.
SEGUNDO.-
Notifíquese
con
el
contenido
de
este
Auto
de
Archivo:
2.1
Al
denunciante, señor
Holver
Giler
Macías, en
el
correo electrónico
juriiorchq©vahoo.es.
2.2
Al
Presidente
de
la
Junta
Provincial
Electoral
de
Sucumbíos, abogado
Juan
1
Justicio
que gnrontizo
democrocio
JC
‘rwe
e
A
çcoI
‘.3/-49
y
0238)
5

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR