Sentencia Nº 071 de Tribunal Contencioso Electoral, 22-04-2019, de 22 de Abril de 2019

Número de sentencia071
Fecha22 Abril 2019
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
DESPACHo
I)R.
AR’I’URO
CABRERA
PEÑAL
tERRERA
a
•TRÍEUNAL
CONTENCIOSO
ELECTONAI_
DEL
ECUADOR
Causa
No.
071-2019-TCE
PÁGINA WEB-CARTELERA
VIRTUAL
DEL
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL.
Dentro
de
la
causa signada
con
el
No.
o71-2o19-TCE,
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
071-2019-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.
-
Quito, Distrito
Metropolitano,
22
de
abril
de
2019,
las
13h44.-
VISTOS:
1.
ANTECEDENTES
1.1.
El
22
de
marzo
de
2019
a
las
i4hii,
ingresó
por
Secretaria
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
un
escrito
en
(4)
cuatro
fojas
yen
calidad
de
anexos
(8)
fojas,
firmado
por
el
abogado
Pedro
Patricio
Orozco Orozco,
mediante
el
cual
presentó
una
denuncia
en
contra
del
señor
Jhoon
Correa
Mendoza,
Alcalde
Subrogante
del
cantón
Pedro
Vicente
Maldonado.
(Fs.
1
a
12)
1.2.
A
la
causa,
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal,
le
asignó
el
número
071-2019-
TCE
y
en
virtud
del
sorteo
electrónico
efectuado
el
22
de
marzo
de
2019,
se
radicó
la
competencia
de
la
misma,
en
el
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera,
Juez
de
este
Tribunal.
(Es.
13)
1.3.
Auto
de
25
de
marzo
de
2019
a
las
10h44,
mediante
el
cual,
en
lo
principal
se
admitió
a
trámite
la
presente
causa
y
se
dispuso
citar
al
presunto
infractor.
(Fs.
15
a
15
vuelta)
1.4.
Razón
sentada
por
el
señor
Carlos
Peñafiel
Flores,
funcionario
citador-notificador
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
en
la
cual
indica
que
el
lunes
25
de
marzo
de
2019
a
las
16h55,
citó
de
forma
personal
al
señor
Jhoon
Correa
Mendoza,
Alcalde
Subrogante
del
Gobierno
Autónomo
Descentralizado
Municipal
de
Pedro
Vicente
Maldonado,
en
las
oficinas
del
referido
ente
municipal.
(E.
24)
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OR.ARTURO
CABRERA
PEÑAHERRFRA
a
TEIeUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUDOR
Causa
No.
071-2019-TCE
1.5.
Oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2o19-o332-O
de
25
de
marzo
de
2019,
suscrito por
el
Secretario
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
mediante
el
cual
asignó
al
denunciante
la
casilla
contencioso
electoral
No.
036.
(F.
28)
t.6.
OFICIO
No.
024-2019-MBFL-ACP
de
25
de
marzo
de
2019,
firmado
por
la
Secretaria
Relatora
del
Despacho
y
remitido
al
Comandante
de
Policía
del
Distrito
Eugenio
Espejo.
(Es.
30
a
30
vuelta)
1.7.
Providencia
de
27
de
marzo
de
2019
a
las
11h04,
mediante
la
cual
el
Juez
de
Instancia
designó
a
la
abogada
Bradley
Stephany
Machado
Balladares,
para
que
actúe
como
Secretaria
Relatora
Ad-Hoc,
mientras
dure
la
ausencia
temporal
por vacaciones
de
la
Secretaria
Relatora
Titular
del
Despacho.
(E.
33)
1.8.
Oficio
Nro.
DP-DPP17-2o19-0038-O
de
27
de
marzo
de
2019,
firmado
por
la
doctora
Anahí
Verónica
Briceño
Ruiz,
Defensora
Pública
Provincíal
de
Pichincha,
encargada,
ingresado
en
(2)
dos
fojas,
en
la
misma
fecha
a
las
11h23,
mediante
el
cual
en
lo
principal,
señalaba que
la
doctora
Livia
Haro
Avendaño,
asistiría
a
la
Audiencia
Oral
de Prueba
y
Juzgamiento
e
indicaba
la
dirección
electrónica
de
la
referida
funcionaria
de
la
defensoría
pública.
(Es.
35
a
36)
1.9.
Informe
Pericial
de
Audio
y
Video,
firmado
por
el
tecnólogo
Juan
C.
Vinueza
A.,
ingresado
en
este
Tribunal,
el
2
de
abril
de
2019,
a
las
16h24,
en
(22)
veintidós
fojas
y
en
calidad
de
anexos
(1)
una
foja
y
(i)
un
soporte
digital.
(Es.
39
a
62
vuelta)
1.10.
Auto
de
3
de
abril
de
2019
a
las
12h04,
mediante
el
cual
en
lo
principal,
se
agregó
documentación.
(Es.
64
a
65)
1.11.
Acta
de
la
Audiencia
Oral
de
Prueba
y
Juzgamiento,
efectuada
el
4
de
abril
de
2019
a
las
10h30
y
sus
anexos,
dentro
de
los
cuales
constan
las
grabaciones
en
audio
y
video
de
la
referida
diligencia
en
(3)
tres
soportes
digitales,
copias
certificadas
de
convenios
de
cooperación
entre
el
GAD
de
Pedro
Vicente
Maldonado
y
el
Comité
de
hecho
Jesús
del Gran
Poder,
Acta
No.
1
que
contiene
la
Directiva
del
referido
Comité
Jesús
del
Gran
Poder,
y
una
certificación
suscrita
por
el
Presidente
de
dicha
organización
de
hecho.
(Es.123
a
135
vuelta)
1.12.
Escrito
del
señor
Jhoon
Correa
Mendoza, firmado
por
los
abogados
Tomás
Barrionuevo
Vaca
y
Xavier
Palacios
Abad,
ingresado
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
9
de
abril
de
2019,
a
las
10h59,
en
(i)
una
foja.
(E.137)
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