Sentencia Nº 083 de Tribunal Contencioso Electoral, 21-06-2021, de 21 de Junio de 2021

Fecha21 Junio 2021
Número de sentencia083
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
7rCC,
DESPACHO DOCTORA
PATRICIA
GIJAICHA
RIVERA
S
TRI!UNALCONT!N(IO%fl
JIJEZA
Causa
No.
083-2021-TCE
(acumuLada)
CARTELERA
VIRTUAL
PÁGINA
WEB
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
AL
PÚBLICO
EN
GENERAL
SE
HACE
CONOCER
QUE EN
LA
CAUSA
No.
083-2021-TCE
(acumulada),
SE
HA
RESUELTO
LO
QUE
A
CONTINUACIÓN
ME
PERMITO
TRANSCRIBIR:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
083-2021-TCE
(acumulada)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito, Distrito
Metropolitano,
21
de
junio
de
2021.
Las
16h31.-
VISTOS.-
Incorpórese
al
expediente
el
acta
de
entrega-recepción
de
02
de
junio
de
2021,
a
las
11h22.
1.
ANTECEDENTES
1.1.
Ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
25
de
marzo
de
2021,
a
las
10h07,
un
escrito
en
seis
(6)
fojas y
en
calidad
de
anexos
doscientas
cuarenta
y
cuatro
(244)
fojas,
suscrito
por
la
doctora
Ana
Angélica Caicedo
Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral de
Esmeraldas,
conjuntamente
con
la
abogada
Betsabe
Méndez
Ávila,
responsable
de
la
unidad
de
Asesoría
Jurídica
y
abogado
David
Mosquera
Mera,
asistente
electoral
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
mediante
el
cual
presentan
una
denuncia
en
contra
del
abogado
Miguel
Angel
Pita
Arízaga,
con
cédula
de
ciudadanía
Nro.
0803022409,
responsable
del
manejo económico
de
La
Alianza Progresista,
Lista
1—4—11-17-35,
en
la
provincia
de
Esmeraldas,
a
la
dignidad
de
CONCEJALES
URBANOS,
circunscripción
2,
del cantón Esmeraldas,
provincia
de
Esmeraldas,
del
proceso
“Elecciones
Seccionales
y
Elección de
Consejeras
y
Consejeros
del
CPCCS
2019”.
1.2.
Mediante
acta
de
sorteo
No.
079-25-03-2021-SG,
de
25
de
marzo
de
2021,
a
las
14h30
a
la
que
se
adjuntó
la
razón
de
realización
de
sorteo
de
la
causa
jurisdiccional
signada
con
el
número
083-2021-TCE,
conforme
razón
sentada
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
secretario general del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
conocimiento de
la
presente
causa
correspondió
a
la
doctora
Patricia
Guaicha
Rivera,
jueza
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
1.3.
El
expediente
fue
recibido
en este
despacho,
el
26
de
marzo
de
2021,
a
las
09h03
en
tres
(3)
cuerpos
en doscientos
cincuenta
y
tres
(253)
fojas,
conforme
consta
de
la
razón
sentada
por
la
secretaria
relatora
del
despacho.
1.4.
Mediante
auto
de
15
de
abril
de
2021,
a
las
10h31,
esta
juzgadora
dispuso:
SEGUNDO.-
En
el
término
de
dos
(2)
días,
contados
a
partir
de
la
notificación
del
presente
auto,
la
doctora
Ana Angélica
Caicedo
Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
J
L4st
ida
q
use
ga
rar
t
¡za
de
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ra
cia
3..(:’.I
tJE74yP(,,I,*t,,
IX:
593)
O
381
50(X)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
7”Cf
DESPACHO
DOCTORA
PATRICIA
GIJAICHA
RIVERA
____
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
¡
Ii
EZA
LLECTORAI.
os.
ECuADoR
Causa
No.
083-2021-TCE
(acumulada)
Electoral
de
Esmeraldas,
AMPLÍE
el
numeral
1
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
esto
es,
que
deberá
remitir
original
o
copia
certificada
de
su
acción de
personal
y
resolución
del
nombramiento
corno
directora
de la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas
De
la
revisión
de
la
denuncia,
se
verifica
que
no
consta
la
dirección
de
domicilio
del
denunciado,
dato
importante
para
proceder
con
la
citación
en
razón
de
los
principios
constitucionales
del
debido
proceso
y
derecho
a
la
defensa,
por
lo
tanto,
remita
a
este
despacho
la
dirección
domiciliara
del
denunciado
abogado
Miguel
Ángel
Pita
Arízaga,
responsable
del
manejo económico
de
la
Alianza
Progresista,
Lista
1-1-11-17-35,
en
la
provincia
de
Esmeraldas,
en
el
plazo
dispuesto
en
el
párrafo precedente,
esto
es,
ene1
término
de
dos
(2)
dias contados
a
partir
de
la
notificación
del
presente
auto,
a
fin
de
facilitar
la
citación
del
denunciado.
Se
recuerda
a
la
denunciante
que
la
presente
causa
al
no
devenir
del
actual
período
electoral,
para
su
conocimiento
y
resolución
se
tomará
en
cuenta
solo
días
laborables.
1.5.
Con
oficio
Nro.
TCE-SG-OM-2021-0333-O
de
15
de
abril
de
2021,
el
secretario
general
de
este
Tribunal,
comunicó
a
la
doctora
Ana
Angélica Caicedo
Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
la
asignación
de
la
casulla
contencioso
electoral
Nro.
015.
1.6.
El 19
de
abril
de
2021,
a
las
11h58,
ingresó
por recepción
documental
de
Secretaría
General del Tribunal Contencioso
Electoral
un
escrito
en
cuatro
(4)
fojas,
suscrito por
la
abogada
Betsabe
Méndez
Avila,
analista provincial
de
Asesoría
Jurídica
2
y
abogado
David
Mosquera
Mera,
asistente
electoral
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas;
recibido
en
el
despacho
de
la
jueza
de
instancia
el
19
de
abril
de
2021,
a
las
12h11,
mediante
el
cual
indica:
“En
atención
al
Auto
de
Sustanciación
Causa
N°.
083-2021, TCE
(sic)
de
15
de
abril
de
2021
mediante
correo
institucional
(ZIMBRA)
pone
en
conocimiento
la Dr.
Patricia
Guaicha
Juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral
disponiendo
que
en
término
de
dos
días
aclare
y
complete
su
pretensión.”
(fs.
266
a
269)
1.7.
Con
auto
de
27
de
abril
de
2021,
a
las
08h21,
esta
juzgadora
admitió
a
trámite
la
causa
Nro.
083-2021-TCE
y,
en
lo
principal, dispuso:
1)
la
acumulación
de
las
causas
números
086-
2021-TCE
y
091-2021-TCE
a
la
causa
número
083-2021-TCE
en
aplicación
del
artículo
248
del
Código
de
la
Democracia,
para
lo
cual
la
causa
se la
identffica
con
el
número
083-2021-TCE
(acumulada);
ji)
la
citación
con
el
contenido
del
auto
de
admisión,
los
escritos
de
denuncia
y
de todo
lo
actuado,
en
expediente
digital
al
señor
Miguel Ángel
Pita
Arizaga
responsable
del
manejo económico
de
la
Alianza
Progresista,
Lista
1-4-11-17-35
en
el
domicilio
señalado por
la
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas;
iii)
el
señalamiento
de
la
audiencia
oral de
prueba
y
juzgamiento
para
el
miércoles
26
de
mayo
de
2021,
a
las
09h30
en
el
auditorio
del
Tribunal Contencioso
Electoral.
1.8.
Ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
25
de
marzo
de
2021,
a
las
10h11,
un
escrito
en
seis
(6)
fojas
y
en
calidad
de
anexos
doscientos
treinta
y
siete
(237)
fojas
suscrito
por
la
doctora
Ana
Angélica
Caicedo
Rodríguez, directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
conjuntamente
con
la
abogada
Betsabe
Méndez
Avila,
responsable
JcAst
¡cía
q
e
a
ro,
it
¡za
ernoc
rocio
2
lix.
J.i)
1
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DESPACHO
DOCTORA PATRICIA
GUAICHA
RIVERA
____
TPSUNAL
CONT!NCIOiÓ
fUE
ZA
atnon
Da
Causa
No.
083-2021-TCE
(acumulada)
de
la
unidad
de
Asesoría
Jurídica
y
ahogado David
Mosquera
Mera,
asistente
de
la
Delegación
Provincial
Electoral de
Esmeraldas,
mediante
el
cual
presentan
una denuncia
en
contra
del
abogado
Miguel
Angel
Pita
Arizaga,
responsable
del
manejo
económico
de
la
Alianza Progresista,
Lista
1-4-11-17-35,
a
la
dignidad
de
CONCEJALES
URBANOS,
Circunscripción
1,
del
cantón
Esmeraldas,
provincia
de
Esmeraldas,
del
proceso
“Elecciones
Seccionales
y
Elección
de
Consejeras
y
Consejeros
del
CPCCS
2019”.
1.9.
Mediante
acta
de
sorteo
No. 079-25-03-2021-SG,
de
25
de
marzo
de
2021,
a
las
14h30,
a
la
que
se
adjunta
la
razón
de
realización
de
sorteo
de
la
causa jurisdiccional
signada
con
el
número
084-2021-TCE,
conforme
razón
sentada
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
secretario
general
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
conocimiento
de
la
presente
causa
correspondió
al
doctor
Fernando
Muñoz
Benítez,
juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
1.10.
El
expediente
fue
recibido
en
el
despacho
del
juez
de
instancia,
el
26
de
marzo
LIC
2021,
a
las 09h26 en
tres
(3)
cuerpos,
en
doscientos
cuarenta
y
seis
(246)
fojas,
conforme
consta
de
la
razón
sentada
por
la
secretaria
relatora
del
despacho.
11.-
Mediante
auto
de
27
de
abril
de
2021,
a
las
16h00,
el
juez
de
instancia
dispuso:
“PRIMERO:
Por
existir
identidad
de
sujeto
y
acción
de
la
causa
084-202/-TCE
con la
causa
083-2021-
TCE
(acunnilada),
acorde
a
lo
prescrito
cii
el
inciso
primero
del
artíc
u/o
248
de la
Ley
Orgánica
Electoral
y
de
Organizaciones
Políticas
de
la
República
del
Ecuador,
Código
de
la
Democracia
en
concordancia
con
el
inciso
primero
del
artículo
53 del
Reglamento
de
Tránutes
Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso Electoral,
se
ordena
la
acumulación
de
la
causa
084-2021-TCE
a
la
causa
083-
2021-TCE
(acunnilada,).
Para
el
efecto,
remítase
el
expediente
íntegro
al
despacho
de
la
doctora
Patricia
Gicaicha
Rivera,
jiieza
de
este
Tribnnal
Contencioso Electoral
para
su
conocimiento
y
trámite.”
1.12.
El
28
de
abril
de
2021,
a
las
08h37,
ingresó
en
este
despacho
el
oficio
TCE-FMI3-PPP-
062-2021, en
una
(1)
foja,
suscrito
por
la
doctora Paulina Parra, secretaria
relatora
del
despacho
del
doctor
Fernando Muñoz
Benítez,
juez
de
este
Tribunal,
mediante
el
cual
en
cumplimiento
al
acápite
primero
del
auto
de
27
de
abril
de
2021,
a
las
16h00
dictado
por
el
doctor
Fernando Muñoz
Benítez,
remite
el
expediente
de
la
causa
No.
084-2021-TCE,
en
tres
(3)
cuerpos, que
contienen
doscientos
cincuenta
(250)
fojas.
1.13.
Ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
25
de
marzo
de
2021,
a
las
10h50,
un
escrito
en
seis
(6)
fojas
y
en
calidad
de
anexos ciento
setenta
y
tres
(173)
fojas
suscrito
por
la
doctora
Ana
Angélica Caicedo
Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
conjuntamente
con
la
abogada
Betsabe
Méndez
Avila,
responsable
de
la
unidad
de
Asesoría
Jurídica
y
abogado
David
Mosquera
Mera,
asistente
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
mediante
el
cual
presentan
una
denuncia
en
contra
del
señor
abogado
Miguel Angel
Pita
Arizaga,
responsable
del
manejo económico
de
la
Alianza
Progresista,
Lista 1-4-11-17-35,
a
la
dignidad
de
VOCALES
DE
LAS
JUNTAS
PARROQUIALES,
de
la
panoquia
Tachina,
del cantón
Esmeraldas,
provincia
de
Esmeraldas,
del
proceso
“Elecciones Seccionales
y
Elección de
Consejeras
y
Consejeros
del
CPCCS
2019”.
J
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LA
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(393)
O’23D15(XX)

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