Sentencia Nº 103 de Tribunal Contencioso Electoral, 18-06-2021, de 18 de Junio de 2021

Número de sentencia103
Fecha18 Junio 2021
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
1)
ES
PA
C
HO
7rr
DR.
AR
EURO
CABRERA
PENAHERRERA
S
Ws
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
DEL
ECUADOR
SENTENCIA
Causa
No.
103-2021-TCE
PÁGINA
WEB-CARTELERA
VIRTUAL
DEL
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
Nro.
103-2021-TCE,
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
103-2021-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
18
de
junio
de
2021,
las
16h47.
VISTOS.-
Agréguese
abs
autos:
a)
Oficio
Nro.
065-2021-KGMA-ACP
de
18
de
mayo
de
2021 dirigido
al
Defensor
Público
de
la
Provincia
de
Pichincha,
suscrito
por
la
secretaria
relatora
del
Despacho,
recibido
en
esa
entidad
el
19
de
mayo
de
2021
a
las
09h29.
1,)
Oficio Nro.
066-2021-KGMA-ACP
de
18
de
mayo
de 2021
dirigido
al
Comandante
de
Policía
del
Distrito
Eugenio
Espejo,
suscrito
por la
secretaria
relatora
del
Despacho,
recibido
en
el
comando
el
19
de
mayo
de
2021
a
las
09h52.
e)
Razón
de
citación
en
persona
al
señor
Luis
Fabián
Guano
Quille,
efectuado
el
20
de
mayo
de
2021
a las
09h42,
efectuada
por
el
señor
David Antonio
Bolaños Naranjo,
notificador-citador
de
este Tribunal.
d)
Correo
electrónico recibido
el
25
de
mayo
de
2021
a las
11h49
en
el
correo
electrónico
institucional
de
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal
secretaria.general*itce.gob.ec
remitido
desde
la
dirección
electrónica
cllanos(1idefensoria.gob.ec
con
el
asunto
“DEFENSORES
PÚBLICOS
AUDIENCIAS
TCE”,
mismo que
contiene
un
archivo
adjunto
en
extensión
PDF
con
el
título
“AUDIENCL4
TCE
8
DE
JUMO
DE
2021.pclf’
con
50
KB
de
tamaño,
que
una
vez
descargado,
corresponde
a
(1)
un
Oficio
Nro.
DP-DP17-2021-0063-O
en
(1)
una
foja,
de
25
de
mayo
de
2021,
firmado
electrónicamente
por la
abogada
Andrea
Yarmila
Guerrero
Jaramillo,
directora
provincial
de
la
Defensoría
Pública
de
Pichincha,
encargada,
documento
que
luego
de
su
verificación en
el
sistema
oficial
de
validación
de
documentos
firmados
electrónicamente
FirmaEc
2.8.0,
reporta
el
mensaje
“Firma
Válida”.
e)
Escrito
en
(01)
una
foja
suscrito
por
el
doctor
Guido
Arcos
Acosta
yel
ingeniero
Luis
Guano
Quille,
ingresado
en
este
Tribunal
el
08
de
junio
1
JLSSt
¡cia
q
s
e
ga
ron
t
¡za
de
rn
ocracía
Jasé
tvJanuel
de
Abascal
N37-49
y
Portete
PBX:
(593)
02
361
5000
Quito
Ecuador
-
tce
-
gol,.
oc
1)
ES
J
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W
DR.
ARr
JRO
CABRERA
PENAHERRERA
S
Ws
TRIBUNAL
COtTENCIOSO
ELECTORAL
ELECiJAoOn
SENTENCIA
Causa
No.
103-2021-TCE
de
2021
a
las
08h32
y
recibido
en
este
Despacho
en
la
misma
fecha
a
las
10h09.
f)
Fichas
simplificadas
de
datos
del
ciudadano obtenidas
del
sistema
a
cargo
de
la
Dirección
Nacional
de
Registro
de
Datos
Públicos, copias
de
cédulas
de
ciudadanía,
credenciales
del
Foro
de
Abogados
y
certificados
de
votación
de
las
partes
procesales
y
copia
de
la
credencial
de
la
Defensoría
Pública
correspondiente
al
abogado
Jordán
Naranjo
Germán
Vicente
y
de
su
credencial
del
Foro
de
Abogados.
g)
Dos
soportes
digitales
que
contienen respectivamente
las
grabaciones
en
audio
y
video
de
la
audiencia
oral
de
prueba
y
juzgamiento
de
la
casusa
Nro.
103-2021-TCE.
h)
Acta
de
la
audiencia
oral
de
prueba
y
juzgamiento
suscrita
por
el
juez
de
instancia
y
la
secretaria relatora
del
Despacho.
1.-
ANTECEDENTES
PROCESALES
1.1.
El
29
de
marzo
de
2021
a
las
11h59’
ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
una
denuncia
en
contra
del
ingeniero
LUIS
FABIÁN
GUANO
QUILLE,
en
su
calidad
de
responsable
del
manejo
económico
por
el
movimiento
político
ALIANZA
PAÍS
PATRIA
ALTIVA
1
SOBERANA, LISTA
35,
de
la
dignidad
de
ALCALDE
O
ALCALDESA
DEL
CANTÓN LAS
NAVES,
PROVINCIA
DE
BOLÍVAR
para
las
Elecciones
Seccionales
2019
y
CPCCS;
y
de
la
abogada
SHIRLEY
VANESSA
ESPINOZA,
representante
legal de
la
misma
organización
política,
por
el
supuesto
cometimiento
de
una
infracción
electoral.
1.2.
A
la
causa
la
Secretaria
General
le
asignó
el
número
103-2021-TCE
y
una
vez
efectuado
el
sorteo
respectivo
el
día
29
de
marzo
de
20212,
radicó
la
competencia
en
el
doctor
Arturo
Cabrera
Peñaherrera.
La
causa
ingresó
a
este Despacho
el
30
de
marzo
de
2021
alas
12h35.
1.3.
Auto previo
dictado
el
10
de
mayo
de
2021
a las
12h17,
en
el
que
se
dispuso
en
lo
principal
que:
a)
Considerando
que
la
denuncia
se
trata
de
una presunta
infracción
correspondiente
al
proceso
de
Elecciones
Seccionales 2019
y
del
CPCCS,
ésta
se
sustanciará
de
conformidad
con
la
normativa
electoral
y
procedimiento contencioso
electoral,
vigentes
al
momento
de
producirse
los
hechos
que
originaron
la
denuncia.
b)
Que
en
atención
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
denunciante
en
(02)
dos
días
complete
y
aclare
su
denuncia.
i
a
252.
2
F.
253
a
255.
F.256.
Fs.
257
a
258.
2
Jcjst
¡cía
qcse
garantiza
democracia
José,
Nanuel
de
Abascal
N37
49
y
Portete
PBX:
(593)
02381
5000
Quito
-
1-rasado.
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