Sentencia Nº 129 de Tribunal Contencioso Electoral, 08-07-2019, de 8 de Julio de 2019

Número de sentencia129
Fecha08 Julio 2019
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
TC
DESPACHO
DR.
ÁNGEL TORRES
MALDONADO
TIcH=
JUEZ
CAUSA
No.
129-2019-TCE
Página
web
institucional:
www.tce.gob.ec
A:
Público
en
General
Dentro
de
la
causa
electoral 129-2019-TCE,
se
ha
dispuesto
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
129-2019-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
08
de
julio
de
2019.-
Las
18h00.
VISTOS.-
Agréguese
al
expediente:
Oficio
No.
CNE-SG-2019-000810-Ot
en
una
(1)
foja
y
en
calidad
de
anexos
ciento
veinte
y
dos
(122) fojas,
suscrito
por
el
doctor Victor Hugo Ajila
Mora,
secretario
general
del
Consejo
Nacional
Electoral.
Escrito
en
seis
(6)
fojas,
y
en
calidad
de
anexos
veinte
y
tres (23)
fojas,
suscrito
por
la
ingeniera
Diana
Atamaint
Wamputsar,
presidenta
del
Consejo
Nacional
Electoral,
el
magíster
Santiago
Vallejo Vásquez.
director
nacional
de
Asesoría
Jurídica
y
el
doctor
Gandy
Cárdenas
García.
Escrito
en
seis
(6)
fojas.
y
en
calidad
de
anexos
veinte
y
cuatro
(24)
fojas,
suscrito
por
el
ingeniero
José
Ricardo
Cabrera
Zurita,
consejero
del
Consejo Nacional
Electoral,
el
magíster
Santiago
Vallejo
Vásquez,
director
nacional
de
Asesoría
Jurídica, doctor
Gandy Cárdenas García
y
abogada
Maribel
Baldeón Andrade.
Escrito
en
seis
(6)
fojas,
y
en
calidad
de
anexos
veinte
y
cinco
(25)
fojas,
suscrito
por
la
ingeniera
Esthela
Liliana Acero
Lachimba,
consejera
del
Consejo
Nacional
Electoral,
el
magíster
Santiago
Vallejo
Vásquez, director
nacional
de
Asesoría
Jurídica
y
el
doctor
Gandy
Cárdenas
García.
1.-
ANTECEDENTES:
1)
El
15
de
abril
de
2019,
a
las
21:33
se
recibe
en
la
Secretaría
General
del
Tribunal
Contencioso Electoral,
un
escrito
en
trece
(13)
fojas
y
en
calidad
de
anexos ciento treinta
y
siete
(137)
fojas
suscrito por
la
señora
Yenny
Viviana Domínguez
Saltos
y
su
abogado
patrocinador doctor
Patricio
Napoleón
Morales,
el
mismo
que
contiene
una
Queja
contra
la
ingeniera
Diana
Atamaint
Wamputsar,
presidenta
del
Consejo
Nacional
Electoral,
ingeniera
Esthela
Liliana
Acero
Lachimba, consejera
del
Consejo Nacional
Electoral,
y
el
ingeniero José
Cabrera
Zurita,
consejero
del
Consejo
Nacional
Electoral.
(Fs.
1
150).
1
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
-
..
DESPACHO
DR.
ÁNGEL
TORRES
MALDONADO
JUEZ
CAUSA
No.
129-2019-TCE
2)
Luego
del
sorteo
realizado,
el
16
de
abril
de
2019,
conforme
se
desprende
de
la
razón
sentada
por
el
abogado
Alex
Guerra
Troya,
secretario
general
del
Tribunal Contencioso
Electoral,
se
asignó
a
la causa
el
número 129-2019-TCE
radicándose
la
competencia,
en
la
persona
del
doctor
Ángel
Torres
Maldonado
Msc.
e.,
juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
(F.
151).
3)
Mediante
auto de
20
de
junio
de
2019,
a
las
10h30
se
ADMITE
A
TRÁMITE
y
se
dispuso:
PRIMERA:
A
través
de
Secretaría
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
Cítese:
la
ingeniera
Diana
Antamaint
Wampulsar,
presidenta
del
Consejo
Nacional Electoral,
señora
Esthela
Liliana Acero
Lachimba,
consejera
del
Consejo
Nacional
Electoral,
y
señor
José
Cabrera Zurita,
consejero
del
Consejo
Nacional Electoral,
con
copias
certificadas
del
escrito
de
la
Acción
de
Queja
y
anexos
adjuntos,
presentados
por
el
accionante
y
con
el
contenido
del
presente
Auto,
en
las
instalaciones
del
Consejo
Nacional
Electoral,
ubicadas
en
las
calles
6
de
Diciembre
y
Eloy
Alfaro.
SEGUNDA:
Se
concede
a
los
accionados: Ingeniera
Diana Atamaint
Wamputsar,
presidenta
del
Consejo Nacional
Electoral,
señora
Esthela
Liliana
Acero
Lachimba,
consejera
del
Consejo
Nacional
Electoral,
y
señor
José
Cabrera
Zurita,
consejero
del
Consejo
Nacional
Electoral,
el
plazo
de
cinco
(5)
días
contados
desde
el
siguiente
día
que
se
efectúe
la citación.
conforme
lo
previsto
en
el
artículo
70
del
Reglamento
de
Trámites Contencioso Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
para
que
proceda
a
dar
contestación
y
presente
las
pruebas
de
descargo
que
estime
pertinentes;
además,
señale
domicilio
electrónico
para
notificaciones
en
la
presente
causa.
TERCERA:
Atendiendo
el
requerimiento
de
la
accionante
en
el
escrito
interpuesto
se
dispone:
A
través
de
la
Secretaría
Relatora
de
este
Despacho
se
envíe atento
oficio
al
Consejo Nacional
Electoral
para
que
en
el
plazo
de
un
(1)
día,
remita
original
o
copias
certificadas
de
las
actas
de
las
sesiones
de
Pleno
efectuadas
los
días
03
y
09
de
abril
de
2019.
(Fs.
152
vta.).
4)
El
21
de
junio
de
2019,
a
las
18h10
se
recibe
en
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal
el
Oficio
No.
CNE-SG-20l9-0008lO-Of
en
una
(1)
foja
y
en calidad
de
anexos
ciento
veinte
y
dos
(122)
fojas,
suscrito
por
el
doctor
Víctor
Hugo
Ajila
Mora,
secretario
general
del
Consejo Nacional
Electoral,
con
el
que
da
cumplimiento
al
auto
de
20
de
junio
de
2019.
(Fs.
178—301).
2

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