Sentencia Nº 129 de Tribunal Contencioso Electoral, 15-04-2021, de 15 de Abril de 2021

Fecha15 Abril 2021
Número de sentencia129
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
Tal
RI14
N
AL
CO
KT
!NC
1010
ILECTOÇAL
OIL
(CUA000
DESPI4
CHO
DR.
FERNANDO
MUNOZ
BENI
TEZ
CAUSA
No.
129-2021-TU
Cartelera
virtual-página
web
institucional
www.tce.gob.ec.
A:
PÚBLICO
EN
GENERAL
Se
le
hace
conocer
que,
dentro
de
la
causa
No.
l29-2021-TCE
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
‘AUTO
DE
ACUMULACIÓN
TRiBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
15
de
abril
de
2021
a
las
15h30.-
VISTOS.-
ANTECEDENTES.
-
1. El
14
de
abril
de
2021,
a
través
de
la
Secretaría
General
de
este Tribunal,
ingresó
un
escrito
que
contiene
la
denuncia
de
la
doctora
Ana
Angélica
Caicedo Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
en
contra
del
ingeniero
Raúl Isidro
Valencia
Ortiz,
responsable
del
manejo
económico
del
Movimiento
Democracia
SI,
Lista
20,
para
la
dignidad
de
vocales
de
juntas
parroquiales
de
la
parroquia
5
de
Junio/Huimbi
del
cantón
San
Lorenzo
de
la
provincia
de
Esmeraldas.’
2.
La
Secretaria
General
le
asignó
a
la
causa
el
número
129-2021-TCE;
y,
luego
del
sorteo respectivo,
correspondió
a
este
juzgador,
doctor
Femando
Muñoz
Benítez,
el
conocimiento
y
resolución
en
primera
instancia
de
la
causa
antes
señalada.
El
expediente
se
recibió
en
este
despacho
el
15
de
abril
de
2021.
3.
El
17
de
marzo
de
2021, ingresó
un
escrito
que
contiene
la
denuncia
de la
doctora
Ana
Angélica
Caicedo
Rodríguez,
directora
de
la
Delegación
Provincial
Electoral
de
Esmeraldas,
en
contra
del
ingeniero Raúl
Isidro
Valencia
Ortiz,
responsable
del
manejo
económico
del
Movimiento
Democracia
SI,
Lista
20.
La
Secretaría
General
le
asignó
el
número
075-
2021
-TCE
y
su
conocimiento
y
resolución
en
primera
instancia
le
correspondió
al
doctor
Ángel
Torres
Maldonado,
quien
recibió
la
causa
en
su
despacho
el
18
de
marzo
de
2021.
4.
Mediante
auto
de
09
de
abril
de
2021,
el
doctor
Ángel
Torres Maldonado,
admitió
a
trámite
la
causa
075-2021-TCE;
y,
dispuso
la
acumulación
de
las
causas
099-2021-TOE
y
104-2021-TOE
por
lo
que en
adelante,
a
esa
causa
se
la
identificará
con
el
número
075-2021-TOE; 099-2021-TOE;
104-2021-
TOE ACUMULADAS.
Con
estos
antecedentes, fundamentado
en
lo
establecido
en
el
articulo
76
número
7,
letra
i)
de
la
Constitución
de
la
República
del
Ecuador,
en
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
inciso
primero
del
artículo
248
del
Código
de
la
Democracia,
y
53
Expediente
causa
129-202’
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fa.
163
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-

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