Sentencia Nº 139 de Tribunal Contencioso Electoral, 29-08-2022, de 29 de Agosto de 2022
Número de sentencia | 139 |
Fecha | 29 Agosto 2022 |
Emisor | Tribunal Contencioso Electoral (Ecuador) |
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
TRFSUNAL
CONTOCIOO
//
-
aECTORAL
Dfl
ECUAOa
Causa
Nro,
].39-2022-TCE
Cartelera
Virtual-Página
‘iVeb
Institucional:
vww.tce.gob.ec
Dentro
de
la
causa
signada
con
el
Nro.
139-2022-TCE,
se
ha
dictado
lo
que
a
continuación
me
permito
transcribir:
“VOTO CONCURRENTE
I.P..
.G.
.R.,
JUEZA
DEL
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
CAUSA
Nro.
139-2022-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
29
de
agosto
de
2022.
Las 16h26.
VISTOS.-
Agréguese
al
expediente
la
convocatoria
a
Sesión
Jurisdiccional
Extraordinaria
No.
062-2022-PLF-TCE.
ANTECEDENTES:
1.-
El 03
de
julio
de
2022,
a
las
16h26,
ingresa
a
Secretaría
General
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
un
escrito
en
dos
(2)
fojas
y
en
calidad
de
anexos diez
y
nueve
(19)
fojas,
firmado
por
la
doctora
A.
.P.
.V.,
quien
presentó
un
recurso
subjetivo
contencioso
electoral
en
contra
de
la
resolución
Nro.
PLE-CNE-2-30-5-2022
emitida
por
el
Consejo
Nacional
Electoral;
este
recurso
fue
signado
con
el
Nro.
139-
2022-TCE
radicándose
la
competencia
y
resolución
en
el
doctor
F.M..
.B.,
juez
de
instancia.
1
2.-
El
30
de
junio
de
2022,
a
las
13h10,
el
magíster
G.O..
.C.,
juez
subrogante
del
despacho
del
doctor
F.
.M.
.B.,
juez
principal,
2
emito
auto
de
inadmisión
de
la
causa
Nro.
139-2022-TCE,
de
conformidad
con
el
numeral
1
del
artículo
245.2
de
la
Ley
Orgánica
Electoral
y
de
Organizaciones
Políticas de
la
República
del
Ecuador,
Código
de
la
Democracia
3
3.-
El
01
de
julio
de
2022,
a
las
17h01,
ingresa
a
recepción
documental
de
Secretaría
General
de este
Tribunal, un
(‘1)
escrito
Firmado
por
la
doctora
A.
.P.
.V.,
mediante
el
cual
solicita
aclaración
y
ampliación
al
auto
de
inadmisión
de
30
de
junio
de
2022,
a
las
13h10.
¡
Ver
foja
1-21
del
expediente
2
Ver
fojas
33-34.
Acción
de
personal
No.
108-TH-TcE-2022
de
28
de junio
de
2022
otorgada
al
magíster G..
.O.
.C., para
la
subrogación
de
funciones
del
juez
principal
F.
.M.
.B..
Ver
foja
35-37
del
expediente
4
ver
foja
40
del
expediente
1
JI
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1
¡CICS
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1
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o’?
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
T!SUJAL
CONTEPICIOSO
a[CTORALDELSCVADOR
Causa Nro.
139-2022-TCE
4.-
Con
auto
de
04
de
julio
de
2022,
a
las
16h50,
el
juez
de
instancia
atiende
el
pedido
de
aclaración
y
ampliación
al
auto
de
inadmisión.5
5.-
El
07
de
julio
de
2022,
a
las 13h41,
ingresa
por
Secretaría
General
de
este
Tribunal
un
escrito
en
dos
(2)
fojas
firniado
por
la
doctora
A.
.P.
.V.,
mediante
el
cual
apela
el
auto
de
inadmisión
de
30
de
junio
de
2022,
a
las 13h10,
emitido por
el
juez
de
instancia
dentro
de
la
causa
Nro.
139-2022-TCEJ
6.-
Mediante
auto
de
08
de
julio
de
2022,
a
las
11h45,
el
magíster G.
.O.
.C.,
juez
de
instancia
subrogante,
concede
el
recurso
de
apelación
en
contra
del
auto
de
inadmisión
de
30
de
junio
de
2022,
a
las
13h10,
dentro
de
la
causa
Nro.
139-
2022-TCE
7.-
El
08
de
jurio
de
2022,
a
las
16h29,
se
procedió
con
el
sorteo
electrónico
del
recurso
de
apelación
dentro
de
la
causa
Nro.
139-2022-TCE,
radicándose
la
sustanciación
del
recurso
en
el
doctor
Á.
.T.
.M.,
juez
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
conforme razón
sentada
por
el
magíster
D.
.C.
.F.,
secretario
general
de
este
Trihunal.S
8.-
Oficio Nro.
TCE-SG-OM-2022-0365-O
de
19
de
julio
de
2022,
suscrito
por
el
magíster
D.
.C.
.E.,
secretario general
de
este
Tribunal
y
dirigido
al
doctor
A.
.T.
.M.,
mediante
el
cual
certifica
a
la
fecha
de
este
oficio
los
nombres
de
los
jueces
que
conformarían
el
Pleno
Jurisdiccional
que
resolverían
el
recurso
de
apelación
dentro
de
la
causa
Nro.
1
39-2022-TCE.
9.-
Mediante
auto
de
21
de
julio
de
2022,
a
las
09h30,
el
juez
sustanciador,
admitió
a
trámite
el
recurso
de
apelación
al
auto
de
inadmisión
de
30
de
junio
de
2022,
a
las
13h10,
dentro
de
la
causa
Nro.
139-2022-TCE.’°
10.-
Convocatoria
a
Sesión
Jurisdiccional
Extraordinaria
No.
062-2022-PLE-TCE
II.
ANÁIJSIS
SOBRE
LA
FORMA
2.1
Competencia
El
artículo
221,
numeral
1
de
la
Constitución
de
la
República, establece
que
el
Tribunal
Contencioso
Electoral
tendrá,
además
de
las
funciones que
determine
la
ley,
conocer
y
resolver
los
recursos
electorales
contra
los
actos
del
Consejo
Nacional
Electoral
y
de
los
organismos
desconcentrados
y
los
asuntos
litigiosos
de
las
organizaciones
políticas.
Ver
foias 43-45 deI
expediente
6
Ver
tojas
48-49
del
expediente
Ver foja
52
dci
expediente
‘Ver
fojas
56-55
del
expediente
Ver
foja 59
dci
expediente
Ver
fojas
60-61
del
expediente
2
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¡cjisc
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