Sentencia Nº 26-18-IN/20 de la Corte Constitucional, 2020

Sentido del falloAceptar parcialmente
Normativa aplicadaArt. 11. 8. Principio de progresividad de los derechos,Art. 11. 2. Principio de igualdad y no discriminación en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género…,Art. 33. Derecho al trabajo,Art. 66. 29. d. Que ninguna persona pueda ser obligada a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley.,Art. 147. 13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha.,Art. 82. Derecho a la seguridad jurídica,Art. 229. Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen dentro del sector público.,Art. 326. 2. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario.,Art. 66. 4. Derecho a la igualdad formal y material,Art. 76. 7. a. Derecho a la defensa en todas las etapas procesales
Fecha28 Octubre 2020
Número de expediente26-18-IN/20
Número de sentencia26-18-IN/20
Tipo de procesoAcción Pública de Inconstitucionalidad (Corte Constitucional de Ecuador)
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