Sentencia Nº 876 de Tribunal Contencioso Electoral, 28-12-2021, de 28 de Diciembre de 2021

Número de sentencia876
Fecha28 Diciembre 2021
EmisorTribunal Contencioso Electoral (Ecuador)
DESPACHO
7r
/!Ç?.
DRA.
P.
.
C.
.
R.
.
C.
No.
876-2021-TCE
CARTELERA
VIRTUAL
PÁGINA
WEB
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL
AL
PÚBLICO
EN
GENERAL
SE
HACE
CONOCER
QUE
EN
LA
CAUSA
No.
876-2021-TCE,
SE
HA
DICTADO
LA
SIGUIENTE
SENTENCIA,
LA
MISMA
QUE
A
CONTINUACIÓN
ME
PERMITO
TRANSCRIBIR:
“SENTENCIA
CAUSA
No.
876-2021-TCE
TRIBUNAL
CONTENCIOSO
ELECTORAL.-
Quito,
Distrito
Metropolitano,
28
de
diciembre
de
2021.
Las
13h11.-
VISTOS.-
Agréguese
al
expediente:
a)
Oficio
No.
TCE-JAV-2077-2021
y
Oficio
No.
TCE-JVA
208-2021
de
23
de
noviembre
de
2021,
dirigido
a
la
Defensoría
Pública
de
la provincia de
Pichincha
y
al
C.
de
la
Policía
Nacional
con
sede
en
ciudad
de
Quito,
respectivamente;
b)
Razones
de
citación
de
24,
25
y26
de
noviembre
de
2021,
a
las
15h16,
12h01
y
09h53,
suscritas por
el
servidor
electoral
notificador-citador
del
Tribunal
Contencioso
Electoral;
c)
Oficio
Nro.
DP-DP1?-2021-0207-O
de
25
de
noviembre
de
2021,
suscrito electrónicamente por
la
abogada
A.
.
G.
.
J.,
directora
provincial
de
la
Defensoría
Pública
de Pichiricha
(E);
d)
Acta de
la
audiencia
oral
de
prueba
y
juzgamiento
llevada
a
cabo en
el
auditorio
del
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
09
de
diciembre
de
2021,
a
las
14h30;
e)
CD
y
DVD
correspondientes
al
audio
y
video
de
la
mencionada
diligencia;
f)
Escrito
firmado electrónicamente por
la
magister
D.
.
A.W., presidenta
y
representante
legal
del Consejo
Nacional
Electoral,
conjuntamente
con
el
abogado
E.
.
V.
.
B.,
recibido
en
la
dirección electrónica
de
Secretaría
General
el
13
de diciembre
de
2021,
a
las
19h22;
y,
g)
Correo
electrónico
recibido
en
la
dirección
electrónica
institucional
de
la
señora
secretaria
relatora
el
28
de
diciembre
de
2021,
a
las
10h47,
enviado por
la
abogada
M.
.
B.
.
P.
.
L.,
defensora
pública.
1.
ANTECEDENTES
1.
Ingresó
en
el
Tribunal
Contencioso
Electoral,
el
21
de
septiembre
de
2021,
a
las
10h59,
a
través
de
la
dirección
de
correo electrónico institucional:
secretaria.general@tce.gob.ec,
desde
la
dirección
de
correo
electrónico:
silvanarobalino@cne.goh.ec,
un
correo
electrónico
con
el
asunto
“Den
uncía
firmada
PUEBLO
MONTUBIO
DEL
ECUADOR”, que
contiene
tres
(03)
archivos
adjuntos
en
formato
PDF
con
el
siguiente
detalle:
1.-
documento
con
el
título
“docuinen
tos
habilitantes
digitalizados_compressed.pdf’,
con
1
MB
de
tamaño,
que
descargado
contiene
un
archivo
con
seis
(06)
fojas;
2.-
documento
con
el
titulo
“CERTIFWACION3-signed.pdff
con
357
KB
de
tamaño, que
descargado
contiene
un
archivo
con
una
(01)
foja;
3.-
documento
con
el
título
“DENUNCIA
PUEBLO
MONTUBIO
signed-signed.pdf’,
con
352
KB
de
tamaño, que
descargado
contiene
un
archivo
con
once
(11)
fojas;
suscrito
electrónicamente por
la
ingeniera S.D...
.
A.W.,
1
Justicia
que garantiza
democracia
9
J.M..
.
c.
.
A.
.
N.
y
Portete
(593)
2
381
5000
v.w.’Ltce.gob.ec
Quita
-
Ecuador
DESPACHO
DRA.
P.
.
C.R..
.
C.
No.
876-2021
-TCE
presidenta
y
representante
legal
del
Consejo
Nacional
Electoral
y
el
abogado
E.
.
V.
.
B.,
director
nacional
de
Asesoría
Jurídica
del
Consejo
Nacional
Electoral,
mediante
el
cual
presentaron
una denuncia
en
contra
del
ingeniero
G.
.
W.
.
M.
.
V.,
responsable
del
manejo
económico
de
la
Organización
Social
“PUEBLO
MONTUBIO
DEL
ECLL4DOR,
OPCIÓN
SI”
del
proceso
electoral
“Referéndum
y
Consulta
Popular
2018”.
(fs.
1—20)
2.
Mediante
acta
de
sorteo
No.
168-21-09-2021-SG,
de
21
de
septiembre
de
2021,
a
las
15h40,
a
la
que
se
adjuntó
el
informe
de
realización
de
sorteo
de
la
causa jurisdiccional
signada
con
el
número
876-2021-TCE,
conforme
razón sentada
por
el
abogado
A.
.
G.
.
T.,
secretario general del
Tribunal Contencioso
Electoral,
el
conocimiento
de
la
causa
correspondió
a
la
doctora
P.
.
G.
.
R.,
jueza
del
Tribunal Contencioso
Electoral
(fs.
21—23).
3.
El
expediente
fue
recibido
en
el
despacho
de
la
jueza
de
instancia,
el
22
de
septiembre
de
2021,
a
las
08h34,
en
un
(1)
cuerpo
en
veintitrés
(23)
fojas,
conforme
consta
en
la
razón
sentada
por
la
secretaria relatora
del
despacho
(Es.
24).
4.
Mediante auto de
25
de
octubre
de
2021,
a
las
12h41,
esta
juzgadora,
en
lo
principal
(lis
pus
o
...SEGUNIJO.-
En
el
término
de
dos
(2)
días,
contados
a
partir
de
la
notificación
del
presente
auto
la
ingeniera
S.
.
D.
.
A.
.
W.,
presidenta
y
representante
legal
del
Consejo
Nacional
Electoral,
debe:
1.-
Ampliar
y
aclarar
los
numerales:
“4.
Nombres
y
apellidos
de los
presuntos
infractores,
así
cotizo
de
las
personas
que
presenciaron
la
infracción,
o
que
pudieran tener
coiiociiniento
de
ella”;
y, “6.
Las
pruebas
en
las
que
se
susten
ta la
reclanzacion
o
denzoicia
y/o
el
anuncio
ile
las
que
se
mesen
farán
en la
respectiva
audiencia”
del
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites
Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
1-Señalar
con
exactiftd
el
domicilio
donde
será
citado
el
presunto
infractor.
Se
recuerda
a
la
denunciante
que
toda
la
documentación
que
se
presente dentro
de
la
presente
causa
deberá
ser
original,
copia
certificada
o
compulsa
según
corresponda,
ya
que
como
se
ha
pronunciado
este
Tribunal
las
copias
simples
carecen
de
eficacia
jurídica.
TERCERO.-
Lo
ordenado
en
la
disposición
que antecede,
deberá
ser
presentada
en
la
Secretaría
General
de
este
Tribunal,
ubicada
en
el
inmueble
del
Tribunal
Contencioso
Electoral, en
las
calles
J.
.
M.
.
A.
.
N.
entre
P.
y
M.
.
A.
.
C.
(diagonal
al
colegio
Experimental
“24
de
Mayo”)
de
la
ciudad
de
Quito,
Distrito Metropolitano.
CUARTO.-
En
caso de
no
dar
cumplimiento
lo
dispuesto
en
el
presente
auto
se
dispondrá
el
archivo
de
la
causa
conforme
así
lo
dispone
el
último
inciso del
artículo
84
del
Reglamento
de
Trámites Contencioso
Electorales
del
Tribunal
Contencioso
Electoral.
2
Justicia
que
garantiza
democracia
9
J.
.
M.’.’
ci
de
A.,5ç.c
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49
y
Pc.,
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5000
v.w,’ntc:o.gob.oc;
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E-e
uc,cio,

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