Resoluciones. SEPS-IGT-IGS-INFMR-INGINT-2022-008 Expídese la Norma reformatoria a la Resolución Nro. SEPS-IGT-IGSINFMR-INGINT-2021-0017 de 24 de noviembre de 2021

Número de Boletín202
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA - SEPS
Viernes 2 de diciembre de 2022 Registro Ocial Nº 202
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RESOLUCIÓN Nro. SEPS-IGT-IGS-INFMR-INGINT-2022-008
ALEXANDRA SALAZAR MEJÍA
SUPERINTENDENTE DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
SUBROGANTE
CONSIDERANDO:
Que, el último inciso del artículo 62 del Libro 1 del Código Orgánico Monetario y
Financiero determina que la Superintendencia podrá expedir las normas en las
materias propias de su competencia;
Que, el segundo inciso del artículo 146 de la Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria establece: “La Superintendencia tendrá la facultad de expedir normas
de carácter general en las materias propias de su competencia, sin que puedan
alterar o innovar las disposiciones legales”;
Que, los literales b) y g) del artículo 151 de la Ley ibídem determinan, c omo
atribuciones del Superintendente de Economía Popular y Solidaria entre otras,
dictar las normas de control; y, delegar algunas de sus facultades, siempre en
forma concreta y precisa, a los funcionarios que juzgue del caso;
Que, mediante Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-INFMR-INGINT-2021-0017, del 24
de noviembre de 2021, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
emitió la: “NORMA DE CONTROL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LOS SOCIOS, CLIENTES Y USUARIOS FINANCIEROS
DESDE LA INCLUSIÓN FINANCIERA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO”, en
la cual se establecieron las disposiciones generales para la protección de los
derechos de los socios, clientes y usuarios que coadyuven a la inclusión financiera;
Que, mediante Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-INFMR-INGINT-2021-018 del 26 de
noviembre de 2021, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria realizó
la sustitución del texto “Anexo No. 2” por “Anexo No. 1” en el literal a) del
artículo 4 de la Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-INFMR-INGINT-2021-0017;
Que, es necesario reformar la antes referida Norma de control a fin de que su aplicación
abarque a clientes de las entidades controladas así como permita racionalizar y
sistematizar la información que estas deben publicar;
Que, conforme consta del acta de posesión respectiva, el 4 de septiembre de 2018 la
doctora Sofía Margarita Hernández Naranjo tomó posesión como Superintendente
de Economía Popular y Solidaria ante el pleno de la Asamblea Nacional, de
acuerdo a la Resolución del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
Transitorio Nro. PLE-CPCCS-T-O-081-13-08-2018 de 13 de agosto de 2018;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 1756 de 30 de octubre de 2019, el Intendente
General de Gestión delegado por el Superintendente de Economía Popular y
Solidaria, resuelve otorgar el nombramiento de Intendente General Jurídica a la
señora Jimy Alexandra Salazar Mejía;

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