Resoluciones. SNGRE-049-2020 Deléguense funciones y atribuciones al ingeniero Diego Roberto Vallejo Arias, Subsecretario de Preparación y Respuesta ante Eventos Adversos

Número de Boletín328
SecciónResoluciones
EmisorResolución
Jueves 12 de noviembre de 2020 – 11Registro Ocial Nº 328
RESOLUCN Nro. SNGRE-049-2020
MGS. ROMMEL ULISES SALAZAR CEDEÑO
DIRECTOR GENERAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitucn de la República del Ecuador, establece que a
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, el arculo 226 de la Constitucn de la República del Ecuador, di spone que
las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en
la Constitucn y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución;
Que, el arculo 227 de la Constitucn de la República del Ecuador, establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinacn, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
Que, el artículo 389 de la Constitucn de la República, establece que es obligación
del Estado proteger a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a
los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante
la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y
mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el
objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad; y que el Estado ejercerá
la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos a través
del organismo técnico establecido en la ley;
Que, el artículo 390 de la Constitucn de la República, determina que los riesgos
se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que
implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito
geográfico; y que, cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean
insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad
técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad
en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad;
Que, el numeral 5 del artículo 397 de la Constitucn de la República, contempla
que para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a establecer un
sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales,
basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaucn,
responsabilidad y solidaridad;
Que, el literal d) del Art. 11 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado, establece
que la prevencn y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos
de origen natural y antrópico o para reducir la vulnerabilidad, corresponden a
las entidades públicas y privadas, nacionales, regionales y locales, cuya
rectoría la ejercerá el Estado a través de la Secretaría Nacional
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de Gestión de Riesgos;
Que, el arculo 3 del Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, establece
que, la Secretaría de Gestión de Riesgos es el órgano rector y ejecutor del
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos; y que, en el ámbito
de su competencia le corresponde entre otros, identificar los riesgos de orden
natural o antrópico, para reducir la vulnerabilidad que afecten o puedan afectar
al territorio ecuatoriano; generar y democratizar el acceso y la difusión de
información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo; así
como también, coordinar los esfuerzos y funciones entre las instituciones
públicas y privadas en las fases de prevencn, mitigación, la preparación y
respuesta a desastres, hasta la recuperación y desarrollo posterior;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 62, de 05 de agosto de 2013, la Función
Ejecutiva se organizó en Secretarías, entre ellas se señala a la Secretaría de
Gestn de Riesgos;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 534, de 03 de octubre de 2018, el sor Lcdo.
Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del
Ecuador, dispuso la transformación de la Secretaría de Gestión de Riesgos
en el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1048, de 11 de mayo de 2020, el señor Lcdo.
Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del
Ecuador, desig al Mgs. Rommel Salazar Cedeño, como Director General del
Servicio Nacional de Gestn de Riesgos y Emergencias;
Que, el artículo 17 del Estatuto del gimen Jurídico Administrativo de la
Funcn Ejecutiva, ERJAFE, manifiesta lo siguiente: "Los Ministros de
Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus
atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o
cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que
concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de
acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado";
Que, el arculo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Funcn Ejecutiva, ERJAFE, establece que las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administracn Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de menor
jerarquía, dicha delegación será publicada en el Registro Oficial;
Que, mediante Oficio Nro. MREMH-DCIBMSS-2020-0831-O, de 22 de julio de 200,
el Dr. Patricio Garcés Ramírez, Director de Cooperación Internacional BI-
MULTILATERAL y SUR-SUR, informa a la Ing. Fanny Moreira Carrasco,
Directora de Estrategias Internacionales para la Reduccn de Riesgos,
encargada; que, la que la Embajada de Qatar en Ecuador ha informado sobre
el interés en donar la suma de USD 150.000 al Ecuador, para atender las
necesidades inherentes al estado de emergencia;
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Que, mediante comentario inserto en la Hoja de Ruta del memorando Nro. SNGRE-
DEIRR-2020-0236-E, la Ing. Fanny Moreira Carrasco, Directora de
Estrategias Internacionales para la Reducción de Riesgos, encargada; se
dirige al Msc. Rommel Salazar Cedeño, Director General del Servicio
Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias y cita: Estimado Director
General, remito para su conocimiento, autorización para aceptación y
designación del funcionario que asistirá al evento de entrega y suscribirá el
instrumento de donación, quien consecuentemente responde: Autorizado,
asiste el Subsecretario Diego Vallejo cc. Carolina Moreira”;
Que, mediante Acuerdo Nro. SNGRE-DEIRR-2020-0005-A, la Ing. Fanny Moreira
Carrasco, Directora de Estrategias Internacionales para la Reducción de
Riesgos, encargada; solicita:
En atención al Oficio Nro. MREMH-DCIBMSS-2020-0831-O, en el que el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana nos informa de una
oferta de donación financiera por USD $150,000,00 por parte de la Embajada
de Qatar en Ecuador, mucho le agradeceré la revisn y emisión de criterio del
instrumento a suscribirse a fin de gestionar la donación de manera
pertinente”;
Que, mediante memorando Nro. SNGRE-AJ-2020-0499-M, de 22 de julio de 2020,
la Abg. Nancy Cristina Romero Mena, Coordinadora General de Asesoría
Jurídica, manifiesta que:
“Previo a la suscripcn del instrumento revisado, corresponderá a l a Dirección
a su cargo, contar con un informe en el que se determine la pertinencia,
viabilidad y procedencia técnica-económica para la recepción de la donación
financiera estipulada en el numeral 3.2 del artículo 3 del referido documento;
informe que inclui el señalamiento de los planes o proyectos considerados
por este Servicio Nacional, para la utilización y ejecución de los recursos a ser
recibidos.
De igual manera, se deberá contar con la delegación expresa de la máxima
autoridad institucional, para la suscripción del convenio por parte del
Subsecretario de Preparación y Respuesta ante Eventos Adversos.
No se realizan otras observaciones por parte de esta Coordinación General de
Asesoría Jurídica, al contenido del proyecto de convenio remitido por la Dirección
de Estrategias Internacionales para la Reducción de Riesgos, por lo que, una
vez que se cuente con el respectivo informe de pertinencia y viabilidad,
seprocedente la suscripcn del precitado convenio”;
Que, mediante Acuerdo Nro. SNGRE-DEIRR-2020-0006-A, de 23 de julio de 2020,
la Ing. Fanny Moreira Carrasco, Directora de Estrategias Internacionales
para la Reduccn de Riesgos, encargada; manifiesta:
En atención al Oficio Nro. MREMH-DCIBMSS-2020-0831-O, en el que el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana nos informa de una
oferta de donación financiera por USD $150,000,00, cumplo en informar que
desde el Servicio Nacional se acepta la mencionada donación, al mismo
tiempo solicito se transmita nuestro agradecimiento a la Misión Diplomática de
Quatar por tan noble acción en beneficio de la población más afectada por la
pandemia del COVID-19 en nuestro país”;

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