Acuerdos. Snpd-055-2017 Desígnese Al Señor Santiago Medina Palacios, Asesor De Despacho, Para Que Actúe Como Delegado De Esta Secretaría De Estado, Ante El Directorio De Banecuador B.P.

Número de Boletín131
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
16 – Jueves 30 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 131
a) Iniciar y gestionar los procesos precontractuales,
inclusive hasta su adjudicación;
b) Cancelar o declarar desiertos los procesos;
c) Declarar adjudicatario fallido;
d) Suscribir los respectivos contratos principales,
complementarios, modif‌i catorios y/o adendas que
pudieren requerirse;
e) Designar a los responsables de la administración de
los contratos;
f) Autorizar el respectivo gasto;
g) Disponer la liquidación de los contratos, previo
informe del administrador de los mismos; y,
h) Rectif‌i car, revocar o extinguir por razones de
oportunidad o legitimidad, los actos administrativos,
relacionados con los procesos precontractuales
y contractuales del Proyecto Emblemático:
Generación de Insumos para la actualización de
la Planif‌i cación Nacional en el Marco del Buen
Vivir”, de conformidad con lo establecido en el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva.
Art. 4.- Todas aquellas atribuciones que mediante este
instrumento no han sido delegadas expresamente a la
Gerente del Proyecto, serán ejercidas por el Subsecretario
General de Planif‌i cación y Desarrollo, en el marco de los
acuerdos de delegación emitidos por el Secretario Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo, entendiéndose a la Gerencia
del Proyecto Emblemático: “Generación de Insumos
para la Actualización de la Planif‌i cación Nacional en el
Marco del Buen Vivir, administrativamente sujeta a dicha
Subsecretaría General.
Art. 5.- La Gerente del Proyecto Emblemático:
Generación de Insumos para la Actualización de la
Planif‌i cación Nacional en el Marco del Buen Vivir”, será
responsable de los actos y hechos que cumplan en ejercicio
de la presente delegación, e informará al Secretario
Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, de forma trimestral
o cuando le sea requerido, sobre las actividades realizadas.
Art. 6.- Deróguese en forma expresa el Acuerdo No. SNPD-
016-2017, de 09 de junio de 2017; así como, cualquier otro
instrumento de igual o inferior jerarquía, que se oponga al
contenido del presente Acuerdo.
Art. 7.- Encárguese al Coordinador General Jurídico,
notif‌i que con el contenido de este Acuerdo a la Gerente
del Proyecto Emblemático: “Generación de Insumos para
la Actualización de la Planif‌i cación Nacional en el Marco
del Buen Vivir”, al Subsecretario General de Planif‌i cación
y Desarrollo, al Subsecretario de Planif‌i cación Nacional; a
la Subsecretaria de Inversión Pública; a la Subsecretaria de
Seguimiento y Evaluación; a los Subsecretarios Zonales,
a la Coordinadora General Administrativa Financiera; y,
a la Directora de Inserción Estratégica Internacional de la
Secretaría Nacional de Planif‌i cación y Desarrollo, para su
oportuna ejecución.
Art. 8.- De la ejecución del presente Acuerdo que entrará
en vigencia a partir de sus suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial, encárguese al
Subsecretario General de Planif‌i cación y Desarrollo; y,
a la Gerente del Proyecto Emblemático “Generación de
Insumos para la Actualización de la Planif‌i cación Nacional
en el Marco del Buen Vivir”.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 01 de
noviembre de 2017.
f.) Andrés Mideros Mora, Secretario Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo.
Es f‌i el copia del original.- Lo certif‌i co.- f.) Ilegible.
No. SNPD-055-2017
Andrés Mideros Mora
SECRETARIO NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República establece que es atribución de los Ministros de
Estado: “(…) 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión (…)”;
establece que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Que, el artículo 227 de la misma Norma Suprema dicta
que: “La administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico de Planif‌i cación y
Finanzas Públicas, establece que: “La Secretaría Técnica
del Sistema Nacional Descentralizado de Planif‌i cación
Participativa será ejercida por la Secretaría Nacional de
Planif‌i cación y Desarrollo”;
Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico de
Planif‌i cación y Finanzas Públicas, dispone que es atribución
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