Los fines de las políticas públicas y legislación de competencia. Algunas observaciones de utilidad para el caso ecuatoriano

AutorMagdalena Defaz Valarezo
Cargo del AutorAbogada, Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Páginas183-207
LOS FINES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS
Y LEGISLACIÓN DE COMPETENCIA.
ALGUNAS OBSERVACIONES DE UTILIDAD
PARA EL CASO ECUATORIANO'
Magdalena Defaz Valarezo
1.
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo pretende formular algunas observaciones, encaminadas a
evidenciar la necesidad de la promulgación de una ley sobre promoción y protec-
ción de la competencia en nuestro país; y, de la determinación de una noción del
concepto de competencia y de sus fines, que incluya suficientes elementos para ser
eficaz en los mercados ecuatorianos y que no olvide las características y circuns-
tancias propias de éste.
Con el fin de cumplir el propósito señalado, es necesario indicar que los ob-
jetivos de las políticas de competencia han sido materia de discusiones a través del
tiempo por parte de la doctrina (muchas veces inspiradora de reformas legales) y a
partir de situaciones reales que se han producido conforme la evolución del siste-
ma capitalista.2
Así pues, existe falta de consenso respecto de los objetivos que deben perse-
guir
las políticas de
competencia, y ello influye directamente sobre la percepción
1.
Nota del editor: Respecto al tema del cual
se
ocupa este artículo, y el caso del Ecuador, que se
aborda fundamentalmente en el acápite 4, conviene considerar dos datos importantes, el primero,
que por medio del oficio No. 791-PCN de 31 de octubre de 2002, el Presidente del Congreso Na-
cional del Ecuador, atendiendo a los fines previstos en el artículo 153 de la Constitución Política
de la República, una
vez que fuera discutido y
aprobado el
Proyecto de Ley de Promoción y De-
fensa de la Competencia Económica,
lo remitió al Presidente Constitucional de la República para
que lo sancione u objete total o parcialmente; y el segundo, que mediante oficio T. 1913-DAJ-
2002-6484 fechado el 13 de noviembre de 2002, el Vicepresidente Constitucional de la República
en ejercicio de la Presidencia, expresa al Presidente del Congreso Nacional, entre otras cuestiones
y de una manera por demás cuestionable y digna de análisis, el veto al proyecto de ley en cues-
tión, en los siguientes términos: "objeto totalmente, por inconveniente, el proyecto sometido a mi
consideración". Sobre el asunto, véase,
Proyecto de Ley de Promoción y Defensa de la Competen-
cia Económica,
Vicepresidencia de la República del Ecuador, Quito, noviembre de 2002.
2.
Así, la presencia de los procesos de concentración e internacionalización del capital, la presencia
de nuevos actores y los roles que han venido siendo asignados al ente Estatal, son situaciones que
han mostrado muchas veces la ineficacia de los modelos teóricos que se han formulado y han re-
planteado el problema a los estudiosos del mismo.
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de los fines que la ley correspondiente debe tratar de obtener, aún más, consideran-
do que ésta es la principal herramienta a través de la cual pueden llevarse a efecto
dichas políticas (sin olvidar el apoyo que a dichos efectos presta el refuerzo o la
creación de un apropiado y fuerte marco institucional, y la necesidad de una
cultu-
ra que acepte
como indispensables los beneficios de su existencia). Por ello, es im-
portante que la legislación de competencia manifieste un mínimo de coherencia con
la pretensión general de las políticas públicas.
Por otra parte, las políticas públicas, deben estar
clara y
previamente def
i
ni-
das y acordes con las disposiciones constitucionales correspondientes, por lo que
deben ser asumidas no como características del gobierno de turno en el poder, sino
como propias de cada Estado. Esto pues, al ser la Constitución Política la Ley Su-
prema de un Estado de Derecho, su normativa se constituye en el principal referen-
te para el conocimiento de los fines que persigue la organización estatal, los prin-
cipios que regulan su accionar, su carácter e institucionalidad.
Consecuentemente, el Derecho de la competencia, en su concreta manifesta-
ción de normativa legal, por ejemplo a través de la Ley de Protección y/o Promo-
ción de la Competencia, en razón de la natural jerarquía del ordenamiento jurídico
estatal, también se ve subordinado a la normativa del Derecho constitucional.
Nuestro país reconoce como propio el sistema de economía social de merca-
do al manifestarlo expresamente en la Constitución Política de la República actual-
mente vigente.
En la economía social de mercado, la producción busca atender los requeri-
mientos del mercado y de las distintas unidades económicas individualmente con-
sideradas que en él se interrelacionan (consumidores que compran bienes y servi-
cios; empresas que compran trabajo, capital y materias primas que utilizan para
producir bienes y servicios que luego venderán; trabajadores que venden sus servi-
cios de trabajo; propietarios de recursos que arriendan la tierra a las empresas o
venden materias primas; el Estado en cuanto empresario o consumidor etc.), en
cumplimiento del principio rector de
libertad de comercio y empresa.
Sin embargo,
además, debe también atender las exigencias mínimas y las de carácter no econó-
mico de las personas como integrantes de los diversos grupos sociales que confor-
man la población; exigencias, que se encuentran consideradas también en la norma
Suprema, y que tienen que ver con la puesta en práctica de otros principios de la
Economía reconocidos por ella, como son la solidaridad, sustentabilidad y calidad.
En la realización del antes señalado cometido, el Estado puede desempeñar un
papel determinante en la marcha del mercado desde el momento en que interviene
de alguna forma a través del desarrollo y gestión de políticas económicas concre-
tas, y, principalmente, mediante la creación, organización y aplicación del marco
institucional y jurídico necesario para el funcionamiento mismo del mercado. Este
marco institucional
y
jurídico, se encuentra constituido principalmente por las po-
líticas y legislación de promoción
y
protección de la competencia.
Al momento de realizar un estudio de cuáles deben ser los fines u objetivos

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