Resoluciones BCE-0040-2016. Refórmese el Reglamento Interno para la Comercialización de Oro No Monetario..

Número de Boletín769
SecciónResoluciones
EmisorBanco Central del Ecuador
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016

EL GERENTE GENERAL DEL

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

Considerando:

Que el artículo 303 de la Constitución de la República, establece que la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es facultad exclusiva de la Función Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco Central del Ecuador;

Que el artículo 26 del Código Orgánico Monetario y Financiero señala que "el Banco Central del Ecuador es una persona jurídica de derecho público, parte de la Función Ejecutiva, de duración indefinida, con autonomía administrativa y presupuestaria, cuya organización y funciones están determinadas en la Constitución de la República, este Código, su estatuto, las regulaciones expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y los reglamentos internos";

Que según lo determinado en el numeral 33 del artículo 36 del Código Orgánico Monetario y Financiero, el Banco Central del Ecuador tiene como función la comercialización del oro proveniente de la pequeña minería y de la minería artesanal, de forma directa o por intermedio de agentes económicos públicos y privados, previamente autorizados la entidad;

Que los numerales 1 y 2 del artículo 49 del Código Orgánico Monetario y Financiero establecen como funciones del Gerente General del Banco Central del Ecuador, en su calidad de máxima Autoridad de la entidad, la representación legal, judicial y extrajudicial; la dirección, coordinación y supervisión de la gestión técnica, operativa y administrativa del Banco Central del Ecuador, para lo cual expedirá los reglamentos internos correspondientes;

Que el artículo 135 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que el Banco Central del Ecuador podrá intervenir en la compra, venta o negociación de oro y podrá hacer operaciones en divisas u oro a futuro o mediante otros derivados, en la forma y condiciones que autorice la Junta de Política y...

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