Auto nº 0498-2009-1SP de Ex 1ª Sala de Lo Penal de la Corte Nacional de Justicia (2008), 20 de Julio de 2010

Número de resolución0498-2009-1SP
Fecha20 Julio 2010
Número de expediente0873-2009

RESOLUCIÓN No: 498-2009 JUICIO No: 873-2009 ASUNTO: USURPACION IMPUTADO: V.M.C. Y OTROS AGRAVIADO: MARIO MIRANDA NUÑEZ RAZÓN: Asiento por tal que el recurrente M.A.M.N., no ha fundamentado el recurso de conformidad con lo que se encuentra dispuesto en la providencia que antecede.Quito, 29 de junio del 2009.- f) Dr. H.S.A., SECRETARIO RELATOR.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA.- PRIMERA SALA DE LO PENAL. Quito, 20 de julio del 2009.- las 10h00.VISTOS: En Virtud de que M.A.M.N., no han fundamentado el recurso de casación en el termino de diez días que tenia para hacerlo; de conformidad con lo dispuesto por el artículo 352 del Código de Procedimiento Penal, se declara su deserción.-Devuélvase el proceso al órgano judicial de origen para los fines legales consiguientes.-Notifíquese. f) Dr. H.U.P., PRESIDENTE; Dr. L.M.A., JUEZ NACIONAL; Dr. M.P.Á., JUEZ NACIONAL.- CERTIFICO: f) Dr. H.S.A., SECRETARIO RELATOR.

RAZÓN: En Quito, hoy veinte de julio del dos mil nueve, a las diecisiete horas, notifico con la providencia que antecede a M.M.N. por boleta dejada en el casillero No. 3839, a V.M.C., L.T.L., M.G. y otro no les notifico por no haber señalado casillero judicial para sus notificaciones en Quito.- Certifico.- f) Dr. H.S.A., SECRETARIO RELATOR.

Certifico que la copia que antecede es igual a su original. Quito 14 de enero del 2011. f) Dr. H.S.A., SECRETARIO RELATOR.

R.

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