Resoluciones. 0000057 Suscríbese un Convenio Básico de Funcionamiento entre la República del Ecuador y la Organización No Gubernamental Extranjera ENGIM INTERNAZIONALE
Número de Boletín | 499 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana |
Viernes 31 de mayo de 2019 – 23Registro Ofi cial Nº 499
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que las dos (02) fojas que
anteceden, son copias de la Resolución Administrativa
No. 0000056 del 16 de mayo de 2019, conforme el
siguiente detalle fojas: 1-2, son copias del original,
documento que reposa en la DIRECCIÓN DE GESTIÓN
DOCUMENTAL Y ARCHIVO- LO CERTIFICO.-
Quito, D.M. 20 de mayo de 2019.
f.) Emb. Francisco Augusto Riofrío Maldonado, Director
de Gestión Documental y Archivo, Encargado.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certifi cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certifi cados.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
No. 0000057
VICEMINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, INTEGRACIÓN POLÍTICA Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1202, de 13 de
octubre del 2016, publicado en el Registro Ofi cial No.
876, de 8 de noviembre de 2016, se suprimió la Secretaría
Técnica de Cooperación Internacional, y se dispuso que el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
ejerza la rectoría, planifi cación, regulación, control y gestión
de la Cooperación Internacional, teniendo la atribución de
suscribir, registrar y realizar el seguimiento a los convenios,
programas y proyectos de cooperación internacional no
reembolsable ejecutados por el sector público;
Que el Acuerdo Ministerial No. 000040, de 2 de mayo
de 2017, publicado en Registro Ofi cial, Edición Especial
1033, de 23 de mayo de 2017, expidió el nuevo Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana,
mediante el cual se creó la Subsecretaría de Cooperación
Internacional y la Dirección de Gestión de la Cooperación
Internacional No Gubernamental;
Que el Art. 10, numeral 1.2.1.5. literal i) del referido
Estatuto establece como atribución de la Subsecretaría de
Cooperación Internacional: “Verifi car y articular con los
actores de la cooperación los contenidos de los acuerdos,
Convenios Básicos de Funcionamiento con Organismos no
Gubernamentales Extranjeros; y demás instrumentos de
cooperación internacional a ser suscritos”;
Que entre las atribuciones de la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental, establecidas
en el mencionado Estatuto, Art. 10, numeral 1.2.1.5.3, literal
a) señala: “Elaborar informes técnicos para la suscripción
de convenios básicos de funcionamiento de Organizaciones
no Gubernamentales extranjeras en el país, de acuerdo
a lo establecido en la normativa vigente y a las políticas
nacionales”;
Que conforme literales c) y d) del artículo 1 del Acuerdo
Ministerial No. 0000007, de 6 de febrero de 2018, el
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
delegó al Viceministro de Relaciones Exteriores,
Integración Política y Cooperación Internacional: “c)
Autorizar, previo conocimiento del Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, los contenidos de los
convenios, acuerdos, proyectos y demás documentos de
cooperación internacional no reembolsable y suscribirlos”;
así como: “d) Autorizar, previo conocimiento del Ministro
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, los
contenidos de Convenios Básicos de Funcionamiento con
las Organizaciones No Gubernamentales Extranjeras
(ONG) y suscribirlos”.
Que mediante Decreto Ejecutivo N° 193, de 23 de
octubre de 2017, el Presidente de la República expidió el
Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales, cuyo artículo 25, reza:
“Suscripción de Convenio.- El Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, una vez revisada la
documentación presentada, previa resolución motivada,
suscribirá con la ONG Extranjera, un Convenio Básico
de Funcionamiento y notifi cará por escrito a la ONG
Extranjera la autorización para que pueda iniciar su
funcionamiento y actividad en el país”;
Que el Ministerio de Inclusión Económica y Social;
mediante Ofi cio N° MIES-CGAJ-2019-0016-O, de 25
de enero de 2019; suscrito por la Mgs. Andrea Cecilia
Vaca Peralta, Coordinadora General de Asesoría
Jurídica, manifi esta la no objeción a la continuación
del trámite de suscripción de convenio con ENGIM
INTERNAZIONALE; y, el Ministerio de Agricultura y
Ganadería; mediante Ofi cio N° MAG-MAG-2019-0075-O,
de 28 de enero de 2019; suscrito por el Ing. Xavier Enrique
Lazo Guerrero, Ministro de Agricultura y Ganadería,
manifi esta su recomendación de continuar con el proceso
de renovación del Convenio Básico de Funcionamiento de
la ONG ENGIM INTERNAZIONALE;
Que mediante ofi cio S/N, de 19 de marzo de 2019, la
Organización No Gubernamental extranjera “ENGIM
INTERNAZIONALE” solicitó al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana la renovación del Convenio
Básico de Funcionamiento;
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