Acuerdos. 0001 Ingeniero Henrry Fabián Erazo Jiménez, Coordinador General De Planificación

Número de Boletín6
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Finanzas
Viernes 2 de junio de 2017 – 11Registro Of‌i cial Nº 6
de longitud occidental; del punto citado, una alineación al
sudeste hasta el punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 53’2,
38” de latitud sur y 80° 26’ 15,39” de longitud occidental;
de dicho punto, una alineación al nordeste hasta el punto
de coordenadas geográf‌i cas 1° 53’ 0,97” de latitud sur y
80° 26’ 2,76” de longitud occidental; del punto referido,
una alineación al noroeste hasta el punto de coordenadas
geográf‌i cas 1º 52 4’,38” de latitud sur y 80º 26’ 9,20"
de longitud occidental; de este punto, una alineación al
nordeste hasta el punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 52’
1,50” de latitud sur y 80° 26’ 4,51” de longitud occidental;
del último punto, una alineación al nordeste hasta el
punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 51’ 56,45” de latitud
sur y 80° 25’ 58,89” de longitud occidental; del punto
mencionado, una alineación al noroeste hasta intersecar el
eje del camino hacienda Santa Rosa – recinto El Paraíso,
en el punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 51’ 31,63” de
latitud sur y 80° 26’ 26,71" de longitud, occidental; de dicha
intersección, continúa por el eje del camino mencionado, en
dirección al recinto El Paraíso hasta el empalme con el eje
del camino que conduce al recinto Las Vegas, en el punto
de coordenadas geográf‌i cas 1º 51’ 15,93” de latitud sur y
80° 25’ 31,46" de longitud occidental; de este empalme,
continúa por el eje del camino referido, en dirección
nordeste hasta la bifurcación formada por los ejes de los
caminos que conducen al recinto Las Vegas y al río Blanco,
en el punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 50’ 11,28” de
latitud sur y 80° 25’ 41,53" de longitud occidental; de la
bifurcación referida, continúa por el eje del camino que se
dirige al río Blanco, hasta intersecar con el curso del río
Blanco, en el punto de coordenadas geográf‌i cas 1º 50’ 7,84”
de latitud sur y 80° 25’ 36,36” de longitud occidental.
Artículo 2.- De existir divergencia entre las unidades de
linderación indicadas y las coordenadas geográf‌i cas que
referencien su localización, prevalecerán las primeras, salvo
el caso en que la unidad de linderación sea la coordenada.
Disposición Final.- El presente Decreto Ejecutivo entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de mayo de
2017.
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la
República.
f.) Paola Pabón Caranqui, Secretaria Nacional de Gestión
de la Política.
Quito, 16 de mayo del 2017, certif‌i co que el que antecede es
f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dr. Alexis Mera Giler
SECRETARIO GENERAL JURÍDICO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 0001
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el
Segundo Suplemento de Registro Of‌i cial No. 294 de 6 de
octubre de 2010, en su artículo 85 prevé que las autoridades
nominadoras podrán designar, previo el cumplimiento de
los requisitos previstos para el ingreso al servicio público, y
remover libremente a las y los servidores;
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294 de 6 de
octubre de 2010, en su artículo 127 dispone que el encargo
de un puesto vacante procede por disposición de la Ley o
por orden escrita de autoridad competente. La servidora o
servidor de la institución asume el ejercicio de un puesto
directivo ubicado o no, en la escala del nivel jerárquico
superior. El pago por encargo se efectuará a partir de la fecha
en que se ejecute el acto administrativo, hasta la designación
del titular del puesto;
Que el artículo 271 del Reglamento General a la invocada
Ley Orgánica, publicada en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que el
encargo en puesto vacante procederá cuando la o él
servidor de carrera o no, deba asumir las competencias y
responsabilidades de un puesto directivo ubicado o no en la
Escala del Nivel Jerárquico Superior, y que cumpla con los
requisitos establecidos en los Manuales de Clasif‌i cación de
Puestos Genérico e Institucional, para lo cual y por excepción
tratándose de casos que por las atribuciones, funciones y
responsabilidades del puesto a encargarse, deban legitimar
y legalizar actos administrativos propios de dicho puesto,
siempre y cuando la o el servidor cumpla con los requisitos
del puesto a encargarse. Los asesores únicamente podrán
encargarse de puestos de igual o mayor jerarquía o con igual
o mayor remuneración a la que se encuentre percibiendo; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los artículos
85 y 127 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 271 del
Reglamento General a la invocada Ley,
Acuerda:
Art. 1.- Designar al ingeniero Henrry Fabián Erazo Jiménez,
para que, a partir de la presente fecha ejerza el cargo de
Coordinador General de Planif‌i cación de esta Cartera de
Estado.
Art. 2.- Encargar al ingeniero Henrry Fabián Erazo Jiménez,
las atribuciones y responsabilidades de la Coordinación de
Gestión Estratégica Institucional, hasta la designación de su
titular.
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