Acuerdo 00013-2019 Subróguense las funciones del Despacho Ministerial, a la doctora Sonia Teresa Díaz Salas, Viceministra de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

Fecha de publicación02 Septiembre 2019
Número de Gaceta30
Lunes 2 de septiembre de 2019 – 15Registro Of‌i cial Nº 30
Tercera. Toda institución que posea aceleradores
lineales para uso médico, deberá cumplir la legislación
vigente y la presente Norma previo a la obtención de la
Licencia Institucional de Operación tipo C, que le permitirá
prestar el servicio, ya que es el único documento legal
que autoriza poseer y utilizar equipos generadores de
radiaciones ionizantes.
Cuarta.- Para casos no contemplados en esta Norma,
se aplicará las disposiciones emanadas por las Normas
dictadas por el Organismo Internacional de Energía
Atómica, OIEA, en lo que fuere aplicable y no contravenga
el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en especial la Guía
IAEA-TECDOC-1151, “Aspectos físicos de la garantía
de calidad en radioterapia: Protocolo de control de
calidad”, IAEA-TECDOC 1670/S “Análisis Probabilista
de Seguridad de Tratamientos de Radioterapia con
Acelerador Lineal” o su equivalente vigente. Esta Norma
prevalecerá sobre otra de igual o menor jerarquía.
Quinta.- De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial
encárguese a la Subsecretaría de Control y Aplicaciones
Nucleares.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Quito, D.M., a los 02 día(s) del mes de Agosto de
dos mil diecinueve.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Mgs. Armando Fidel Altamirano Chávez, Viceministro
de Electricidad y Energía Renovable.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES.- Es f‌i el copia del
original.- 16 de agosto de 2019.- f.) Ilegible, Secretaría
General.
No. 00013-2019
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA,
ENCARGADA
Considerando:
“Art. 154.- A las ministras y ministros de Estado, además
de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:
1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas
que requiera su gestión. (…).”;
Que, el Código Orgánico Administrativo publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 31 de 7 de julio de
2018, dispone: “Art. 82.- Subrogación. Las competencias
de un órgano administrativo pueden ser ejercidas por el
jerárquico inferior en caso de ausencia del jerárquico
superior. La subrogación únicamente se aplicará en los
casos previstos en la ley.”;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva dispone: “Art. 17. DE LOS
MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus
ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente
señalados en leyes especiales.”;
Que, a través de Decreto Ejecutivo No. 818 de 3 de julio
de 2019, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 534 de 17 de los mismos mes y año, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador encargó el
Ministerio de Salud Pública a la magister Catalina de
Lourdes Andramuño Zeballos;
Que, la Ministra de Salud Pública, Encargada, formará
parte de la delegación ecuatoriana que, en el marco
del proyecto Sistemas de Protección Social, visitará el
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social del Perú, a f‌i n
de conocer más en detalle el proceso que llevó a cabo el
Gobierno Peruano para implementar un programa contra la
desnutrición, considerado exitoso y que ha sido adaptado
por diferentes países;
Que, en virtud de la participación de la infrascrita
Ministra de Salud Pública en la delegación antes
referida, es necesario subrogar las funciones del Despacho
Ministerial desde el 18 hasta el 21 de agosto de 2019; y,
Que, con memorando No. MSP-MSP-2019-0633-M de 13
de agosto de 2019, la Coordinadora del Despacho solicitó
al Coordinador General de Asesoría Jurídica la elaboración
del presente Acuerdo, informando que la persona que
subrogará las funciones del Despacho Ministerial será la
Viceministra de Gobernanza y Vigilancia de la Salud.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los
Acuerda:
Art. 1.- Disponer la subrogación de las funciones del
Despacho Ministerial a la doctora Sonia Teresa Díaz Salas,
Viceministra de Gobernanza y Vigilancia de la Salud, desde
el 18 hasta el 21 de agosto de 2019.
Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito a, 16 de agosto
de 2019.
f.) Mgs. Catalina Andramuño Zeballos, Ministra de Salud
Pública, Encargada.
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