Resolución 000163 Suscríbese un Convenio Básico de Funcionamiento entre la República del Ecuador y la Organización No Gubernamental Extranjera Manna Project International

Número de Boletín344
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Miércoles 10 de octubre de 2018 – 41Registro Of‌i cial Nº 344
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
No. 000163
LA SUBSECRETARIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1202, de 13 de octubre
del 2016, publicado en el Registro Of‌i cial No. 876, de 8 de
noviembre de 2016, se suprimió la Secretaría Técnica de
Cooperación Internacional, y se dispuso que el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ejerza la
rectoría, planif‌i cación, regulación, control y gestión de
la Cooperación Internacional, teniendo la atribución de
suscribir, registrar y realizar el seguimiento a los convenios,
programas y proyectos de cooperación internacional no
reembolsable ejecutados por el sector público;
Que el Acuerdo Ministerial No. 000040, de 2 de mayo
de 2017, expidió el nuevo Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, mediante el cual se
creó la Subsecretaría de Cooperación Internacional y la
Dirección de Gestión de la Cooperación Internacional No
Gubernamental;
Que el numeral 1.2.1.5. literal i) del referido Estatuto
establece como atribución de la Subsecretaría de
Cooperación Internacional: “Verif‌i car y articular con los
actores de la cooperación los contenidos de los acuerdos,
Convenios Básicos de Funcionamiento con Organismos no
Gubernamentales Extranjeros; y demás instrumentos de
cooperación internacional a ser suscritos”;
Que entre las atribuciones de la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental, establecidas
en el mencionado Estatuto, el literal a) señala: “Elaborar
informes técnicos para la suscripción de convenios básicos
de funcionamiento de Organizaciones no Gubernamentales
extranjeras en el país, de acuerdo a lo establecido en la
normativa vigente y a las políticas nacionales”;
Que conforme se desprende de los literales e) y f) del
artículo primero del Acuerdo Ministerial No. 000059,
de 07 de julio de 2017, la Ministra de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana delegó al Viceministro de
Relaciones Exteriores, Integración Política y Cooperación
Internacional: “Autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
así como: “autorizar los contenidos de convenios
básicos de funcionamiento con las Organizaciones No
Gubernamentales Extranjeras (ONG) y suscribirlos”;
Que la Disposición General Tercera ibídem, señala: “Se
autoriza expresamente a los funcionarios delegados, para
que bajo su control y responsabilidad, por excepción,
en caso de fuerza mayor o caso fortuito, o necesidad
institucional, debidamente motivados, puedan delegar,
dentro del ámbito de su competencia, las facultades
delegadas, siempre y cuando se mantengan dentro del
alcance previsto en este instrumento”;
Que mediante Resolución No. 000162, de 16 de octubre
de 2017, artículo único, el Viceministro de Relaciones
Exteriores, Integración Política y Cooperación Internacional
delegó a la Subsecretaría de Cooperación Internacional, la
atribución de: “autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
así como: “autorizar los contenidos de convenios
básicos de funcionamiento con las Organizaciones No
Gubernamentales Extranjeras (ONG) y suscribirlos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo N° 193, de 23 de
octubre de 2017, el Presidente de la República expidió el
Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales, cuyo artículo 25, reza:
Suscripción de Convenio.- El Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, una vez revisada la
documentación presentada, previa resolución motivada,
suscribirá con la ONG Extranjera, un Convenio Básico
de Funcionamiento y notif‌i cará por escrito a la ONG
Extranjera la autorización para que pueda iniciar su
funcionamiento y actividad en el país”;
Que mediante of‌i cio S/N, suscrito por Carolyn Engel,
Representante Legal de la Organización Manna Project
International, ingresado en esta Cartera de Estado el 1 de
junio de 2018, la citada Organización No Gubernamental
extranjera solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana la suscripción de un Convenio Básico
de Funcionamiento;
Que con memorando No. MREMH-DGCING-2018-
0231-M, de 3 de agosto de 2018, la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental notif‌i có el
informe técnico No.IT-MREMH-2018-015, de 30 de julio
de 2018, favorable para la suscripción del Convenio Básico
de Funcionamiento con la Organización No Gubernamental
extranjera Manna Project International.
Que con memorando No. MREMH-DAJPDN-2018-
0568-M, de 17 de agosto de 2018, la Dirección de Asesoría
Jurídica y Patrocinio en Derecho Nacional emitió Dictamen
Jurídico favorable para la suscripción del Convenio Básico
de Funcionamiento con la Organización No Gubernamental
extranjera Manna Project International.
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 2
del Decreto Ejecutivo N°. 1202, de 13 de octubre de 2016,
en el artículo 25 del Decreto Ejecutivo No.193, de 23 de
octubre de 2017, y en el artículo único de la Resolución No.
000162, de 16 de octubre de 2017,
Resuelve:
Artículo 1.- Suscribir un Convenio Básico de
Funcionamiento entre la República del Ecuador y la
Organización No Gubernamental extranjera Manna Project
International.
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