Resoluciones. 000192 Suscríbese un Convenio Básico de Funcionamiento entre la República del Ecuador y la Organización No Gubernamental Extranjera Fundación WILDAID

Número de Boletín390
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Martes 18 de diciembre de 2018 – 21Registro Of‌i cial Nº 390
Notifíquese con la presente Resolución al Representante
Legal de la compañía SPRINGMINING MINERIA S.A,
y publíquese en el Registro Of‌i cial por ser de interés
general.
De la aplicación de esta Resolución se encargará a la
Subsecretaría de Calidad Ambiental y a la Dirección
Provincial del Ambiente de Pichincha.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Quito, a 24 de octubre de 2018.
f.) Lcdo. Mauricio Fernando Barahona Guerrero,
Subsecretario de Calidad Ambiental.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
No. 000192
LA SUBSECRETARIA
DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1202, de 13 de octubre
del 2016, publicado en el Registro Of‌i cial No. 876, de 8 de
noviembre de 2016, se suprimió la Secretaría Técnica de
Cooperación Internacional, y se dispuso que el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ejerza la
rectoría, planif‌i cación, regulación, control y gestión de
la Cooperación Internacional, teniendo la atribución de
suscribir, registrar y realizar el seguimiento a los convenios,
programas y proyectos de cooperación internacional no
reembolsable ejecutados por el sector público;
Que el Acuerdo Ministerial No. 000040, de 2 de mayo
de 2017, expidió el nuevo Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, mediante el cual se
creó la Subsecretaría de Cooperación Internacional y la
Dirección de Gestión de la Cooperación Internacional No
Gubernamental;
Que el Art. 10, numeral 1.2.1.5. literal i) del referido
Estatuto establece como atribución de la Subsecretaría de
Cooperación Internacional: “Verif‌i car y articular con los
actores de la cooperación los contenidos de los acuerdos,
Convenios Básicos de Funcionamiento con Organismos no
Gubernamentales Extranjeros; y demás instrumentos de
cooperación internacional a ser suscritos”;
Que entre las atribuciones de la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental, establecidas
en el mencionado Estatuto, Art. 10, numeral 1.2.1.5.3, literal
a) señala: “Elaborar informes técnicos para la suscripción
de convenios básicos de funcionamiento de Organizaciones
no Gubernamentales extranjeras en el país, de acuerdo
a lo establecido en la normativa vigente y a las políticas
nacionales”;
Que conforme se desprende de los literales e) y f) del
artículo primero del Acuerdo Ministerial No. 000059,
de 07 de julio de 2017, la Ministra de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana delegó al Viceministro de
Relaciones Exteriores, Integración Política y Cooperación
Internacional: “Autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
así como: “autorizar los contenidos de convenios
básicos de funcionamiento con las Organizaciones No
Gubernamentales Extranjeras (ONG) y suscribirlos”;
Que la Disposición General Tercera ibídem, señala: “ Se
autoriza expresamente a los funcionarios delegados, para
que bajo su control y responsabilidad, por excepción,
en caso de fuerza mayor o caso fortuito, o necesidad
institucional, debidamente motivados, puedan delegar,
dentro del ámbito de su competencia, las facultades
delegadas, siempre y cuando se mantengan dentro del
alcance previsto en este instrumento”;
Que mediante Resolución No. 000162, de 16 de octubre
de 2017, artículo único, el Viceministro de Relaciones
Exteriores, Integración Política y Cooperación Internacional
delegó a la Subsecretaría de Cooperación Internacional, la
atribución de: “autorizar los contenidos de los convenios,
acuerdos, proyectos y demás documentos de cooperación
internacional no reembolsable y suscribirlos”;
así como: “autorizar los contenidos de convenios
básicos de funcionamiento con las Organizaciones No
Gubernamentales Extranjeras (ONG) y suscribirlos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo N° 193, de 23 de
octubre de 2017, el Presidente de la República expidió el
Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales, cuyo artículo 25, reza:
Suscripción de Convenio.- El Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, una vez revisada la
documentación presentada, previa resolución motivada,
suscribirá con la ONG Extranjera, un Convenio Básico
de Funcionamiento y notif‌i cará por escrito a la ONG
Extranjera la autorización para que pueda iniciar su
funcionamiento y actividad en el país”;
Que el Ministerio de Ambiente, mediante of‌i cio No. MAE-
MAE-2018-1679-O, de 13 de septiembre de 2018, suscrito
por el Lcdo. Humberto Cholango Tipanluisa, Ministro del
Ambiente (Encargado), manif‌i esta que “(…) este Ministerio
no tiene objeción para que el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana continúe con el trámite del
Convenio Básico de Funcionamiento (…)”;
Que mediante of‌i cio WA092-2018, de 12 de septiembre
de 2018, suscrito por el Señor Manuel Bravo Cedeño
Representante Legal de la Fundación WILDAID, ingresado
en esta Cartera de Estado el 21 de septiembre de 2018,
la Organización No Gubernamental extranjera Fundación
WILDAID” solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana la suscripción de un nuevo Convenio
Básico de Funcionamiento;
Que con memorando No. MREMH-DGCING-2018-
0369-M, de 15 de octubre de 2018, la Dirección de Gestión
de Cooperación Internacional No Gubernamental notif‌i
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