00042-2019 Deléguese al/la Director/a Nacional de Centros Especializados, para que se encargue del procedimiento de adquisición del medicamento INCRELEX

Número de Boletín52
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Miércoles 2 de octubre de 2019 – 7Registro Of‌i cial Nº 52
No. 00042-2019
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA,
ENCARGADA
Considerando:
artículo 154, numeral 1, dispone que corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 361 de la Norma Suprema establece que el
Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Salud
a través de la Autoridad Sanitaria Nacional, que será la
responsable de formular la política nacional de salud,
y de normar, regular y controlar todas las actividades
relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de
las entidades del sector;
en el artículo 363 prevé que el Estado será responsable
de: “(…) 7. Garantizar la disponibilidad y acceso a
medicamentos de calidad, seguros y ef‌i caces, regular su
comercialización y promover la producción nacional y la
utilización de medicamentos genéricos que respondan a
las necesidades epidemiológicas de la población. En el
acceso a medicamentos, los intereses de la salud pública
prevalecerán sobre los económicos y comerciales. (…).”;
Que, la Ley Orgánica de Salud, en el artículo 4, preceptúa:
“La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de
Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio
de las funciones de rectoría en salud; así como la
responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del
cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su
plena vigencia serán obligatorias.”;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva, en el artículo 17, dispone: “(…) Los
Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando
se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando
lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones
que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes
y reglamentos tenga el funcionario delegado. (…).”;
manda: “Son efectos de la delegación: 1. Las decisiones
delegadas se consideran adoptadas por el delegante. 2.
La responsabilidad por las decisiones adoptadas por el
delegado o el delegante, según corresponda.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 818 de 03 de julio
de 2019, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 534 de 19 de julio del mismo año, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, designó a
la magister Catalina de Lourdes Andramuño Zeballos,
Ministra de Salud Pública, Encargada;
Que, a través de memorando No. MSP-CGAJ-2019-
0369-M de 5 de agosto de 2019, el Coordinador General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud Pública,
remitió a la Directora Nacional de Centros Especializados
el informe respecto a la “Adquisición del medicamento
Increlex (Mecasermina) 10mg/ml, solución inyectable
para pacientes diagnosticados con síndrome de Larón”,
en cuyo numeral 4, respecto a las “Recomendaciones”
determina: “4.1. Realizar la adquisición directa del
fármaco INCRELEX considerando lo establecido en
el Art. 154 de la Ley Orgánica de Salud, a través del
procedimiento establecido en los apartados 2 y 4 del
Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública, con el objeto de
cumplir de forma total y def‌i nitiva lo dispuesto por la
Corte Constitucional en la sentencia No. 074-2016-SIS-
CC de 12 de diciembre de 2016.”; y,
Que, mediante memorando No. MSP-VAIS-2019-
0709-M de 4 de septiembre de 2019, el Viceministro
de Atención Integral en Salud solicitó al Coordinador
General de Asesoría que, a f‌i n de dar cumplimiento a la
sentencia No. 074-16-SIS-CC, se elabore el instrumento
que corresponda para que la Dirección Nacional de
Centros Especializados se encargue del procedimiento de
adquisición del medicamento Increlex.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los
del Ecuador y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al/la Director/a Nacional de Centros
Especializados, para que se encargue del procedimiento
de adquisición del medicamento INCRELEX, con el
objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Corte
Constitucional en la Sentencia No. 074-2016-SIS-CC de
12 de diciembre de 2016.
Art. 2.- El/la delegado/a será responsable directamente de
sus actuaciones u omisiones, conforme lo previsto en el
Art. 3.- El/la delegado/a deberá reportar mensualmente al
Viceministerio de Atención Integral en Salud las acciones
tomadas en el ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- El/la Director/a Nacional de Primer Nivel de
Atención en Salud será el/la encargado/a de realizar
el seguimiento y control de los pacientes a los que se
suministrará el medicamento INCRELEX.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
y Orgán
ridad s
ca, ent
ones de
de la aplicación, control y
sta Ley; y, las normas q
obligatorias.”
men
, los interes
los económicos y
nica de Salud, en el
anitaria naciona
tidad a la que corresponde
e rectoría en sal
d
a aplicación, control y vigilancia
y; y, las normas que dicte para
ias ”
;
om
el artículo
nal es el M
dad a la que correspo
rectoría en
os gen
miológi
tos, l
e los
áni
sa
ntidad a la que corresponde el
de rectoría en salud; así co
aplicación, control y vigil
ud p
ales.
ública
…).”
;
el
qu
Cen
ceptú
erio de
ercicio
:
a
En
rtíc
quisi
er
ició
p
Espe
de
7
onda
cializa
a q
-16-S
para
que
IS-
n Salu
, a f‌i n
re de
ud so
d
No.
2019,
li
MSP
la
l
l Ecu
minist
s 15
uador
de
cio
4 num
las
icamen
ue la
encar
to In
se
la Dire
gue
área
nes adm
ulo 361
á la recto
utoridad Sanitaria Naciona
rmular la p
r y controlar
ud, así c
p
ispone
e Estado, adem
Ley, ejercer la recto
a su cargo y expe
inistrativas que req
1 de la Norma Suprema est
oría del Sistem
rec
dad Sanitaria Nacional, que ser
la política nacional de salu
ar todas las activid
oría
pedir l
equiera su
de la Norma Suprema
dl
a Repúb
1, disp
s de E
Ley
a a
mi
61 de la Norma Suprema estable
ectoría del Sistema Nacional de
d Sanitaria Nacional,
tribu
las polí
acuerd
ciones
líticas
as
de
rem
os
ón;
que e
y
e
Inc
para
nc
nfo
crelex
pa
orm
(M
a la D
res
e a
Jurídi
irecto
m
gosto
ica d
mem
de
morand
e
Encarga
An
da
Ecuad
ramu
ud
a
el A
pro
termi
maco
t
o nu
na: “
ca
ntes d
meral
ermin
agnos
a l
a)
Min
ional d
“Adq
9, e
nisterio
eC
culo 7
Son efec
se cons
ilidad p
elegante, según corresponda
reto Ejecutivo N
el Supleme
o del
perj
nes que de
el funcionario de
71 del Código Orgá
ctos de la delegac
sideran adoptadas por el d
por las decisiones a
ante
utivo No. 818 de 03 de jul
eg
gánico A
ación: 1. La
deran adoptadas por el
or las decision
a buen
sin per
acione
a el f
71
c
nsideran adoptadas por el dele
d por las decisiones adoptadas
nte, según corresponda.”;
(…).
minist
leyes
;
s,
s
Art
V
trativ
cisiones
ante. 2.
o
A
tom
Art
emi
mada
inis
en
El/la
rio
deleg
m
digo O
misio
Org
será r
ones,
respon
74
el
sum
enció
eguim
i
-
El
n en
ej
la Di
rcicio
tención
de
eberá
n Inte
o A
rep

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR