Acuerdos. 00086-2019 Créase la Comisión Nacional de Certificación de la Erradicación de la Poliomielitis en el Ecuador y expídese su Reglamento de Funcionamiento

Número de Boletín106
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Lunes 23 de diciembre de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 106
de cacao y palma y al fortalecimiento institucional de
BANECUADOR B. P., proyecto “Financiamiento de
Proyectos de Desarrollo Sostenible para Cacao y Palma”.
Disposición única.- El presente Acuerdo Ministerial
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 29 de
noviembre de 2019.
f.) Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certif‌i cación y Documentación.- Fecha:
02 de diciembre de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y
Documentación.- Ministerio de Economía y Finanzas.- 1
hoja.
No. 00086-2019
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
artículo 3, numeral 1, dispone que es deber primordial
del Estado, garantizar sin discriminación alguna el
efectivo goce de los derechos establecidos en dicha
Norma Suprema y en los instrumentos internacionales, en
particular la salud;
Que, la referida Constitución de la República, ordena:
“Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el
Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros
derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación,
la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad
social, los ambientes sanos y otros que sustenten el
buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante
políticas económicas, sociales, culturales, educativas
y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin
exclusión a programas, acciones y servicios de promoción
y atención integral de salud, salud sexual y reproductiva.
La prestación de los servicios de salud se regirá por
los principios de equidad, universalidad, solidaridad,
interculturalidad, calidad, ef‌i ciencia, ef‌i cacia, precaución
y bioética, con enfoque de género y generacional.”;
Que, la Norma Suprema, en el artículo 361, determina
que el Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de
Salud a través de la Autoridad Sanitaria Nacional, quien
será responsable de formular la política nacional de salud,
y de normar, regular y controlar todas las actividades
relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de
las entidades del sector;
preceptúa entre las responsabilidades del Estado: “1.
Formular políticas públicas que garanticen la promoción,
prevención, curación, rehabilitación y atención integral
en salud y fomentar prácticas saludables en los ámbitos
familiar, laboral y comunitario. (…).”;
Que, la 41 Asamblea Mundial de la Salud celebrada en
Ginebra – Suiza del 2 al 13 de mayo de 1988, a la que
asistieron delegados de 166 Estados Miembros, entre ellos
el Ecuador, adoptó una resolución sobre la erradicación
mundial de la poliomielitis que marcó la creación de la
Iniciativa de Erradicación Mundial de la Poliomielitis;
Que, en la 71 Asamblea Mundial de la Salud celebrada
en Ginebra – Suiza el 26 de mayo de 2018, se adoptó la
resolución WHA71.16 (2018), con la que se insta a los
Estados Miembros a que intensif‌i quen los esfuerzos para
acelerar los progresos en la certif‌i cación del conf‌i namiento
de los poliovirus, según se especif‌i ca en las prescripciones
nacionales y en el Plan de Acción Mundial de la OMS
para minimizar el riesgo asociado a las instalaciones de
almacenamiento de poliovirus después de la erradicación
de poliovirus salvajes;
Que, la Ley Orgánica de Salud, en el artículo 4, dispone
que la Autoridad Sanitaria Nacional es el Ministerio de
Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio
de las funciones de rectoría en salud, así como la
responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del
cumplimiento de dicha Ley, y las normas que dicte para su
plena vigilancia serán obligatorias;
Que, el artículo 6 de la Ley Ibídem establece entre las
responsabilidades del Ministerio de Salud Pública: “(…)
4. Declarar la obligatoriedad de las inmunizaciones
contra determinadas enfermedades, en los términos y
condiciones que la realidad epidemiológica nacional y
local requiera; def‌i nir las normas y el esquema básico
nacional de inmunizaciones; y, proveer sin costo a la
población los elementos necesarios para cumplirlo; (...)”;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, en el artículo 10.1, respecto a
las formas de las entidades que integran la Función
Ejecutiva preceptúa: “La Función Ejecutiva, además
de los organismos def‌i nidos y desarrollados en los
artículos posteriores, podrá contar de manera general
con los siguientes tipos de entidades: (…) b) Comisión.-
Instancia que trata problemáticas específ‌i cas en las que
el Gobierno Central no cuenta con capacidades técnicas
o institucionales desarrolladas. Durará en sus funciones
un plazo de tiempo determinado; (…).”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 901 expedido el
18 de octubre de 2019, el Presidente Constitucional de
la República designó a la magister Catalina de Lourdes
Andramuño Zeballos como Ministra de Salud Pública;
Que, a través de Acuerdo Ministerial No. 00000015 de 25
de enero de 2016, el Ministerio de Salud Pública creó la
“Comisión Nacional de Certif‌i cación de la Erradicación
de la Poliomielitis”, con sede en el Distrito Metropolitano
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