Resoluciones. 001-2016-DE-IEPI Desígnese Como Presidente Del Comité De Propiedad Intelectual, Industrial Y Obtenciones Vegetales Para El Periodo 2016 Al Abogado Oscar David Reyes Celi

Número de Boletín1004
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la propiedad Intelectual
24 – Lunes 15 de mayo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1004
canales diplomáticos. Se considerará el texto en español
del presente Reglamento en caso de controversias entre
las Partes que se ref‌i era a la interpretación del texto del
Reglamento.
11. INCUMPLIMIENTOS
Si las Partes incurren en incumplimiento grave a lo
dispuesto en el presente Reglamento, estas se reservan el
derecho de denunciar el Acuerdo.
En fe de lo cual, los Representantes infrascritos,
debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos,
suscriben el presente Reglamento.
Dado en Quito, en dos originales en lengua española, a 09
de marzo de 2017.
Por la República del Ecuador
f.) Guillaume Long, Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana.
Por la República Italiana
f.) Marco Filippo Tornetta, Embajador de Italia en
Ecuador.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
MOVILIDAD HUMANA.- Certif‌i co que es f‌i el copia
del documento que se encuentra en los archivos de la
Dirección de Instrumentos Internacionales del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.- Quito, a
27 de abril de 2017.- f.) Emilia Carrasco Castro, Directora
de Instrumentos Internacionales.
No. 001-2016-DE-IEPI
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO
ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
prevé que: “El Director Ejecutivo del IEPI será designado
por el Presidente de la República y durará seis años
en sus funciones. Será su representante legal y el
responsable directo de la gestión técnica, f‌i nanciera y
administrativa. En caso de renuncia, ausencia def‌i nitiva
o cualquier otro impedimento que le inhabilite para
continuar desempeñando el cargo, el Presidente de la
República procederá inmediatamente a la designación
de su reemplazo, quien también durará seis años en sus
funciones, En caso de falta o ausencia temporal será
reemplazado por el Director Nacional que señale el
Consejo Directivo.”.
Que el artículo 362 ibídem dispone que: “Los Comités de
Propiedad.- Los miembros de estos comités durarán seis
años en su cargo y deberán reunir los mismos requisitos
para ser ministro de corte superior. El Consejo Directivo
designará también los correspondientes vocales suplentes
quienes reemplazarán a los principales en caso de
ausencia temporal o def‌i nitiva.”;
Que, el artículo 364 de la norma ut supra dispone que:
Los Comités de Propiedad Intelectual, Industrial y
Obtenciones Vegetales; y, de Derechos de Autor, tendrán
las siguientes atribuciones: a) Tramitar y resolver las
consultas que los directores nacionales formulen con
respecto a las oposiciones que se presenten contra
cualquier solicitud de concesión o registro de derechos
de propiedad intelectual; b) Tramitar y resolver los
recursos de apelación y revisión; c) Tramitar y resolver
las solicitudes de cancelación de la concesión o registro
de derechos de propiedad intelectual, con excepción de lo
dispuesto en el artículo 277 de esta Ley; y, d) Las demás
establecidas en esta Ley. Las resoluciones de los Comités
de Propiedad Intelectual, Industrial y Obtenciones
Vegetales; y, de Derechos de Autor se adoptarán por
mayoría de votos, debiendo necesariamente consignarse el
voto salvado, en caso de haberlo, “Intelectual, Industrial
y Obtenciones Vegetales; y, de Derechos de Autor, estarán
integrados por tres miembros cada uno, designados por el
Consejo Directivo del IEPI.”; y,
Que el Reglamento Interno del Comité de Propiedad
Intelectual, Industrial y Obtenciones Vegetales del IEPI,
publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 613, de 22 de octubre
de 2015, dispone en su Disposición Transitoria Primera
que: “A partir de la entrada en vigencia del presente
Reglamento el Director Ejecutivo nombrará al Presidente
del Comité y su respectivo subrogante, para el periodo
que corresponda al año en curso, y en el plazo de veinte
días hábiles reorganizará a conformación de las Salas del
Comité con los Vocales designados”.
En ejercicio de sus atribuciones,
Resuelve:
Artículo 1.- DESIGNAR como Presidente del Comité de
Propiedad Intelectual, Industrial y Obtenciones Vegetales
para el periodo 2016 al Abogado Oscar David Reyes Celi.
Artículo 2.- DESIGNAR como Subrogante del
Presidente del Comité de Propiedad Intelectual, Industrial
y Obtenciones Vegetales para el periodo 2016 Margarita
Gualotuña Cruz.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta resolución entratá en vigencia a partir de su
expedición; sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial. Notifíquese a los Miembros del Comité con la
misma.
Dado en Quito D.M. a 04 de enero del 2016.
f.) Hernán Núñez Rocha, Director Ejecutivo, Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual.

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